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	<title>OTROS &#8211; Panel de noticias de Adriano</title>
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		<title>Felices Fiestas</title>
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		<pubDate>Sat, 24 Dec 2016 13:41:32 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Felices Fiestas!!! &#160; OS DESEAMOS UNA&#160; BUENA NOCHE CARGADA DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS. Adriano Servicios Inmobiliarios]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1>Felices Fiestas!!!</h1>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.adrianosi.com/blog/felices-fiestas-5/indice-2/" rel="attachment wp-att-2121" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2121" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2016/12/índice.jpeg" alt="" width="544" height="316" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2016/12/índice.jpeg 544w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2016/12/índice-300x174.jpeg 300w" sizes="(max-width: 544px) 100vw, 544px" /></a></p>
<p align="JUSTIFY">OS DESEAMOS UNA&nbsp; BUENA NOCHE CARGADA DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS.</p>
<p>Adriano Servicios Inmobiliarios</p>
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		<title>Felices Fiestas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 24 Dec 2015 14:07:52 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Felices Fiestas!!! OS DESEAMOS UNA  BUENA SALIDA Y ENTRADA DE AÑO Y QUE 2016 VENGA CARGADO DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS. Adriano Servicios Inmobiliarios]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1>Felices Fiestas!!!</h1>
<p align="JUSTIFY"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/felices-fiestas-4/attachment/2016/" rel="attachment wp-att-2058" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2058" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/2016.jpg" alt="2016" width="800" height="504" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/2016.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/2016-300x189.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/2016-768x484.jpg 768w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/2016-600x378.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a></p>
<p align="JUSTIFY"><b>OS</b><b> </b>DESEAMOS <b>UNA  BUENA SALIDA Y ENTRADA DE AÑO </b>Y QUE 201<b>6</b> VENGA CARGADO DE <b>S</b>ALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS.</p>
<p>Adriano Servicios Inmobiliarios</p>
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		<title>GRANDES CASAS DEL MUNDO : VERSAILLES III</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 12 Dec 2015 23:34:27 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[DATOS]]></category>
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					<description><![CDATA[Este post continua : http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/ ¿Qué es el Gran Trianón? Corresponde a un palacete cerca del gran palacio de Versalles edificado durante el reinado de Luis XIV. Ubicado en lo que era la aldea de Trianón, en 1670 el arquitecto Luis Le Vau recibió el encargo de construir un pequeño palacio que permitiera al rey escapar de la a veces axfisiante corte de Versalles y disfrutar de intimidad. Edificado inicialmente con muros de porcelana, por su fragilidad, fue rehecho en 1687 según los planos de Jules Hardouin Mansart en mármol. De estilo clasicista francés con toques italianos fue uno de los lugares preferidos del emperador Napoleón. En la actualidad la República francesa lo usa para recepciones oficiales. Desde 1979 es patrimonio de la humanidad de la Unesco. El Palacio consta de dos conjuntos de edificios reunidos por un peristilo adornado de columnas. Peristilo del palacio : Permitía comunicar la Corte con los jardines, y enmarcar el Palacio en la naturaleza. Esta fue la idea maestra de este nuevo edificio de unificar lujo palaciego con naturaleza. Esta fue la idea maestra de este nuevo edificio. Impropiamente llamado peristilo -pero esta denominación data de la época de Luis XIV-, este pórtico que se abre en el centro del edificio le confiere al Gran Trianón la transparencia a la que debe su originalidad, y que permite pasar del patio a los jardines de forma imperceptible. Antecámara del Emperador : Las paredes están recubiertas de un damasco de color «tierra de Egipto» con un ribete amapola y verde, del que están colgados los siguientes cuadros: Juno y Flora de Bon de Boulogne; Céfiro y Flora, representados dos veces, por Noël Coypel y por Michel Corneille y Apolo recibe su carcaj y sus flechas de Mercurio, por Noël Coypel. Dormitorio del emperador : Es la cámara principal de las cinco estancias de su pequeño aposento. Decorada bajo el einado de Luis XV con carpinterías que aun existen. Creada bajo el reindado Luis XV, creada en 1750 en el emplazamiento de una escalera y de una parte de la sala siguiente. Fue redecorada con la Emperatriz Josefina en 1807 en estilo imperio ésta se reamuebló en su estilo Imperio. Aposento de Josefina : Antigua cámara de Luis XIV, ha conservado su decoración caracterizada por la presencia de columnas corintias que dividen la estancia y por sus carpinterías admirablemente esculpidas en mosaico. Bajo el Imperio, se dividió para formar una cámara más pequeña y un salón (o antecámara) que sirvió a la Emperatriz María Luisa, la cual la reamuebló tal como se puede ver hoy en día; el único mueble que no corresponde es la cama, que perteneció a Napoleón en las Tullerías, y en la cual falleció su sucesor Luis XVIII, hermano de Luis XVI, en 1824. Sala de los espejos del Gran Trianon : Con su bonita vista al Gran Canal y su decoración de espejos, este salón es el más hermoso del ala sur. Esta era la última cámara del aposento que Luis XIV ocupó en esta parte del Palacio de 1691 a 1703, y en la que celebraba el consejo. Como la mayoría de los espacios de Trianón, conservó su decoración original pero no sus muebles, que se vendieron en la Revolución, y que Napoleón hizo sustituir. De 1810 a 1814, sirvió de Gran Gabinete a la Archiduquesa María Luisa, la sobrina nieta de María Antonieta. Salón de la familia : Este gran salón fue creado por Luis-Felipe a partir de dos estancias existentes.  El Rey y su familia, a los que les gustaba alojarse en el Trianón, se reunían por la noche en esta estancia amueblada al estilo de la época: mesas de juego y de labor, asientos y canapés acolchados cubiertos de canutillo amarillo con motivos azules. Galería Cotelle : Esta galería cuenta con once puertas vidrieras orientadas al sur, y con tan sólo cinco ventanas orientadas al norte. Esta galería está adornada con veinticuatro cuadros (de los cuales veintiuno son obra de Jean Cotelle) que representan los bosquetes de Versalles y de Trianón en la época en que fueron encargados, en 1687. Unos valiosos testimonios de los jardines tal como eran en el siglo XVII. Originariamente, las hornacinas estaban aderezadas con canapés, pero Luis-Felipe hizo instalar en ellas los dos enfriadores de mármol del Languedoc procedentes de los bufés de Luis XV. Aquí fue donde, el 4 de junio de 1920, se firmó el tratado de paz con Hungría que puso punto final a la Primera Guerra Mundial. Capilla : Desde su origen, esta sala fue una capilla. Transformada en antecámara en 1691, durante la instalación de Luis XIV en esta parte del Palacio, conservó sin embargo su destino inicial: de hecho, la puerta del fondo desemboca en un hueco en el que se encuentra un altar; cuando se celebraba la misa, la puerta estaba cerrada. Pero la decoración recuerda aun hoy este uso: cornisa en la que alternan los racimos de uva y las espigas de trigo que evocan el vino y el pan eucarísticos, los cuadros que representan a los evangelistas San Marcos y San Lucas. Los retratos de Luis XV y de María Leszczinska, de Jean-Baptiste Van Loo, recuerdan las estancias de la Reina en Trianón. Salón de la música : Es la antigua antecámara del primer aposento de Luis XIV, en el que tenía lugar la cena del Rey. Las carpinterías se encuentran entre las más antiguas del Palacio, y sobre las puertas, destacan los postigos de las tribunas en los que se instalaban los músicos que tocaban durante la comida. Napoleón transformó esta estancia en el Salón de los Oficiales, y Luis-Felipe en una Sala de Billar. Las sillas recubiertas de tapicería de Beauvais se fabricaron especialmente para esta estancia; el hermoso velador y la fuente de té llegaron al Trianón durante el Segundo Imperio. Los cuadros que representan a Marte y a Palas proceden de la antecámara de los Juegos y de la Cámara del Sueño. Salón de la Malaquita : Fue en el Gran Salón del Emperador donde se depositaron los presentes de malaquita del Zar Alejandro I a Napoleón, los cuales dieron nombre a esta estancia. Gabinete topográfico : Originariamente, este gabinete se orientaba al Bosquete de las Fuentes, un bosquecillo surcado por arroyos que serpenteaban entre los árboles, última creación de Le Nôtre que desapareció bajo el reinado de Luis XVI. Este gabinete desembocaba entonces en el aposento de Madame de Maintenon, y en sus carpinterías que datan de 1713 se encastraron las vistas de los jardines de Versalles en las que aparece Luis XIV, en su madurez, paseando en silla con ruedas.  En 1810, Napoleón convirtió esta estancia en su gabinete topográfico y utilizó la enfilada contigua como pequeño aposento. ¿Qué es el pequeño Trianón? Creado en el siglo XVIII por encargo de Luis XV por el arquitecto Ange-Jacques Gabriel está situado al sur este del Gran Trianon. Fue ocupado sucesivamente por  Madame de Pompadour y posteriormente por Madame du Barry, ambas favoritas de Luis XV. Posteriormente Luis XVI se lo regaló a la reina María Antonieta. Está construido siguiendo inspiración griega, sobrio pero rico en las formas con las cuatro fachadas diferentes y rodeadas de jardines. En el primer piso, los salones de recepción y aposentos de la Reina acogen a los visitantes antes de que éstos descubran el entrepiso y luego los Aposentos del Rey, situados en el último piso, en el ático. La planta baja consta de una gran escalera con el suelo cubierto de baldosas de color blanco y verde champan. Cabe destacar sobre todo la riqueza de la rampa de hierro forjado y bronce dorado. En esta planta están también la sala de los guardias donde residía el cuerpo de protección del rey o la reina cuando. Consistía en un sencillo cuarto de decoración muy escueta formado por un parquet de madera, camas sencillas y  muebles de almacenaje. La sala de billar : Esta gran estancia de ángulo adornada con un artesonado elevado ha conservado su función original. Aquí se encontraba el billar de Luis XV. Los dos canapés y la banqueta que se encontraban aquí estaban entonces recubiertos con una bonita tela estampada con una decoración floral. María Antonieta decidió en 1784 trasladar al primer piso el billar de la planta baja, en donde otro billar menos bonito, destinado al uso de los oficiales, sustituyó al primero. Sala calienta platos : Esta sala se destinaba únicamente a calentar los platos que se servían en la mesa real. Las auténticas cocinas se encontraban en los comunes, alejados del Palacio, para evitar las molestias. La sala, de una magnífica arquitectura de piedra cuidadosamente montada, está cubierta con una sorprendente bóveda plana, obra maestra de Gabriel. ésta ha conservado su inmensa chimenea de campana, a cuya derecha se ha rehabilitado el huerto guiándose por los planos e inventarios. En el primer piso encontramos los aposentos de la reina formados por una antecámara de compañía, el dormitorios de la reina y un salón de espejos. Antecámara de compañía : Una sala dedicada a juegos y música en especial en la época de la reina María Antonieta. El artesano Honoré Guibert esculpió los ornamentos de los artesonados ornados con las iniciales del Rey Luis XV, las dos «L» en hojas de mirto que enlazan tres flores de lis al natural bajo una corona de rosas. La imponente chimenea está esculpida en mármol brecha violeta. La decoración textil es un «damasco en tres colores» de Lyon, a menudo utilizado en los palacios reales en el siglo XVIII. Dormitorio de la reina : Su uso vario en el tiempo puesto que paso de un dormitorio real con Luis XV a ser la cámara de Madame Du Barry en 1772 y posteriormente en el de María Antonieta. En 1787 Marie-Antoinette encargó un nuevo mobiliario, diseñado por Jean-Démosthène Dugourc. Gabinete de los espejos : María Antonieta transformó la estancia y encargó en 1776 al mecánico Jean-Tobie Mercklein unos espejos móviles que subiesen desde el suelo para cerrar las dos ventanas y conseguir un gabinete con un doble juego de espejos. En 1787, la reina encarga nuevos artesonados de estilo arabesco que fueron realizados por los hermanos Rousseau. A estas estancias se añaden un cuarto de retrete, un cuarto de baño, reacondicionado en 1837 para la Duquesa de Orleáns, y una pequeña antecámara o gabinete de aseo, situado en el emplazamiento de la antigua biblioteca de botánica de Luis XV. El entrepiso situado encima del aposento de la Reina está reservado al alojamiento de su servicio: un dormitorio para la primera doncella, una segunda para la dama de honor que también dispone de una estancia para alojar a su propio servicio, en la parte de atrás, en los espacios sin luz exterior que dan a la caja de la escalera. La tercera estancia orientada al jardín y situada sobre el Gabinete de los espejos móviles, es acondicionada como biblioteca en 1780 por Richard Mique, el primer arquitecto de Luis XVI. La Reina acude a él para realizar numerosos acondicionamientos en su dominio. En el ático se encuentra el apartamento del rey. Antecámara del rey : Esta estancia incluye una decoración de carpinterías de 1768 y una chimenea de mármol de Sarrancolin reutilizado, instalada por el arquitecto Ange-Jacques Gabriel en Trianón, y que probablemente procede de la residencia de madame de Pompadour en París, el actual Palacio del Elíseo. Cámara del rey : La cámara está decorada con revestimientos y tapicerías de lampás rojo de Lyon. Una chimenea de mármol griotte y bronces dorados colocada en 1836, procedente de los pequeños aposentos de María Antonieta en el Palacio de Versalles, domina la estancia. Gabinete : Es la única estancia reamueblada por Luis XVI en 1777, ya que éste conservó el mobiliario de su antecesor en el resto del aposento. La chimenea es de mármol de Sarrancolin.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Este post continua : <a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/</a></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es el Gran Trianón?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Corresponde a un palacete cerca del gran palacio de Versalles edificado durante el reinado de Luis XIV. Ubicado en lo que era la aldea de Trianón, en 1670 el arquitecto Luis Le Vau recibió el encargo de construir un pequeño palacio que permitiera al rey escapar de la a veces axfisiante corte de Versalles y disfrutar de intimidad. Edificado inicialmente con muros de porcelana, por su fragilidad, fue rehecho en 1687 según los planos de Jules Hardouin Mansart en mármol.</p>
<p style="text-align: justify;">De estilo clasicista francés con toques italianos fue uno de los lugares preferidos del emperador Napoleón. En la actualidad la República francesa lo usa para recepciones oficiales. Desde 1979 es patrimonio de la humanidad de la Unesco.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Plano1.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1955" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Plano1.jpg" alt="Plano" width="800" height="476" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Plano1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Plano1-300x179.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Plano1-600x357.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">El Palacio consta de dos conjuntos de edificios reunidos por un peristilo adornado de columnas.</p>
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<p style="text-align: justify;">Peristilo del palacio : Permitía comunicar la Corte con los jardines, y enmarcar el Palacio en la naturaleza. Esta fue la idea maestra de este nuevo edificio de unificar lujo palaciego con naturaleza. Esta fue la idea maestra de este nuevo edificio. Impropiamente llamado peristilo -pero esta denominación data de la época de Luis XIV-, este pórtico que se abre en el centro del edificio le confiere al Gran Trianón la transparencia a la que debe su originalidad, y que permite pasar del patio a los jardines de forma imperceptible.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Peristilo.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1970" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Peristilo.jpg" alt="Peristilo" width="800" height="600" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Peristilo.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Peristilo-300x225.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Peristilo-600x450.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a>Antecámara del Emperador : Las paredes están recubiertas de un damasco de color «tierra de Egipto» con un ribete amapola y verde, del que están colgados los siguientes cuadros: <em>Juno y Flora</em> de Bon de Boulogne; <em>Céfiro y Flora</em>, representados dos veces, por Noël Coypel y por Michel Corneille y <em>Apolo recibe su carcaj y sus flechas de Mercurio</em>, por Noël Coypel.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1969" style="max-width: 800px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1969 ml-slider">
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</div></p>
<p style="text-align: justify;">Dormitorio del emperador : Es la cámara principal de las cinco estancias de su pequeño aposento. Decorada bajo el einado de Luis XV con carpinterías que aun existen. Creada bajo el reindado Luis XV, creada en 1750 en el emplazamiento de una escalera y de una parte de la sala siguiente. Fue redecorada con la Emperatriz Josefina en 1807 en estilo imperio ésta se reamuebló en su estilo Imperio.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1976" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1.jpg" alt="dormitorio_emperador1" width="800" height="1138" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1-211x300.jpg 211w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1-720x1024.jpg 720w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/dormitorio_emperador1-600x854.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a>Aposento de Josefina : Antigua cámara de Luis XIV, ha conservado su decoración caracterizada por la presencia de columnas corintias que dividen la estancia y por sus carpinterías admirablemente esculpidas en mosaico. Bajo el Imperio, se dividió para formar una cámara más pequeña y un salón (o antecámara) que sirvió a la Emperatriz María Luisa, la cual la reamuebló tal como se puede ver hoy en día; el único mueble que no corresponde es la cama, que perteneció a Napoleón en las Tullerías, y en la cual falleció su sucesor Luis XVIII, hermano de Luis XVI, en 1824.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/aposento_josefina.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1977" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/aposento_josefina.jpg" alt="aposento_josefina" width="800" height="587" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/aposento_josefina.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/aposento_josefina-300x220.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/aposento_josefina-600x440.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Sala de los espejos del Gran Trianon : Con su bonita vista al Gran Canal y su decoración de espejos, este salón es el más hermoso del ala sur. Esta era la última cámara del aposento que Luis XIV ocupó en esta parte del Palacio de 1691 a 1703, y en la que celebraba el consejo. Como la mayoría de los espacios de Trianón, conservó su decoración original pero no sus muebles, que se vendieron en la Revolución, y que Napoleón hizo sustituir. De 1810 a 1814, sirvió de Gran Gabinete a la Archiduquesa María Luisa, la sobrina nieta de María Antonieta.</p>
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    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Salón de la familia : Este gran salón fue creado por Luis-Felipe a partir de dos estancias existentes.  El Rey y su familia, a los que les gustaba alojarse en el Trianón, se reunían por la noche en esta estancia amueblada al estilo de la época: mesas de juego y de labor, asientos y canapés acolchados cubiertos de canutillo amarillo con motivos azules.</p>
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    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Galería Cotelle : Esta galería cuenta con once puertas vidrieras orientadas al sur, y con tan sólo cinco ventanas orientadas al norte. Esta galería está adornada con veinticuatro cuadros (de los cuales veintiuno son obra de Jean Cotelle) que representan los bosquetes de Versalles y de Trianón en la época en que fueron encargados, en 1687. Unos valiosos testimonios de los jardines tal como eran en el siglo XVII. Originariamente, las hornacinas estaban aderezadas con canapés, pero Luis-Felipe hizo instalar en ellas los dos enfriadores de mármol del Languedoc procedentes de los bufés de Luis XV. Aquí fue donde, el 4 de junio de 1920, se firmó el tratado de paz con Hungría que puso punto final a la Primera Guerra Mundial.</p>
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        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Capilla : Desde su origen, esta sala fue una capilla. Transformada en antecámara en 1691, durante la instalación de Luis XIV en esta parte del Palacio, conservó sin embargo su destino inicial: de hecho, la puerta del fondo desemboca en un hueco en el que se encuentra un altar; cuando se celebraba la misa, la puerta estaba cerrada. Pero la decoración recuerda aun hoy este uso: cornisa en la que alternan los racimos de uva y las espigas de trigo que evocan el vino y el pan eucarísticos, los cuadros que representan a los evangelistas San Marcos y San Lucas. Los retratos de Luis XV y de María Leszczinska, de Jean-Baptiste Van Loo, recuerdan las estancias de la Reina en Trianón.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2001" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1.jpg" alt="Capilla1" width="800" height="1226" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1-196x300.jpg 196w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1-668x1024.jpg 668w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Capilla1-600x920.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Salón de la música : Es la antigua antecámara del primer aposento de Luis XIV, en el que tenía lugar la cena del Rey. Las carpinterías se encuentran entre las más antiguas del Palacio, y sobre las puertas, destacan los postigos de las tribunas en los que se instalaban los músicos que tocaban durante la comida. Napoleón transformó esta estancia en el Salón de los Oficiales, y Luis-Felipe en una Sala de Billar. Las sillas recubiertas de tapicería de Beauvais se fabricaron especialmente para esta estancia; el hermoso velador y la fuente de té llegaron al Trianón durante el Segundo Imperio. Los cuadros que representan a Marte y a Palas proceden de la antecámara de los Juegos y de la Cámara del Sueño.</p>
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    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Salón de la Malaquita : Fue en el Gran Salón del Emperador donde se depositaron los presentes de malaquita del Zar Alejandro I a Napoleón, los cuales dieron nombre a esta estancia.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Malaquita1.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2006" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Malaquita1.jpg" alt="Malaquita1" width="800" height="404" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Malaquita1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Malaquita1-300x152.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/Malaquita1-600x303.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a>Gabinete topográfico : Originariamente, este gabinete se orientaba al Bosquete de las Fuentes, un bosquecillo surcado por arroyos que serpenteaban entre los árboles, última creación de Le Nôtre que desapareció bajo el reinado de Luis XVI. Este gabinete desembocaba entonces en el aposento de Madame de Maintenon, y en sus carpinterías que datan de 1713 se encastraron las vistas de los jardines de Versalles en las que aparece Luis XIV, en su madurez, paseando en silla con ruedas.  En 1810, Napoleón convirtió esta estancia en su gabinete topográfico y utilizó la enfilada contigua como pequeño aposento.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/topografico1.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2007" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/topografico1.jpg" alt="topografico1" width="800" height="600" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/topografico1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/topografico1-300x225.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/topografico1-600x450.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a><strong>¿Qué es el pequeño Trianón?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Creado en el siglo XVIII por encargo de Luis XV por el arquitecto Ange-Jacques Gabriel está situado al sur este del Gran Trianon. Fue ocupado sucesivamente por  Madame de Pompadour y posteriormente por Madame du Barry, ambas favoritas de Luis XV. Posteriormente Luis XVI se lo regaló a la reina María Antonieta.</p>
<p style="text-align: justify;">Está construido siguiendo inspiración griega, sobrio pero rico en las formas con las cuatro fachadas diferentes y rodeadas de jardines. En el primer piso, los salones de recepción y aposentos de la Reina acogen a los visitantes antes de que éstos descubran el entrepiso y luego los Aposentos del Rey, situados en el último piso, en el ático.</p>
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">La planta baja consta de una gran escalera con el suelo cubierto de baldosas de color blanco y verde champan. Cabe destacar sobre todo la riqueza de la rampa<br />
de hierro forjado y bronce dorado.</p>
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        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">En esta planta están también la sala de los guardias donde residía el cuerpo de protección del rey o la reina cuando. Consistía en un sencillo cuarto de decoración muy escueta formado por un parquet de madera, camas sencillas y  muebles de almacenaje.</p>
<p style="text-align: justify;">La sala de billar : Esta gran estancia de ángulo adornada con un artesonado elevado ha conservado su función original. Aquí se encontraba el billar de Luis XV. Los dos canapés y la banqueta que se encontraban aquí estaban entonces recubiertos con una bonita tela estampada con una decoración floral. María Antonieta decidió en 1784 trasladar al primer piso el billar de la planta baja, en donde otro billar menos bonito, destinado al uso de los oficiales, sustituyó al primero.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/billard.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2012" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/billard.jpg" alt="billard" width="800" height="534" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/billard.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/billard-300x200.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/billard-600x401.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">Sala calienta platos : Esta sala se destinaba únicamente a calentar los platos que se servían en la mesa real. Las auténticas cocinas se encontraban en los comunes, alejados del Palacio, para evitar las molestias.<br />
La sala, de una magnífica arquitectura de piedra cuidadosamente montada, está cubierta con una sorprendente bóveda plana, obra maestra de Gabriel. ésta ha conservado su inmensa chimenea de campana, a cuya derecha se ha rehabilitado el huerto guiándose por los planos e inventarios.</p>
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">En el primer piso encontramos los aposentos de la reina formados por una antecámara de compañía, el dormitorios de la reina y un salón de espejos.</p>
<p style="text-align: justify;">Antecámara de compañía : Una sala dedicada a juegos y música en especial en la época de la reina María Antonieta. El artesano Honoré Guibert esculpió los ornamentos de los artesonados ornados con las iniciales del Rey Luis XV, las dos «L» en hojas de mirto que enlazan tres flores de lis al natural bajo una corona de rosas. La imponente chimenea está esculpida en mármol brecha violeta. La decoración textil es un «damasco en tres colores» de Lyon, a menudo utilizado en los palacios reales en el siglo XVIII.</p>
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    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Dormitorio de la reina : Su uso vario en el tiempo puesto que paso de un dormitorio real con Luis XV a ser la cámara de Madame Du Barry en 1772 y posteriormente en el de María Antonieta. En 1787 Marie-Antoinette encargó un nuevo mobiliario, diseñado por Jean-Démosthène Dugourc.</p>
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinete de los espejos : María Antonieta transformó la estancia y encargó en 1776 al mecánico Jean-Tobie Mercklein unos espejos móviles que subiesen desde el suelo para cerrar las dos ventanas y conseguir un gabinete con un doble juego de espejos. En 1787, la reina encarga nuevos artesonados de estilo arabesco que fueron realizados por los hermanos Rousseau.</p>
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2040 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/entreplanta2-800x600.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2040" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2041 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/entreplanta1-800x600.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2041" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">A estas estancias se añaden un cuarto de retrete, un cuarto de baño, reacondicionado en 1837 para la Duquesa de Orleáns, y una pequeña antecámara o gabinete de aseo, situado en el emplazamiento de la antigua biblioteca de botánica de Luis XV.</p>
<p style="text-align: justify;">El entrepiso situado encima del aposento de la Reina está reservado al alojamiento de su servicio: un dormitorio para la primera doncella, una segunda para la dama de honor que también dispone de una estancia para alojar a su propio servicio, en la parte de atrás, en los espacios sin luz exterior que dan a la caja de la escalera. La tercera estancia orientada al jardín y situada sobre el Gabinete de los espejos móviles, es acondicionada como biblioteca en 1780 por Richard Mique, el primer arquitecto de Luis XVI. La Reina acude a él para realizar numerosos acondicionamientos en su dominio.</p>
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2037 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/espejos1-1.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2037" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2039 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/entreplanta-708x531.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2039" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2040 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/entreplanta2-800x600.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2040" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2041 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/entreplanta1-800x600.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2035 slide-2041" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">En el ático se encuentra el apartamento del rey.</p>
<p style="text-align: justify;">Antecámara del rey : Esta estancia incluye una decoración de carpinterías de 1768 y una chimenea de mármol de Sarrancolin reutilizado, instalada por el arquitecto Ange-Jacques Gabriel en Trianón, y que probablemente procede de la residencia de madame de Pompadour en París, el actual Palacio del Elíseo.</p>
<p style="text-align: justify;"><a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-iii/antecamararey-2/" rel="attachment wp-att-2043" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-2043" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/antecamararey-1.jpg" alt="antecamararey" width="800" height="531" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/antecamararey-1.jpg 800w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/antecamararey-1-300x199.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/antecamararey-1-768x510.jpg 768w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/antecamararey-1-600x398.jpg 600w" sizes="(max-width: 800px) 100vw, 800px" /></a>Cámara del rey : La cámara está decorada con revestimientos y tapicerías de lampás rojo de Lyon. Una chimenea de mármol griotte y bronces dorados colocada en 1836, procedente de los pequeños aposentos de María Antonieta en el Palacio de Versalles, domina la estancia.</p>
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-2047 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2015/12/camararey-800x600.jpg" height="600" width="800" alt="" class="slider-2044 slide-2047" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinete : Es la única estancia reamueblada por Luis XVI en 1777, ya que éste conservó el mobiliario de su antecesor en el resto del aposento. La chimenea es de mármol de Sarrancolin.</p>
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        </div>
        
    </div>
</div></p>
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		<title>CONSTRUCCIONES EN EL MUNDO</title>
		<link>http://www.adrianosi.com/blog/construcciones-en-el-mundo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Jun 2015 19:02:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[DATOS]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
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					<description><![CDATA[¿De qué materiales se construyen las casas en el mundo? Esencialmente son los siguientes : Tipo Variantes Arena Componente del Mortero y Hormigón Arcilla A baja temperatura :Barro (la forma más básica) , Cob, AdobeA alta temperatura (900 Cº o más) :Ladrillo, Teja, Gres, Azulejo Piedra Como materia prima pura son comunes:- Granito, Adoquín y Mármok, Pizarra, Caliza y Arenisca.En forma de canto rodado :- Grava Pulverizada : &#8211; Cal, Yeso, Escayola, Cemento. El cemento mezclado con arena forma el Mortero y el cemento mezclado con arena y grava forma el Hormigón. El Yeso también se combina con el cartón forma el Pladur Metálicos Acero, Aluminio, Zinc, Titanio, Cobre, Plomo, Hierro Orgánicos Fundamentalmente la madera y sus derivados, aunque también se utilizan o se han utilizado otros elementos orgánicos vegetales, como paja, bambú, corcho, lino, elementos textiles o incluso pieles animales. Sintéticos Casi todos derivados del Petróleo (plásticos) :PVC, Polietileno, Poliestireno, Poliuretano (aislantes) , Silicona (sellante e impermeabilizante), Asfalto (impermeabilizante en forma de lámina) ¿Con qué criterio se seleccionan los materiales? Suelen ser dos criterios esencialmente : &#8211; La disponibilidad de los materiales en la zona. &#8211; Factores culturales. El primer factor suele ser el dominante ya que no se puede construir con lo que no se tiene. Por tanto, históricamente, cada cultura ha sacado partido para construir a aquello que tenía a mano. Hoy en día, con redes de comercio muy densas dentro del mundo, los materiales son mas accesibles aunque no sean de la zona. Pero aún así, el factor de disponibilidad local sigue siendo decisivo. El segundo factor es más propio de cada cultura. Así por ejemplo algunas culturas aun teniendo disponibilidad de un material no lo han usado ampliamente. Por ejemplo en España es raro usar madera como material de construcción optando casi siempre por hormigón. La razón tiene que ver con nuestro modo de vida : construimos pisos y no casas residenciales (aunque en los últimos 20 años hay amplias zonas residenciales en las ciudades). También, culturalmente, le damos una mayor longevidad (con razón) al hormigón frente a la madera. Sin embargo, es USA, la madera es dominante en amplias zonas del país. Otra vez el factor cultural prima : mayor movilidad de la población y por tanto menos necesidad de gran longevidad de la vivienda. Se suele decir que las casas en España las construyen albañiles y en USA carpinteros. ¿Qué nuevos materiales se planea usar? Debido a la necesidad de ahorro energético y siempre con el factor coste de construcción en la mente, se están desarrollando nuevos materiales que en pocos años serán muy comunes : &#8211; Hormigón translúcido. Tiene una composición similar al hormigon pero con un 4% de fibra óptica. &#8211; Espuma de Titanio. Muy ligero y muy resistente. Se planea en usar en fachadas de construcciones. &#8211; Aerografeno . Derivado del Grafeno. Es muy ligero y resistente. Constituye un excelente aislante. Algunos tipos de casa en el mundo : Tipi, originario de los indios norteamericanos (fuente wikipedia). Palafito, habituales en zonas con lagos y ríos de  aguas tranquilas (fuente wikipedia). Apartamentos. Quizás la forma más común de vivienda en las zonas urbanas en el siglo XXI (fuente wikipedia). Casas de madera. Habitual en climas fríos (fuente wikipedia). Choza. Era habitual en zonas rurales de temperaturas templadas y cálidas (fuente wikipedia). Iglú. Habitual en climas muy fríos (fuente wikipedia). Yurta. Una «tienda de campaña» usada por los pueblos nómadas de la estepa asiática (fuente wikipedia). Insulae. Los equivalentes romanos a las bloques de apartamentos actuales (fuente wikipedia). Casona montañesa. Típica del norte de España (en especial Cantabria) (fuente wikipedia).]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿De qué materiales se construyen las casas en el mundo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Esencialmente son los siguientes :</p>
<table>
<tbody>
<tr>
<td><strong>Tipo</strong></td>
<td><strong>Variantes</strong></td>
</tr>
<tr>
<td>Arena</td>
<td>Componente del Mortero y Hormigón</td>
</tr>
<tr>
<td>Arcilla</td>
<td>A baja temperatura :Barro (la forma más básica) , Cob, AdobeA alta temperatura (900 Cº o más) :Ladrillo, Teja, Gres, Azulejo</td>
</tr>
<tr>
<td>Piedra</td>
<td>Como materia prima pura son comunes:- Granito, Adoquín y Mármok, Pizarra, Caliza y Arenisca.En forma de canto rodado :- Grava</p>
<p>Pulverizada :</p>
<p>&#8211; Cal, Yeso, Escayola, Cemento.</p>
<p>El cemento mezclado con arena forma el Mortero y el cemento mezclado con arena y grava forma el Hormigón.</p>
<p>El Yeso también se combina con el cartón forma el Pladur</td>
</tr>
<tr>
<td>Metálicos</td>
<td>Acero, Aluminio, Zinc, Titanio, Cobre, Plomo, Hierro</td>
</tr>
<tr>
<td>Orgánicos</td>
<td>Fundamentalmente la madera y sus derivados, aunque también se utilizan o se han utilizado otros elementos orgánicos vegetales, como paja, bambú, corcho, lino, elementos textiles o incluso pieles animales.</td>
</tr>
<tr>
<td>Sintéticos</td>
<td>Casi todos derivados del Petróleo (plásticos) :PVC, Polietileno, Poliestireno, Poliuretano (aislantes) , Silicona (sellante e impermeabilizante), Asfalto (impermeabilizante en forma de lámina)</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Con qué criterio se seleccionan los materiales?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Suelen ser dos criterios esencialmente :</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; La disponibilidad de los materiales en la zona.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Factores culturales.</p>
<p style="text-align: justify;">El primer factor suele ser el dominante ya que no se puede construir con lo que no se tiene. Por tanto, históricamente, cada cultura ha sacado partido para construir a aquello que tenía a mano. Hoy en día, con redes de comercio muy densas dentro del mundo, los materiales son mas accesibles aunque no sean de la zona. Pero aún así, el factor de disponibilidad local sigue siendo decisivo.</p>
<p style="text-align: justify;">El segundo factor es más propio de cada cultura. Así por ejemplo algunas culturas aun teniendo disponibilidad de un material no lo han usado ampliamente. Por ejemplo en España es raro usar madera como material de construcción optando casi siempre por hormigón. La razón tiene que ver con nuestro modo de vida : construimos pisos y no casas residenciales (aunque en los últimos 20 años hay amplias zonas residenciales en las ciudades). También, culturalmente, le damos una mayor longevidad (con razón) al hormigón frente a la madera. Sin embargo, es USA, la madera es dominante en amplias zonas del país. Otra vez el factor cultural prima : mayor movilidad de la población y por tanto menos necesidad de gran longevidad de la vivienda. Se suele decir que las casas en España las construyen albañiles y en USA carpinteros.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué nuevos materiales se planea usar?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Debido a la necesidad de ahorro energético y siempre con el factor coste de construcción en la mente, se están desarrollando nuevos materiales que en pocos años serán muy comunes :</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Hormigón translúcido. Tiene una composición similar al hormigon pero con un 4% de fibra óptica.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Espuma de Titanio. Muy ligero y muy resistente. Se planea en usar en fachadas de construcciones.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Aerografeno . Derivado del Grafeno. Es muy ligero y resistente. Constituye un excelente aislante.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Algunos tipos de casa en el mundo :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/a/a8/Genova-Castello_d%27Albertis-teepees.jpg/800px-Genova-Castello_d%27Albertis-teepees.jpg" alt="" width="795" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Tipi, originario de los indios norteamericanos (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/b/bf/Blethrow_Inle3.JPG" alt="" width="891" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Palafito, habituales en zonas con lagos y ríos de  aguas tranquilas (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/6/6d/Ralph_Erskine_Tibro.JPG/1024px-Ralph_Erskine_Tibro.JPG" alt="" width="892" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Apartamentos. Quizás la forma más común de vivienda en las zonas urbanas en el siglo XXI (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/9/9e/Carcass_rounded_timber_alyans.jpg" alt="" width="904" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Casas de madera. Habitual en climas fríos (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/0/06/DSCN2814.JPG/800px-DSCN2814.JPG" alt="" width="795" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Choza. Era habitual en zonas rurales de temperaturas templadas y cálidas (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/0/0c/Igloo.jpg" alt="" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Iglú. Habitual en climas muy fríos (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/9/9b/Gurvger.jpg" alt="Gurvger.jpg" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Yurta. Una «tienda de campaña» usada por los pueblos nómadas de la estepa asiática (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/c/c0/Campitelli_-_Insula_romana_1907.JPG/800px-Campitelli_-_Insula_romana_1907.JPG" alt="" width="795" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Insulae. Los equivalentes romanos a las bloques de apartamentos actuales (fuente wikipedia).</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="mw-mmv-final-image" src="http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/thumb/5/58/Casa_de_Quijano.jpg/800px-Casa_de_Quijano.jpg" alt="" width="793" height="596" crossorigin="anonymous" /></p>
<p style="text-align: justify;">Casona montañesa. Típica del norte de España (en especial Cantabria) (fuente wikipedia).</p>
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		<title>Felices Fiestas</title>
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		<pubDate>Tue, 23 Dec 2014 11:35:49 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Felices Fiestas!!! OS DESEAMOS UNA  BUENA SALIDA Y ENTRADA DE AÑO Y QUE 2015 VENGA CARGADO DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS. Adriano Servicios Inmobiliarios &#160;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h1>Felices Fiestas!!!</h1>
<p align="JUSTIFY"><b><img class="decoded alignleft" src="http://www.revistacelebridades.com.br/portal/wp-content/uploads/2014/12/2015.jpg" alt="http://www.revistacelebridades.com.br/portal/wp-content/uploads/2014/12/2015.jpg" /></b></p>
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<p align="JUSTIFY"><b>OS</b><b> </b>DESEAMOS <b>UNA  BUENA SALIDA Y ENTRADA DE AÑO </b>Y QUE 201<b>5</b> VENGA CARGADO DE <b>S</b>ALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS.</p>
<p>Adriano Servicios Inmobiliarios</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>CASAS CLAVO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 07 Dec 2014 14:00:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué es una casa «clavo»? Son casas que quedan «aisladas» en nuevas infraestructuras urbanísticas. El caso habitual es un propietario que se niega a vender su terreno a una constructora y queda rodeado (y en algunos casos sitiado) por nuevas construcciones. El término proviene de China aunque el fenómeno es mundial y viene de antiguo. Estos son algunos casos pintorescos : Zhuang Longdi : Fuente : Daylymirror Al contrario que sus vecinos, Zhuang se negó a vender  y después de 10 años de lucha a sus 75 años vive en una «isla» rodeado de una urbanización de lujo. El canal de agua que rodea la vivienda es artificial y fue una de las numerosas medidas de presión que este hombre ha sufrido. Casa Wenling : Fuente : people.com.cn Situada en la provincia oriental de Zhejian en China, su propietario resistió durante más de un año mientras una carretera la rodeándola. Uno de los inquilinos, Luo, de 67 años, se resistía a dejarla para permitir que se construyera una carretera. Al final, después de una año en esta situación se alcanzo un acuerdo de venta. La casa fue demolida en 2012. Casa Chongquin : Fuente : elmundo.es , wikipedia.com Sitiados durante dos años, la empresa constructora cavó un foso de veinte metros alrededor y les privo de luz y agua. Finalmente se llego a un acuerdo por 330 000 € y la vivienda fue derruida.  Casa Changsha : Fuente : people.com.cn Situada frente a un gran centro comercial. Su propietario se nego a vender a cualquier precio. Ahora constituye una atracción turística más de la ciudad. Casa Honk Kong : Fuente : people.com.cn En este caso un inquilino de la vivienda consideraba que la compensación era demasiado baja y se negó a abandonar la vivienda. Mientras tanto, la constructora aisló la el edificio y dificulto su acceso. Finalmente hubo acuerdo. Casa Narita : Fuente : Taringa. Es lo que parece, una granja en medio de un aeropuerto (de Narita, Japón). En este caso, el caso va para largo porque el propietario no piensa vender a ningún precio. Casa de Austin Spriggs : Fuente : Taringa. Actualmente el uso que se le da a la casa es como oficina y estudio de arquitectura donde Austin Spriggs, el dueño, trabaja junto a su hija Ángela. ¿Dónde se producen más casos de casa «clavo»? En China por el gigantesco movimiento del campo a la ciudad que ha habido en los últimos 30 años. ¿Hay casos en España? Por supuesto, aunque en general no tan sangrantes. Por regla general suele haber acuerdo final o los ayuntamientos tiran de expropiación (aunque luego se puede estar litigando muchos años en los tribunales).]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es una casa «clavo»?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Son casas que quedan «aisladas» en nuevas infraestructuras urbanísticas. El caso habitual es un propietario que se niega a vender su terreno a una constructora y queda rodeado (y en algunos casos sitiado) por nuevas construcciones. El término proviene de China aunque el fenómeno es mundial y viene de antiguo.</p>
<p style="text-align: justify;">Estos son algunos casos pintorescos :</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Zhuang Longdi</strong> :</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1854" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1854 ml-slider">
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1856 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/article-2363990-1AD2AA70000005DC-515_964x636-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1854 slide-1856" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1857 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/article-2363990-1AD2AA74000005DC-0_964x641-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1854 slide-1857" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : Daylymirror</p>
<p style="text-align: justify;">Al contrario que sus vecinos, Zhuang se negó a vender  y después de 10 años de lucha a sus 75 años vive en una «isla» rodeado de una urbanización de lujo. El canal de agua que rodea la vivienda es artificial y fue una de las numerosas medidas de presión que este hombre ha sufrido.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Casa Wenling :<br />
</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1858" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1858 ml-slider">
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : people.com.cn</p>
<p style="text-align: justify;">Situada en la provincia oriental de Zhejian en China, su propietario resistió durante más de un año mientras una carretera la rodeándola. Uno de los inquilinos, Luo, de 67 años, se resistía a dejarla para permitir que se construyera una carretera. Al final, después de una año en esta situación se alcanzo un acuerdo de venta. La casa fue demolida en 2012.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Casa Chongquin :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1865" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1865 ml-slider">
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1867 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/1174916511_extras_albumes_0-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1865 slide-1867" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1868 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/nail_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1865 slide-1868" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : elmundo.es , wikipedia.com</p>
<p style="text-align: justify;">Sitiados durante dos años, la empresa constructora cavó un foso de veinte metros alrededor y les privo de luz y agua. Finalmente se llego a un acuerdo por 330 000 € y la vivienda fue derruida.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong> Casa Changsha :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1870" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1870 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1871 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/simil_pelicula_up_23-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1870 slide-1871" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1872 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/simil_pelicula_up_24-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1870 slide-1872" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1873 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/Casas-clavo-2-400x240.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1870 slide-1873" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : people.com.cn</p>
<p style="text-align: justify;">Situada frente a un gran centro comercial. Su propietario se nego a vender a cualquier precio. Ahora constituye una atracción turística más de la ciudad.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Casa Honk Kong :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1874" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1874 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1875 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/índice-208x124.jpeg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1874 slide-1875" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1876 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/1177064466_extras_albumes_0-515x347-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1874 slide-1876" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : people.com.cn</p>
<p style="text-align: justify;">En este caso un inquilino de la vivienda consideraba que la compensación era demasiado baja y se negó a abandonar la vivienda. Mientras tanto, la constructora aisló la el edificio y dificulto su acceso. Finalmente hubo acuerdo.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Casa Narita :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1877" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1877 ml-slider">
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1879 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/simil_pelicula_up_18-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1877 slide-1879" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1880 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/6-extraordinarily-stubborn-nail-houses1-1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1877 slide-1880" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : Taringa.</p>
<p style="text-align: justify;">Es lo que parece, una granja en medio de un aeropuerto (de Narita, Japón). En este caso, el caso va para largo porque el propietario no piensa vender a ningún precio.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Casa de Austin Spriggs :</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1881" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1881 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1882 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/6-extraordinarily-stubborn-nail-houses14-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1881 slide-1882" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1883 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/spike_house_washington_dc-1-341x204.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1881 slide-1883" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1884 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/12/simil_pelicula_up_25-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1881 slide-1884" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Fuente : Taringa.</p>
<p style="text-align: justify;"><span class="irc_su" dir="ltr">Actualmente el uso que se le da a la casa es como oficina y estudio de arquitectura donde Austin Spriggs, el dueño, trabaja junto a su hija Ángela.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Dónde se producen más casos de casa «clavo»?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En China por el gigantesco movimiento del campo a la ciudad que ha habido en los últimos 30 años.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Hay casos en España?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Por supuesto, aunque en general no tan sangrantes. Por regla general suele haber acuerdo final o los ayuntamientos tiran de expropiación (aunque luego se puede estar litigando muchos años en los tribunales).</p>
]]></content:encoded>
					
					<wfw:commentRss>http://www.adrianosi.com/blog/casas-clavo/feed/</wfw:commentRss>
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		<title>GRANDES CASAS DEL MUNDO : VERSAILLES II</title>
		<link>http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/</link>
					<comments>http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 06 Oct 2014 01:27:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Hogar]]></category>
		<category><![CDATA[Otros]]></category>
		<category><![CDATA[DATOS]]></category>
		<category><![CDATA[INFORMACIÓN]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://www.adrianosi.com/blog/?p=1439</guid>

					<description><![CDATA[Este post continua : http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/ Sala de las batallas : El mayor espacio de las Galerías históricas de Versalles es la galería de las Batallas. Ocupa prácticamente toda la primera planta del ala Sur del palacio en dos alturas, hasta el tejado. Concebida y realizada a partir de 1833, se inauguró solemnemente el 10 de junio de 1837 y constituye desde entonces, el punto álgido de la visita del museo. Luís Felipe de Orleans  reunió en ella treinta y tres cuadros de las grandes batallas que contribuyeron a la construcción de Francia, desde la de Tolbiac, en 496, hasta la de Wagram, en 1809. La galería es también un  panteón de las glorias nacionales por lo que presenta una serie de ochenta bustos de oficiales célebres fallecidos en combate, así como placas de bronce con el nombre de muchos otros. ¿Qué es el aposento interior del Rey? El aposento interior del Rey consiste en un conjunto de estancias protegidas del tumulto de los Grandes Aposentos. Están situadas en la primera planta del cuerpo central del Palacio, y se convirtieron en el siglo XVIII en un auténtico apartamento de residencia y de trabajo con un decorado refinado. Para adaptarse al gusto de sus ocupantes, los espacios y sus usos se renovaron permanentemente. Cámara de Luis XV : Creada en 1738, fue usada muy habitualmente siendo la cámara donde el rey Luis XV murió en 1774. Pensada con criterios prácticos, es pequeña en escala Versalles y orientada al Sur para hacerla más confortable.  Apenas sufrió variaciones después de la muerte del rey. Gabinete del guardarropa de Luis XVI : Acabada muy poco antes de la revolución francesa de 1789 pese a su nombre era usada fundamentalmente como una sala de trabajo del rey Luis XVI. Gabinete del reloj de Péndulo : El rey Luis XV era aficionado a las ciencias y en particular a la astronomía. Instalado en 1754  el reloj indica la hora, el día de la semana, el mes, el año y el cuarto de luna; en el globo de cristal, se puede ver cómo los planetas van desplazándose alrededor del sol. Con una mezcla de ciencia y arte, este reloj representa el espíritu de la monarquía francesa de su tiempo.  Este reloj sirvió para fijar por primera vez una hora oficial en todo el reino. Gabienete de los perros : Cámara donde Luis XV hacía dormir aquí a sus perros favoritos. Comedor de las colaciones de caza : Usado por Luis XV una o dos veces por semana para ofrecer cenas a aquellos que le habían acompañado en sus cacerías. Era considerado un gran honor ser invitado.  A partir de 1750 paso a ser un aposento de baños. Gabinete interior del rey : Esta cámara, también conocida como  gabinete del ángulo, daba al patio de mármol y al patio real. Usada habitualmente por Luis XV como oficina de trabajo, ha pasado a la historia por  ser el desapcho desde donde un abatido Luis XV despidió el cortejo fúnebre de Madame Pompadour en 1764. Gabinete de los despachos : Bajo Luis XIV era la cámara donde el rey guardaba sus libros y manuscritos más valiosos así como unos veinte cuadros entre los que se encontraba el Concierto campestre de Tiziano. Bajo Luis XV el uso paso a ser la sala de estudio que ulitizaba el rey para gestionar la correspondencia con los espías que tenía por Europa fuera del control de la diplomacia oficial de Francia. Estancia de la Vajilla de oro : Estancia donde Luis XV tomaba café y en el que se exponiía la vajilla de oro real. En esta estancia es donde un Mozart niño toco el arpa para la familia real en 1763. Cámara del cofre : Inialmente era la cámara de baños del rey aunque con Luis XVI pasó a ser la sala donde el rey guardaba sus cuentas privadas. Biblioteca de Luis XVI : Encargada por Luis XV, se completo poco antes de su muerte. Fue usada por Luis XVI habitualmente por su pasión por las ciencias y en particular por la geografía. Comedor de las porcelanas : Usada inicialmente por Luis XV a partir de 1769 para su cenas de caza. Posteriormente fue usada por Luis XVI y María Antonieta como comedor intermedio entre la Sala del Gran Cubierto y las cenas privadas. Habitualmente las comidas de Luis XVI tenian en torno a veinte invitados y el protocolo era algo mas relajado. Este comedor también recibió el nombre de Salón de las Porcelanas, ya que cada año, por Navidad, Luis XVI hacía que se expusiesen en él las últimas producciones de la Manufactura de Sèvres. Salón de juegos de Luis XVI : Usada como sala de juegos (cartas en general) despues de las comidas. Aunque también fue usada por Luis XVI como sitio de reunión en la toma de café. ¿Qué son los aposentos de María Antonieta? Constituyen una grupo de estancias, en general no muy grandes para uso privado y de sus doncellas. Aunque se denominan aposentos de María Antonieta, mujer de Luis XVI, su origen se remonta más atrás a la reina María Leszczinska, mujer de Luis XV (desde 1725). La razón practica de su existencia era que la corte de Versailles tenía un rígido protocolo que llegaba a ser axfisiante. Estas estancias proporcionaban a las reinas privacidad y refugio del escrutinio constante a la que estaban sometidas las reinas en la corte. Su máxima expresión se alcanzo con la reina María Antonieta (de ahí su nombre). Gabiente dorado : Usado como estancia principal privada de las reinas, actuaba como estudio en el caso de la reina María Leszczinska y como sala de estar y familiar con María Antonieta. Gabiente de la Méridienne : Usado por Maria Antonieta para descansar a mitad del día (de ahi su nombre).  Era uno de los salones donde más tiempo acabo pasando la reina. Gabinente del Billar : Sala de juegos presidida por una mesa de billar (no se conserva la mesa) ¿Quien era la Marquesa de Pompadour? De nombre Jeanne-Antoinette Poisson, duquesa-marquesa de Pompadour y marquesa de Menars, par de Francia (algo parecido a los títulos de grandes de España en Francia, es decir muy alta nobleza), conocida como Madame de Pompadour. Fue amante de Luis XV desde 1745 a 1751 y en fechas posteriores amiga íntima y consejera cercana del rey. Modelo de elegancia y buen gusto durante su estancia en la corte de Versailles fue además una gran impulsora de las artes y las ciencias. Destaca su apoyo a la Enciclopedia de Diderot. Aposento de la Marquesa de Pompadour : Aunque fue usado previamente por otras Damas, el nombre con el que nos ha llegado es el de la Marquesa. Fue usado por ella hasta 1750. ¿Quieres eran el Delfin y la Delfina? En la monarquía francesa, Delfin y Delfina indicaban los herederos del rey y su consorte. Así por ejemplo, de Luis XV sus deflines fueron Luis XVI y María Antonieta. En Versailles los aposentos de Delfin y Delfina tuvieron un uso más amplio viviendo en ellos los delfines pero también hermanos del Delfín. Constituidos por todo un entramado de cámaras , permitía a la familia del rey hacer vida privada con comodidad. ¿Quienes eran las Mesdames? Fue el nombre con el que se conoció a las hijas de Luis XV. Fueron seis hijas y residieron en Versailles (dos de ellas permanentemente). Sus aposentos eran simétricos a los del Delfin y Delfina. Nos han llegado con el nombre de las dos hijas que más los usaron : Madame Victoire y Madame Adélaïde. Aposentos de Madame Victoire : Aposentos de Madame Adélaïde : ¿Quién era la Du Barry? Nacida Jeanne du Barry, fue una amante de Luis XV de origen plebeyo que fue ennoblecida por Luis XV al titulo de Condesa. De impecables modales y buena educación fue detestada por la corte de Versailles por su origen y su influencia en el Rey. Instigada por las Mesdames, la entonces delfina Maria Antonieta provoco un serio conflicto en la corte al negarla la palabra repetidamente. Aconsejada por su madre, María Teresa de Austria, al final se dirigió a ella con unas palabras que han pasado a la historia : «¡Hay, hoy, mucha gente en Versalles!» . Fue usada por los más radicales de la revolución francesa como ejemplo de lo derroche y arribismo en la monarquía francesa. Murió guillotinada en 1793. Aposento de Du Barry : ¿Cuál era el centro religioso de Versailles? El rey de Francia era rey por la gracia de Dios y por tanto la soberanía de Francia no recaía en el el pueblo de Francia sino en su soberano. Este pacto entre monarquía y religión (habitual en las monarquías de la época) hizo que los monarcas franceses tuvieran siempre una muy cuidada relación con la iglesia católica. Como no podía ser de otra forma, Versailles dispone de una espléndida capilla con un lujo parejo al resto del palacio. Su construcción se inicio bajo el reinado de Luis XIV en 1689La arquitectura está basada en las capillas palatinas tradicionales de dos pisos en el estilo clásico corintio de las colonias. El vestíbulo que precede a la capilla, o sótanos, se construyó a la vez y está adornado con columnas del orden jónico. La piedra blanca empleada proviene de las canteras de Créteil y concluyo casi al final de su reinado en 1710. El suelo, recubierto de mármoles de diferentes colores, parece un tapiz de compartimentos geométricos, con un dibujo de las armas reales en el centro de la nave y la cifra del rey con una doble L enlaza la corona delante de los peldaños del altar. Dos arcadas de pilares cuadrados rodean el sótano; por debajo, una columna corintia eleva el primer piso hasta el borde de las tribunas. Un personaje del Antiguo Testamento decora el intervalo de cada ventana: Abraham, Daniel, David, Isaías, Jacob, Joel y Aggee. Charles de la Fosse pintó la Resurrección de Cristo en la bóveda del ábside. Jean Jouvenet el descenso del Espíritu Santo sobre la Virgen y los apóstoles encima de la tribuna real. Muebles de Versailles Estatuas de Versailles Espejos]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;">Este post continua : <a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/</a></p>
<p style="text-align: justify;">Sala de las batallas : El mayor espacio de las Galerías históricas de Versalles es la galería de las Batallas. Ocupa prácticamente toda la primera planta del ala Sur del palacio en dos alturas, hasta el tejado. Concebida y realizada a partir de 1833, se inauguró solemnemente el 10 de junio de 1837 y constituye desde entonces, el punto álgido de la visita del museo. Luís Felipe de Orleans  reunió en ella treinta y tres cuadros de las grandes batallas que contribuyeron a la construcción de Francia, desde la de Tolbiac, en 496, hasta la de Wagram, en 1809.</p>
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<p style="text-align: justify;">La galería es también un  panteón de las glorias nacionales por lo que presenta una serie de ochenta bustos de oficiales célebres fallecidos en combate, así como placas de bronce con el nombre de muchos otros.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es el aposento interior del Rey?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">El aposento interior del Rey consiste en un conjunto de estancias protegidas del tumulto de los Grandes Aposentos. Están situadas en la primera planta del cuerpo central del Palacio, y se convirtieron en el siglo XVIII en un auténtico apartamento de residencia y de trabajo con un decorado refinado. Para adaptarse al gusto de sus ocupantes, los espacios y sus usos se renovaron permanentemente.</p>
<p style="text-align: justify;">Cámara de Luis XV : Creada en 1738, fue usada muy habitualmente siendo la cámara donde el rey Luis XV murió en 1774. Pensada con criterios prácticos, es pequeña en escala Versalles y orientada al Sur para hacerla más confortable.  Apenas sufrió variaciones después de la muerte del rey.</p>
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<p style="text-align: justify;">Gabinete del guardarropa de Luis XVI : Acabada muy poco antes de la revolución francesa de 1789 pese a su nombre era usada fundamentalmente como una sala de trabajo del rey Luis XVI.</p>
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</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinete del reloj de Péndulo : El rey Luis XV era aficionado a las ciencias y en particular a la astronomía. Instalado en 1754  el reloj indica la hora, el día de la semana, el mes, el año y el cuarto de luna; en el globo de cristal, se puede ver cómo los planetas van desplazándose alrededor del sol. Con una mezcla de ciencia y arte, este reloj representa el espíritu de la monarquía francesa de su tiempo.  Este reloj sirvió para fijar por primera vez una hora oficial en todo el reino.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1468" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1468 ml-slider">
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<p style="text-align: justify;">Gabienete de los perros : Cámara donde Luis XV hacía dormir aquí a sus perros favoritos.</p>
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1476 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/3006426875_1_7_gOljiMFD-400x240.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1475 slide-1476" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1477 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/6861702610_d9010166b2_z-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1475 slide-1477" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Comedor de las colaciones de caza : Usado por Luis XV una o dos veces por semana para ofrecer cenas a aquellos que le habían acompañado en sus cacerías. Era considerado un gran honor ser invitado.  A partir de 1750 paso a ser un aposento de baños.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1478" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1478 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1479 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_017-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1478 slide-1479" /></li>
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1481 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Salle_à_manger_des_retours_des_chasses_01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1478 slide-1481" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1482 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Salle_à_manger_des_retours_des_chasses_02-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1478 slide-1482" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinete interior del rey : Esta cámara, también conocida como  gabinete del ángulo, daba al patio de mármol y al patio real. Usada habitualmente por Luis XV como oficina de trabajo, ha pasado a la historia por  ser el desapcho desde donde un abatido Luis XV despidió el cortejo fúnebre de Madame Pompadour en 1764.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1484" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1484 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1485 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1485" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1486 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_02-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1486" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1487 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_03-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1487" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1488 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_04-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1488" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1489 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_05-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1489" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1490 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_06-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1490" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1491 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_07-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1491" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1492 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_intérieur_du_Roi_08-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1484 slide-1492" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinete de los despachos : Bajo Luis XIV era la cámara donde el rey guardaba sus libros y manuscritos más valiosos así como unos veinte cuadros entre los que se encontraba el Concierto campestre de Tiziano. Bajo Luis XV el uso paso a ser la sala de estudio que ulitizaba el rey para gestionar la correspondencia con los espías que tenía por Europa fuera del control de la diplomacia oficial de Francia.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1493" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1493 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1494 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1998-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1494" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1495 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/800px-Cabinet_des_dépêches_-_Tableau_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1495" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1496 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Cabinet_des_Dépêches_peintures-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1496" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1497 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Cabinet_des_Dépêches_-_peintures_2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1497" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1498 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches._Versailles._01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1498" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1499 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches._Versailles._02-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1499" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1500 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches._Versailles._03-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1500" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1501 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches._Versailles._04-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1501" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1502 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches._Versailles._05-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1502" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1503 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches_bibliothèque-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1503" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1504 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_des_Dépêches_-_présentoir_pour_montres-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1493 slide-1504" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Estancia de la Vajilla de oro : Estancia donde Luis XV tomaba café y en el que se exponiía la vajilla de oro real. En esta estancia es donde un Mozart niño toco el arpa para la familia real en 1763.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1505" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1505 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1506 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/51e85cabe515e-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1505 slide-1506" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1507 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/51e85cd0cb8fc-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1505 slide-1507" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1508 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/7198632672_01729c060c_z-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1505 slide-1508" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1509 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Pièce_de_la_vaisselle_dor_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1505 slide-1509" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1510 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Pièce_de_la_vaisselle_dor_3-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1505 slide-1510" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Cámara del cofre : Inialmente era la cámara de baños del rey aunque con Luis XVI pasó a ser la sala donde el rey guardaba sus cuentas privadas.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1511" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1511 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1512 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/51e85d54cc667-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1511 slide-1512" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1513 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/tumblr_natj4mFr0Y1snixmzo1_500-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1511 slide-1513" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Biblioteca de Luis XVI : Encargada por Luis XV, se completo poco antes de su muerte. Fue usada por Luis XVI habitualmente por su pasión por las ciencias y en particular por la geografía.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1516" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1516 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1517 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Bibliothèque_de_Louis_XVI_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1516 slide-1517" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1518 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/3004237623_1_11_CFQXxBwZ-400x240.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1516 slide-1518" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1519 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/de2322b71c37c38f411fdfb00899dc42-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1516 slide-1519" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1520 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/img00210-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1516 slide-1520" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Comedor de las porcelanas : Usada inicialmente por Luis XV a partir de 1769 para su cenas de caza. Posteriormente fue usada por Luis XVI y María Antonieta como comedor intermedio entre la Sala del Gran Cubierto y las cenas privadas. Habitualmente las comidas de Luis XVI tenian en torno a veinte invitados y el protocolo era algo mas relajado. Este comedor también recibió el nombre de Salón de las Porcelanas, ya que cada año, por Navidad, Luis XVI hacía que se expusiesen en él las últimas producciones de la Manufactura de Sèvres.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1521" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1521 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1522 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/65847349-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1521 slide-1522" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1523 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/3618915874_dbb5d60382_z-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1521 slide-1523" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1524 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/p1030328-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1521 slide-1524" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Salón de juegos de Luis XVI : Usada como sala de juegos (cartas en general) despues de las comidas. Aunque también fue usada por Luis XVI como sitio de reunión en la toma de café.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1525" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1525 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1526 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Cabinet_des_jeux_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1525 slide-1526" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1527 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Salón_de_juego_de_Luis_XVI._01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1525 slide-1527" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1528 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Salón_de_juego_de_Luis_XVI._02-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1525 slide-1528" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué son los aposentos de María Antonieta?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Constituyen una grupo de estancias, en general no muy grandes para uso privado y de sus doncellas. Aunque se denominan aposentos de María Antonieta, mujer de Luis XVI, su origen se remonta más atrás a la reina María Leszczinska, mujer de Luis XV (desde 1725). La razón practica de su existencia era que la corte de Versailles tenía un rígido protocolo que llegaba a ser axfisiante. Estas estancias proporcionaban a las reinas privacidad y refugio del escrutinio constante a la que estaban sometidas las reinas en la corte. Su máxima expresión se alcanzo con la reina María Antonieta (de ahí su nombre).</p>
<p style="text-align: justify;">Gabiente dorado : Usado como estancia principal privada de las reinas, actuaba como estudio en el caso de la reina María Leszczinska y como sala de estar y familiar con María Antonieta.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1529" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1529 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1530 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1024px-Bureau_Marie-Antoinette_Riesener_Versailles-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1529 slide-1530" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1531 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cabinet_dore_Marie-Antoinette_Versailles-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1529 slide-1531" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1532 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Fauteuil_Georges_Jacob_Cabinet_dore_Reine_Versailles-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1529 slide-1532" /></li>
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabiente de la Méridienne : Usado por Maria Antonieta para descansar a mitad del día (de ahi su nombre).  Era uno de los salones donde más tiempo acabo pasando la reina.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1534" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1534 ml-slider">
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1537 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_Versailles_petit_appartement_Reine_cabinet_meridienne_sofa-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1534 slide-1537" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1538 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Louis-Charles_de_France_Louis_XVII_Deseine_méridienne_Versailles_MV8523-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1534 slide-1538" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1539 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Porte_méridienne_versailles_petits_appartements_reine-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1534 slide-1539" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Gabinente del Billar : Sala de juegos presidida por una mesa de billar (no se conserva la mesa)</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1540" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1540 ml-slider">
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Quien era la Marquesa de Pompadour?</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><b>De nombre Jeanne-Antoinette Poisson</b>, duquesa-marquesa de Pompadour y marquesa de Menars, par de Francia (algo parecido a los títulos de grandes de España en Francia, es decir muy alta nobleza), conocida como <b>Madame de Pompadour. </b><b>Fue aman</b><b>te de Luis XV desde 1745 a 1751 y en fechas posteriores amiga </b><b>íntima y consejera cercana del rey. Modelo de elegancia y buen gusto durante su estancia en la corte de Versailles </b><b>fue adem</b><b>ás una gran impulsora de las artes y las ciencias. Destaca su apoyo a</b><b> la</b> <i>Enciclopedia</i> de Diderot<b>.</b></p>
<p style="text-align: justify;">Aposento de la Marquesa de Pompadour : Aunque fue usado previamente por otras Damas, el nombre con el que nos ha llegado es el de la Marquesa. Fue usado por ella hasta 1750.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1546" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1546 ml-slider">
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                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1551 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/img_3213-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1546 slide-1551" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Quieres eran el Delfin y la Delfina?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En la monarquía francesa, Delfin y Delfina indicaban los herederos del rey y su consorte. Así por ejemplo, de Luis XV sus deflines fueron Luis XVI y María Antonieta. En Versailles los aposentos de Delfin y Delfina tuvieron un uso más amplio viviendo en ellos los delfines pero también hermanos del Delfín.</p>
<p style="text-align: justify;">Constituidos por todo un entramado de cámaras , permitía a la familia del rey hacer vida privada con comodidad.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Quienes eran las Mesdames?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Fue el nombre con el que se conoció a las hijas de Luis XV. Fueron seis hijas y residieron en Versailles (dos de ellas permanentemente). Sus aposentos eran simétricos a los del Delfin y Delfina. Nos han llegado con el nombre de las dos hijas que más los usaron : Madame Victoire y Madame Adélaïde.</p>
<p style="text-align: justify;">Aposentos de Madame Victoire :</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1577" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1577 ml-slider">
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">Aposentos de Madame Adélaïde :</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1584" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1584 ml-slider">
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Quién era la Du Barry?</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><b>Nacida Jeanne du Barry, fue una amante de L</b><b>uis XV </b><b>de origen plebeyo que fue en</b><b>noblecid</b><b>a por Luis XV al titulo de Condesa</b><b>. De impecables </b><b>modales y buena educación fue detestada por la corte de Versailles por su origen y su influencia en el Rey. </b><b></b><b>Instigada</b><b> por</b> las Mes<b></b><b>dames, </b><b>la </b><b>entonces </b><b>delfina Ma</b><b>ria Anton</b><b>ieta</b><b> provoco un serio conflicto en la c</b><b>orte al negarl</b><b>a</b> la pa<b>labra</b><b> repetidamente. Aconsejada por su </b><b>madre, María Teresa de Austria</b><b>, al fin</b><b>al se dirigi</b><b>ó</b> a ella con unas palabras que han pasado a la historia : <i>«¡Hay, hoy, mucha gente en Versalles!»</i> . <b>Fue usada por los m</b><b>ás radicales de la revol</b><b>u</b>c<b>ión francesa como </b><b>ejemplo de lo </b><b>derroche y arri</b><b>b</b>ismo en <b>la monar</b><b>quía francesa. Muri</b><b>ó </b>guillotinada en 1793.</p>
<p style="text-align: justify;">Aposento de Du Barry :</p>
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            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cuál era el centro religioso de Versailles?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">El rey de Francia era rey por la gracia de Dios y por tanto la soberanía de Francia no recaía en el el pueblo de Francia sino en su soberano. Este pacto entre monarquía y religión (habitual en las monarquías de la época) hizo que los monarcas franceses tuvieran siempre una muy cuidada relación con la iglesia católica. Como no podía ser de otra forma, Versailles dispone de una espléndida capilla con un lujo parejo al resto del palacio.</p>
<p style="text-align: justify;">Su construcción se inicio bajo el reinado de Luis XIV en 1689La arquitectura está basada en las capillas palatinas tradicionales de dos pisos en el estilo clásico corintio de las colonias. El vestíbulo que precede a la capilla, o sótanos, se construyó a la vez y está adornado con columnas del orden jónico. La piedra blanca empleada proviene de las canteras de Créteil y concluyo casi al final de su reinado en 1710.</p>
<p style="text-align: justify;">El suelo, recubierto de mármoles de diferentes colores, parece un tapiz de compartimentos geométricos, con un dibujo de las armas reales en el centro de la nave y la cifra del rey con una doble <i>L</i> enlaza la corona delante de los peldaños del altar. Dos arcadas de pilares cuadrados rodean el sótano; por debajo, una columna corintia eleva el primer piso hasta el borde de las tribunas.</p>
<p style="text-align: justify;">Un personaje del Antiguo Testamento decora el intervalo de cada ventana: Abraham, Daniel, David, Isaías, Jacob, Joel y Aggee.</p>
<p style="text-align: justify;">Charles de la Fosse pintó <i>la Resurrección de Cristo</i> en la bóveda del ábside.</p>
<p style="text-align: justify;">Jean Jouvenet <i>el descenso del Espíritu Santo sobre la Virgen y los apóstoles</i> encima de la tribuna real.</p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1598" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1598 ml-slider">
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                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1634 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/78-Versailles-chapelle-royale-choeur-orgue1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1634" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1635 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/78-Versailles-chapelle-royale-nef1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1635" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1636 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/120px-Chateau_de_Versailles_-_Chapelle_royale_2011-06-18_-_sol1-120x72.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1636" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1637 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chapel_of_the_Palace_of_Versailles_doors1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1637" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1638 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapel_021-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1638" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1639 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_132-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1639" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1640 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_182-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1640" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1641 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_392-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1641" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1642 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_422-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1642" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1643 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_512-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1643" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1644 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/179829957_418160cd52_b_chapelle_de_Versailles2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1644" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1645 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Autel_cathédrale_Saint-Louis_Versailles2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1645" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1646 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/CHAPELLE-ROYALE-VERSAILLES-0022-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1646" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1647 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/CHAPELLE-ROYALE-VERSAILLES-0082-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1647" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1648 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Capilla_Versalles._042-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1648" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1649 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Capilla_Versalles._072-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1649" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1650 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chapel_of_the_Palace_of_Versailles_April_2011_32-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1650" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1651 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_162-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1651" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1652 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_192-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1652" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1653 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Chapelle_royale_2011_522-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1598 slide-1653" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Muebles de Versailles</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1654" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1654 ml-slider">
    <div id="metaslider_container_1654">
        <div id="metaslider_1654">
            <ul aria-live="polite" class="slides">
                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1688 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/640px-Bonheur_du_jour_edit1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1688" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1689 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1024px-Château_de_Versailles_appartement_du_Dauphin_grand_cabinet_du_Dauphin_bureau_plat_Bernard_II_van_Riesenbergh_1745_021-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1689" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1690 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1024px-Château_de_Versailles_salon_des_nobles_garniture_de_cheminée_gde_pendule_«_aux_chameaux_»_candélabres_«_aux_grues_»_François_Rémond_Jarossay1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1690" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1691 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_appartement_du_Dauphin_bibliothèque_commode_Mathieu_Criaerd1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1691" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1692 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_appartement_du_Dauphin_grand_cabinet_du_Dauphin_bureau_plat_Bernard_II_van_Riesenbergh_1745_01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1692" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1693 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_appartements_de_la_Dauphine_cabinet_intérieur_secrétaire_à_pente_Bernard_II_van_Riesenbergh-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1693" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1694 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_appartements_de_la_Dauphine_grand_cabinet_bureau2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1694" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1695 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_appartements_de_la_Dauphine_grand_cabinet_canapé2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1695" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1696 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_cabinet_du_Conseil_table_console_rocaille_recouverte_d’un_plateau_de_marqueterie_de_marbre1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1696" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1697 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_cabinet_du_Conseil_table_du_conseil1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1697" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1698 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_galerie_des_glaces_table1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1698" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1699 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Château_de_Versailles_salon_de_labondance_021-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1699" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1700 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Bibliothèque_de_Louis_XVI_12-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1700" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1701 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Pièce_de_la_vaisselle_dor_11-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1701" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1702 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Ployant_en_acajou_style_étrusque_-_Le_Petit_Trianon_11-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1702" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1703 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-The_Grand_Trianon_Chateau_de_Versailles_France_81326603411-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1703" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1704 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Versailles-Appartements_de_Marie-Antoinette-Grand_cabinet_intérieur_de_la_Reine_ou_cabinet_doré1-500x300.png" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1704" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1705 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Appartement_madame_de_Maintenant1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1705" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1706 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Cassettone_luigi_XV1-376x225.png" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1706" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1707 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_Versailles_appartements_Marie-Antoinette_cabinet_Meridienne2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1707" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1708 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_Versailles_petit_appartement_Reine_cabinet_meridienne_sofa2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1708" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1709 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0172-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1709" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1710 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0232-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1710" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1711 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0391-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1711" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1712 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0402-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1712" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1713 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0441-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1713" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1714 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0481-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1714" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1715 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_appartement_du_Dauphin_grand_cabinet_du_Dauphin_chaises1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1715" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1716 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_appartements_de_la_Dauphine_grand_cabinet_baromètre2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1716" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1717 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_appartements_de_la_Dauphine_seconde_antichambre_armoire_à_deux_battants_011-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1717" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1718 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_appartements_du_Dauphin_et_de_la_Dauphine_chambre_du_Dauphin_lit1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1718" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1719 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_appartements_du_Dauphin_et_de_la_Dauphine_seconde_antichambre_du_Dauphin_grande_console_Claude-Charles_Saunier_01-black_bg1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1719" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1720 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_chambre_de_la_reine_lit_011-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1720" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1721 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_petit_appartement_de_la_reine_2e_étage_table_à_écrire_ovale_Pierre_Macret__Charles_Topino_1773-17741-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1721" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1722 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_salon_de_labondance_médailler-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1722" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1723 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Coffre_à_bijoux_Marie_Antoinette_Dauphine_Martin_Carlin_V5807_a1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1723" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1724 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Lit_Pompadour-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1724" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1725 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Cabinet_des_jeux_12-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1725" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1726 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Pièce_de_la_vaisselle_dor_21-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1654 slide-1726" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Estatuas de Versailles</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1727" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1727 ml-slider">
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            <ul aria-live="polite" class="slides">
                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1728 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/640px-Chateau_de_Versailles_Vestibule_Haut_04-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1728" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1729 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/640px-Chateau_de_Versailles_Vestibule_Haut_08-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1729" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1730 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Escalier_Gabriel_2011_6-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1730" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1731 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Escalier_Gabriel_2011_7-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1731" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1732 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chateau_de_Versailles_Vestibule_Haut_03-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1732" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1733 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Sleeping_Ariadne-Versailles-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1733" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1734 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Apollon_Raon_Versailles_MV5921-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1734" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1735 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0301-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1735" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1736 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_049-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1736" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1737 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_052-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1737" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1738 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_055-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1738" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1739 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_056-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1739" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1740 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Vestibule_Haut_01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1740" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1741 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_Constance_dArles-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1741" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1742 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_salle_des_gardes_de_la_reine_vase-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1742" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1743 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_salon_de_Vénus_Louis_XIV_en_empereur_romain_Jean_Varin_01-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1743" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1744 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_salon_de_la_guerre_Clio_écrivant_lhistoire_du_Roi_Antoine_Coysevox-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1744" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1745 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_salon_de_la_guerre_Louis_XIV_en_empereur_romain_vainqueur_Antoine_Coysevox_1715-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1745" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1746 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_tympan_Louis-Philippe_02-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1727 slide-1746" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Espejos</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><div id="metaslider-id-1747" style="max-width: 500px;" class="ml-slider-3-16-2 metaslider metaslider-flex metaslider-1747 ml-slider">
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            <ul aria-live="polite" class="slides">
                <li style="display: block; width: 100%;" class="slide-1748 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Antichambre_des_bains_de_la_Du_Barry_-_DSC_04211-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1748" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1749 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chambre_de_Marie-Antoinette_-_Petit_Trianon-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1749" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1750 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Chambre_de_la_Reine_du_Petit_Trianon_004-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1750" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1751 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Grand_Trianon_Salon_de_famille_de_Louis_Philippe.10-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1751" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1752 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Bibliothèque_de_Louis_XVI_2-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1752" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1753 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Pièce_de_la_vaisselle_dor_3-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1753" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1754 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Petit_appartement_du_roi_-_Salle_à_manger_aux_salles_neuves_1-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1754" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1755 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/1280px-Salle_à_manger_de_lappartement_de_madame_Du_Barry_-_DSC_03861-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1755" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1756 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Appartement_de_la_Pompadour_-_antichambre_-_DSC_0474-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1756" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1757 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0173-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1757" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1758 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Chateau_de_Versailles_Petit_appartement_du_roi_0403-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1758" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1759 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Château_de_Versailles_petit_appartement_de_la_reine_2e_étage_salle_à_manger_cheminée-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1759" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1760 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/PetitTrianon-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1760" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1761 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Petit_appartement_du_roi_-_Cabinet_des_jeux_13-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1761" /></li>
                <li style="display: none; width: 100%;" class="slide-1762 ms-image"><img src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/10/Salon_du_petit_trianon_Appliques_de_Thomire-500x300.jpg" height="300" width="500" alt="" class="slider-1747 slide-1762" /></li>
            </ul>
        </div>
        
    </div>
</div></p>
<p style="text-align: justify;">
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		<title>ALGUNOS DATOS DEL LADRILLO EN ESPAÑA</title>
		<link>http://www.adrianosi.com/blog/algunos-datos-del-ladrillo-en-espana/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Aug 2014 02:00:40 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[DATOS]]></category>
		<category><![CDATA[INFORMACIÓN]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué porcentaje de PIB ocupa la construcción por autonomías? ¿Cuál es la distribución de viviendas principales y no principales en España? ¿Cuál es el stock de viviendas nuevas sin vender por provincia y autonomía? ¿Cómo ha evolucionado el último año el precio por metro cuadrado en venta de vivienda? &#160; ¿Cómo ha evolucionado el último año el precio por metro cuadrado en alquiler de vivienda? ¿Cuántas hipotecas se han constituido en España? Fuente INE/IDEALISTA ¿Cuál es la morosidad en hipotecas? Fuente INE/IDEALISTA &#160;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="yass_top_edge_dummy" style="width: 1px; height: 1px; padding: 0px; margin: -11px 0px 0px; border-width: 0px; display: block;"></div>
<div id="yass_top_edge" style="background-image: url('chrome://yass/content/edgebgtop.png'); background-attachment: scroll; background-position: center bottom; padding: 0px; margin: 0px 0px 10px -431px; border-width: 0px; height: 0px; display: block; width: 1px;"></div>
<p><strong>¿Qué porcentaje de PIB ocupa la construcción por autonomías?</strong></p>
<p><iframe src="http://cf.datawrapper.de/Tj5HT/2/" frameborder="0" allowtransparency="true" allowfullscreen="allowfullscreen" webkitallowfullscreen="webkitallowfullscreen" mozallowfullscreen="mozallowfullscreen" oallowfullscreen="oallowfullscreen" msallowfullscreen="msallowfullscreen" width="600" height="700"></iframe></p>
<p><strong>¿Cuál es la distribución de viviendas principales y no principales en España?</strong></p>
<p><iframe src="http://cf.datawrapper.de/021U6/2/" width="600" height="1500" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p><strong>¿Cuál es el stock de viviendas nuevas sin vender por provincia y autonomía?</strong></p>
<p><iframe src="http://cf.datawrapper.de/KSczA/2/" width="600" height="1500" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p><strong>¿Cómo ha evolucionado el último año el precio por metro cuadrado en venta de vivienda?</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><iframe src="http://cf.datawrapper.de/xGNRn/2/" width="600" height="1500" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p><strong>¿Cómo ha evolucionado el último año el precio por metro cuadrado en alquiler de vivienda?</strong></p>
<p><iframe src="http://cf.datawrapper.de/9G8T5/1/" width="600" height="1500" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
<p><strong>¿Cuá</strong><strong>ntas hipotecas se han constituido en España?</strong></p>
<p><strong><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/08/evolucion-hipotecas-oct-2013_0.gif" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1315" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/08/evolucion-hipotecas-oct-2013_0.gif" alt="evolucion-hipotecas-oct-2013_0" width="560" height="655" /></a></strong></p>
<p>Fuente INE/IDEALISTA</p>
<p><strong>¿Cuál es la morosidad en hipotecas?</strong></p>
<p><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/08/morosidad-hipotecaria-2013_0.gif" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1314" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/08/morosidad-hipotecaria-2013_0.gif" alt="morosidad-hipotecaria-2013_0" width="511" height="283" /></a>Fuente INE/IDEALISTA</p>
<p>&nbsp;</p>
<div id="yass_bottom_edge" style="background-image: url('chrome://yass/content/edgebgbot.png'); background-position: 0px 0px; position: absolute; margin: 0px; padding: 0px; border-width: 0px; height: 0px; left: 0px; top: 827px; width: 100%; display: block;"></div>
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		<title>CONSUMO EN VALLADOLID</title>
		<link>http://www.adrianosi.com/blog/consumo-en-valladolid/</link>
					<comments>http://www.adrianosi.com/blog/consumo-en-valladolid/#comments</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Jun 2014 12:07:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Hogar]]></category>
		<category><![CDATA[Normativa]]></category>
		<category><![CDATA[INFORMACIÓN]]></category>
		<category><![CDATA[NORMATIVA]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué leyes se aplican al consumo? La legislación es amplísima y aplica a directivas europeas, estado central y autonómico. Además la legislación esta segmentada por temas. Legislación general : Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre , que aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Ley 7/1996, de 15 de enero , de Ordenación del Comercio Minorista. Ley 1/2004, de 21 de diciembre , de horarios comerciales. Ley 44/2006, de 29 de diciembre , de mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Real Decreto 1507/2000, de 1 de septiembre , por el que se actualizan los catálogos de productos y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera, a efectos de lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 2, apartado 2, y 11, apartados 2 y 5, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y normas concordantes. Real Decreto 894/2005, de 22 de julio , por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios. Real Decreto 487/2009, de 3 de abril , por el que se modifica el Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero , por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia. Ley 20/2013, de 9 de diciembre , de garantía de la unidad de mercado. Ley 27/2013, de 27 de diciembre , de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Real Decreto 227/2014, de 4 de abril , por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios Legislación sectorial : Acciones de cesación : Directiva 2009/22/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores. Ley 39/2002, de 28 de octubre, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios. Aparatos de uso doméstico Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre, por el que se regula la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía. Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico. Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles Directiva 2008/122/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009, relativa a la protección de los consumidores con respecto a determinados aspectos de los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio. Ley 4/2012, de 6 de julio, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias Arbitraje de consumo Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo. Real Decreto 863/2009, de 14 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo Asociaciones de consumidores y usuarios Real Decreto 825/1990, de 22 de junio, sobre el derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones. Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios. Real Decreto 487/2009, de 3 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios. Bienes tangibles Ley 43/2007, de 13 de diciembre, de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución del precio. Condiciones generales de la contratación Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 abril 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores. Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación. Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación. Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación. Comercio electrónico Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico). Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Contratos bancarios Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, a Entidades de crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela. Circular 4/1998, de 27 de enero, del Banco de España, a entidades de crédito y establecimientos de cambio de moneda extranjera, que modifica las Circulares 8/1990, de 7 de septiembre, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y 8/1992, de 24 de abril, de cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Orden EHA/2899/2011, de 28 octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios Circular 6/2010, de 28 de septiembre, del Banco de España , a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España , a Entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos Contratos celebrados a distancia Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 mayo 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia. Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, y por la que se modifican la Directiva 90/619/CEE del Consejo y las Directivas 97/7/CE y 98/27/CE. Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias. Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. Contratos celebrados fuera de establecimiento Directiva 85/577/CEE, del Consejo, de 20 diciembre 1985, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales. Cooperación entre autoridades nacionales Reglamento 2006/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores. Crédito al consumo Directiva 2008/48/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo. Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo. Garantías de los bienes de consumo Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo. Igualdad de hombres y mujeres Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (DA 25ª) Infracciones y sanciones Código Penal (arts. 278-288 y 359-367). Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en matera de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. Prácticas comerciales desleales Directiva 2005/29/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, sobre las prácticas comerciales desleales. Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Precios de productos y servicios Directiva 98/6/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 febrero 1998, relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores. Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios. Préstamos hipotecarios y servicios de intermediación de créditos Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios. Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito. Orden de 5 de mayo de 1994, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios. Real Decreto 106/2011, de 28 de enero, por el que se crea y regula el Registro estatal de empresas previsto en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, y se fija el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas actividades. Resolución de 3 de octubre de 2013, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual. Resolución de 5 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se corrigen errores en la de 3 de octubre de 2013, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual. Resolución de 10 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual. Productos alimenticios Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico. Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. Real Decreto 517/2013, de 5 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 846/2011, de 17 de junio, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos. Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre, por el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana. Publicidad Directiva 2006/114/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa. Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad. Ley 29/2009, de 30 de Diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios. Responsabilidad por productos defectuosos Directiva 85/374/CEE, del Consejo, de 25 julio, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados para productos defectuosos. Seguridad de los productos Directiva 87/357/CEE, de 25 junio 1987, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los productos de apariencia engañosa que ponen en peligro la salud o la seguridad de los consumidores. Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos. Real Decreto 820/1990, de 22 de junio, por el que se prohíbe la comercialización y fabricación de los productos de apariencia engañosa que pongan en peligro la salud y seguridad de los consumidores. Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos. Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se prolonga la eficacia de la Resolución de 8 de marzo de 2007, por la que se garantiza que sólo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y se prohíbe la comercialización de encendedores de fantasía Servicios Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Talleres de Vehículos Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. Telecomunicaciones Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) núm. 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores. Fecha límite de transposición: 25-5-2011 Directiva 2009/140/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009 por la que se modifican la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/19/CE relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión, y la Directiva 2002/20/CE relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas. Fecha límite de transposición: 25-5-2011 Reglamento CE 717/2007, de 27 de junio por el que se regula el servicio de itinerancia en las redes públicas de telefonía móvil en la Comunidad y modifica Directiva 2002/21/CE Reglamento CE 544/2009, de 18 junio 2009 por el que se modifican el Reglamento CE 717/2007 relativo a la itinerancia en las redes públicas de telefonía móvil en la Comunidad y la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas Ley 4/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones modificada más reciente por Ley 25/2007, de 18 octubre, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones; Ley 56/2007, de 28 diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información; Ley 25/2009 (Ley Ómnibus), de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación Real Decreto 726/2011, de 20 de mayo, por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestaciones de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, modificado por Real Decreto 776/2006, de 23 de junio; Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social; Real Decreto 1768/2007, de 28 de diciembre; Real Decreto 329/2009, de 13 de marzo; Título VI derogado por Real Decreto 899/2009 Orden PRE/361/2002, de 14 de febrero, de desarrollo, en lo relativo a los derechos de los usuarios y a los servicios de tarificación adicional, del título IV del RD 1736/1998, modificada por Orden PRE/2410/2004, de 20 de julio Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril, por la que se regula el procedimiento de resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores Orden ITC/308/2008, de 31 de enero, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, modificada por Orden ITC/3237/2008, de 11 noviembre Orden IET/1262/2013, de 26 de junio, por la que se modifica la Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, por la que se establecen las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado. Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuye el código telefónico 905 a la prestación de servicios de tarificación adicional Código de Conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional aprobado por el Pleno de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, en su reunión de fecha 23 de julio de 2004 publicado mediante la Resolución SETSI, de 15 de septiembre de 2004, modificado por Resolución SETSI de 8 de julio de 2009, por la que se publica la modificación del código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional de 23 de julio de 2004 Código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes aprobado por Resolución SETSI de 8 de julio de 2009, modificado por Resolución de 2 de julio de 2010, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la modificación del código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establece la duración de la locución informativa de los servicios de tarificación adicional prestados a través del código 905 Venta ambulante Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio, de regulación del ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial permanente. Venta a plazos Ley 28/1998, de 13 de julio, de venta a plazos de bienes muebles. Orden de 19 de julio de 1999, por la que se aprueba la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles. Viajes combinados Directiva 90/314/CEE del Consejo, de 13 junio 1990, relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados. Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, que regula el ejercicio de las actividades de las agencias de viajes. Vivienda Ley 57/1968, de 27 de julio, que regula la percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas. Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de vivienda. Fuente : Universidad de Castilla La Macha , www.uclm.es/centro/cesco/ En Castilla y León además : Portal de consumo de Castilla y León : www.consumo.jcyl.es Ley 11/1998, de 5 de diciembre, para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León «BOCyL de 10/12/1998». Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. «BOE de 23/11/2002». Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación «BOE de 14/04/1998». Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación, que desarrolla el art. 5.3, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 30/12/1999» Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios «BOE de 30/11/2007». Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica el art. 5 de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 31/12/2001». Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que deroga los arts. 9.3, 14, 15, 18 y 20 y modifica el 12.2 y 3 y 4, 16 y añade la disposición adicional 4, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 08/01/2000». Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación en el que se dicta conformidad con la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 23/12/1999». Ley 39/2002, de 28 de octubre, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios, que modifica los arts. 16 y 19, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 29/10/2002». ¿Qué garantía tiene un producto adquirido de primera mano? La garantía deben ser al menos dos años desde la entrega del producto, pudiendo pactarse con el vendedor o fabricante plazos mayores. También se puede dar el caso de garantías con distintos plazos para distintas partes del producto (ejemplo : en computadoras, a veces el disco duro tiene garantía de menos plazo que el resto), pero siempre la menor de al menos dos años. ¿Qué garantía tiene un producto adquirido de segunda mano? De al menos un año desde la entrega del producto. ¿Qué cubre la garantía? Al menos : &#8211; Las piezas necesarias para reparar el producto. &#8211; Gastos de envío o desplazamiento. &#8211; Mano de obra necesaria. ¿Qué no cubre la garantía? &#8211; Piezas fungibles que se desgastan por el uso normal de producto. Por ejemplo, los frenos de una bicicleta. &#8211; Uso inapropiado o negligente del producto. ¿En caso de funcionamiento defectuoso hay derecho a <a class="more-link" href="http://www.adrianosi.com/blog/consumo-en-valladolid/">Sigue leyendo <span class="screen-reader-text">  CONSUMO EN VALLADOLID</span><span class="meta-nav">&#8594;</span></a>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué leyes se aplican al consumo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La legislación es amplísima y aplica a directivas europeas, estado central y autonómico. Además la legislación esta segmentada por temas.</p>
<p style="text-align: justify;">Legislación general :</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555" target="_blank">Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre</a> , que aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-1072" target="_blank">Ley 7/1996, de 15 de enero</a> , de Ordenación del Comercio Minorista.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21421" target="_blank">Ley 1/2004, de 21 de diciembre</a> , de horarios comerciales.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-22950" target="_blank">Ley 44/2006, de 29 de diciembre</a> , de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-16561" target="_blank">Real Decreto 1507/2000, de 1 de septiembre</a> , por el que se actualizan los catálogos de productos y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado y de bienes de naturaleza duradera, a efectos de lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 2, apartado 2, y 11, apartados 2 y 5, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y normas concordantes.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-14550" target="_blank">Real Decreto 894/2005, de 22 de julio</a> , por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-5848" target="_blank">Real Decreto 487/2009, de 3 de abril</a> , por el que se modifica el Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-5375" target="_blank">Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero</a> , por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12888" target="_blank">Ley 20/2013, de 9 de diciembre</a> , de garantía de la unidad de mercado.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13756" target="_blank">Ley 27/2013, de 27 de diciembre</a> , de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-4580" target="_blank">Real Decreto 227/2014, de 4 de abril</a> , por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Información y Control Alimentarios</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Legislación sectorial :</p>
<p style="text-align: justify;">Acciones de cesación :</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="https://www.boe.es/doue/2009/110/L00030-00036.pdf" target="_blank">Directiva 2009/22/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009</a>, relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-20855" target="_blank">Ley 39/2002, de 28 de octubre</a>, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Aparatos de uso doméstico</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-16175" target="_blank">Real Decreto 1390/2011, de 14 de octubre</a>, por el que se regula la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2010-81076" target="_blank">Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010</a>, relativa a la indicación del consumo de energía y otros recursos por parte de los productos relacionados con la energía</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-2809" target="_blank">Real Decreto 58/1988, de 29 de enero</a>, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="https://www.boe.es/doue/2009/033/L00010-00030.pdf" target="_blank">Directiva 2008/122/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de enero de 2009</a>, relativa a la protección de los consumidores con respecto a determinados aspectos de los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-9111" target="_blank">Ley 4/2012, de 6 de julio</a>, de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio y normas tributarias</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Arbitraje de consumo</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-3527&amp;tn=1&amp;p=20090525&amp;acc=Elegir" target="_blank">Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero</a>, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-8613" target="_blank">Real Decreto 863/2009, de 14 de mayo</a>, por el que se modifica el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Asociaciones de consumidores y usuarios</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-15273" target="_blank">Real Decreto 825/1990, de 22 de junio</a>, sobre el derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-14550" target="_blank">Real Decreto 894/2005, de 22 de julio</a>, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-5848" target="_blank">Real Decreto 487/2009, de 3 de abril</a>, por el que se modifica el Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Bienes tangibles</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-21491" target="_blank">Ley 43/2007, de 13 de diciembre</a>, de protección de los consumidores en la contratación de bienes con oferta de restitución del precio.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Condiciones generales de la contratación</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31993L0013:ES:HTML" target="_blank">Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 abril 1993</a>, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1998-8789" target="_blank">Ley 7/1998, de 13 de abril</a>, sobre condiciones generales de la contratación.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-24356" target="_blank">Real Decreto 1828/1999, de 3 de diciembre</a>, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-24914" target="_blank">Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre</a>, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Comercio electrónico</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:32000L0031:ES:HTML" target="_blank">Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000</a>, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico).</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-13758" target="_blank">Ley 34/2002, de 11 de julio</a>, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Contratos bancarios</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-23233" target="_blank">Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre</a>, a Entidades de crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1998-3312#top" target="_blank">Circular 4/1998, de 27 de enero,</a> del Banco de España, a entidades de crédito y establecimientos de cambio de moneda extranjera, que modifica las Circulares 8/1990, de 7 de septiembre, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y 8/1992, de 24 de abril, de cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-14363" target="_blank">Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre</a>, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-17015" target="_blank">Orden EHA/2899/2011, de 28 octubre,</a> de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-15521" target="_blank">Circular 6/2010, de 28 de septiembre,</a> del Banco de España , a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-9058" target="_blank">Circular 5/2012, de 27 de junio, </a>del Banco de España , a Entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Contratos celebrados a distancia</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31997L0007:ES:HTML" target="_blank">Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 mayo 1997</a>, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&amp;lg=es&amp;type_doc=Directive&amp;an_doc=2002&amp;nu_doc=65" target="_blank">Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002</a>, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, y por la que se modifican la Directiva 90/619/CEE del Consejo y las Directivas 97/7/CE y 98/27/CE.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2002/12/20/pdfs/A44759-44764.pdf" target="_blank">Ley 47/2002, de 19 de diciembre, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero</a>, de Ordenación del Comercio Minorista, para la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 97/7/CE, en materia de contratos a distancia, y para la adaptación de la Ley a diversas Directivas comunitarias.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/07/12/pdfs/A29985-29991.pdf" target="_blank">Ley 22/2007, de 11 de julio</a>, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Contratos celebrados fuera de establecimiento</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31985L0577:ES:HTML" target="_blank">Directiva 85/577/CEE, del Consejo, de 20 diciembre 1985</a>, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Cooperación entre autoridades nacionales</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2004R2006:20071219:ES:PDF" target="_blank">Reglamento 2006/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004</a>, sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Crédito al consumo</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:133:0066:0092:ES:PDF" target="_blank">Directiva 2008/48/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008</a>, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1995/03/25/pdfs/A09370-09375.pdf" target="_blank">Ley 7/1995, de 23 de marzo</a>, de Crédito al Consumo.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Garantías de los bienes de consumo</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:1999:171:0012:0016:ES:PDF" target="_blank">Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999</a>, sobre determinados aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Igualdad de hombres y mujeres</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/23/pdfs/A12611-12645.pdf" target="_blank">Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo</a>, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (DA 25ª)</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Infracciones y sanciones</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1995/11/24/pdfs/A33987-34058.pdf" target="_blank">Código Penal (arts. 278-288 y 359-367)</a>.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1983/07/15/pdfs/A19830-19835.pdf" target="_blank">Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio</a>, por el que se regulan las infracciones y sanciones en matera de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Prácticas comerciales desleales</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2005:149:0022:0039:ES:PDF" target="_blank">Directiva 2005/29/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005</a>, sobre las prácticas comerciales desleales.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1991/01/11/pdfs/A00959-00962.pdf" target="_blank">Ley 3/1991, de 10 de enero</a>, de Competencia Desleal.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/31/pdfs/BOE-A-2009-21162.pdf" target="_blank">Ley 29/2009, de 30 de diciembre</a>, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Precios de productos y servicios</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31998L0006:ES:HTML" target="_blank">Directiva 98/6/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 febrero 1998</a>, relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2000/12/28/pdfs/A46319-46321.pdf" target="_blank">Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre</a>, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Préstamos hipotecarios y servicios de intermediación de créditos</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1994/04/04/pdfs/A10364-10366.pdf" target="_blank">Ley 2/1994, de 30 de marzo</a>, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2009/04/01/pdfs/BOE-A-2009-5391.pdf" target="_blank">Ley 2/2009, de 31 de marzo</a>, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1994/05/11/pdfs/A14444-14449.pdf" target="_blank">Orden de 5 de mayo de 1994</a>, sobre transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abrirá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD106_2011.pdf" target="_blank">Real Decreto 106/2011, de 28 de enero</a>, por el que se crea y regula el Registro estatal de empresas previsto en la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, y se fija el importe mínimo del seguro de responsabilidad o aval bancario para el ejercicio de estas actividades.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abrirá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-10569" target="_blank">Resolución de 3 de octubre de 2013</a>, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abrirá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-13250" target="_blank">Resolución de 5 de diciembre de 2013</a>, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se corrigen errores en la de 3 de octubre de 2013, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abrirá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-4171" target="_blank">Resolución de 10 de abril de 2014</a>, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica la lista de entidades que han comunicado su adhesión al Código de Buenas Prácticas de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social; y la lista de entidades que han comunicado su adhesión voluntaria al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Productos alimenticios</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-318" target="_blank">Real Decreto 4/2014, de 10 de enero</a>, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2000:109:0029:0042:ES:PDF" target="_blank">Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000</a>, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1999/08/24/pdfs/A31410-31418.pdf" target="_blank">Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio</a>, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-8013" target="_blank">Real Decreto 517/2013, de 5 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 846/2011, de 17 de junio</a>, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-10611" target="_blank">Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre</a>, por el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Publicidad</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:376:0021:0027:ES:PDF" target="_blank">Directiva 2006/114/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006</a>, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1988/11/15/pdfs/A32464-32467.pdf" target="_blank">Ley 34/1988, de 11 de noviembre</a>, General de Publicidad.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-21162" target="_blank">Ley 29/2009, de 30 de Diciembre</a>, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Responsabilidad por productos defectuosos</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31985L0374:ES:HTML" target="_blank">Directiva 85/374/CEE, del Consejo, de 25 julio</a>, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por los daños causados para productos defectuosos.</li>
</ul>
<p>Seguridad de los productos</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CELEX:31987L0357:ES:HTML" target="_blank">Directiva 87/357/CEE, de 25 junio 1987</a>, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los productos de apariencia engañosa que ponen en peligro la salud o la seguridad de los consumidores.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2002:011:0004:0004:ES:PDF" target="_blank">Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001</a>, relativa a la seguridad general de los productos.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1990/06/27/pdfs/A18164-18165.pdf" target="_blank">Real Decreto 820/1990, de 22 de junio</a>, por el que se prohíbe la comercialización y fabricación de los productos de apariencia engañosa que pongan en peligro la salud y seguridad de los consumidores.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2004/01/10/pdfs/A00906-00916.pdf" target="_blank">Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre</a>, sobre seguridad general de los productos.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-3130" target="_blank">Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto Nacional del Consumo</a>, por la que se prolonga la eficacia de la Resolución de 8 de marzo de 2007, por la que se garantiza que sólo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y se prohíbe la comercialización de encendedores de fantasía</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Servicios</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:376:0036:0068:es:PDF" target="_blank">Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006</a>, relativa a los servicios en el mercado interior.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18731.pdf" target="_blank">Ley 17/2009, de 23 de noviembre</a>, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13645" target="_blank">Ley 24/2013, de 26 de diciembre</a>, del Sector Eléctrico.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Talleres de Vehículos</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1986/07/16/pdfs/A25709-25715.pdf" target="_blank">Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero</a>, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Telecomunicaciones</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Directiva_2009-136-CE.pdf" target="_blank">Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009</a> por la que se modifican la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/58/CE relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas y el Reglamento (CE) núm. 2006/2004 sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores. Fecha límite de transposición: 25-5-2011</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Directiva_2009-140-CE.pdf" target="_blank">Directiva 2009/140/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2009</a> por la que se modifican la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/19/CE relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión, y la Directiva 2002/20/CE relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas. Fecha límite de transposición: 25-5-2011</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Reglamento_CE-717-2007.pdf" target="_blank">Reglamento CE 717/2007, de 27 de junio</a> por el que se regula el servicio de itinerancia en las redes públicas de telefonía móvil en la Comunidad y modifica Directiva 2002/21/CE</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Reglamento_CE-544-2009.pdf" target="_blank">Reglamento CE 544/2009, de 18 junio 2009</a> por el que se modifican el Reglamento CE 717/2007 relativo a la itinerancia en las redes públicas de telefonía móvil en la Comunidad y la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas</li>
<li><a title="Enlace a Información (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-13645" target="_blank">Ley 4/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico</a></li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Ley_32-2003.pdf" target="_blank">Ley 32/2003, de 3 de noviembre</a>, General de Telecomunicaciones modificada más reciente por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Ley_25-2007.pdf" target="_blank">Ley 25/2007, de 18 octubre</a>, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Ley_56-2007.pdf" target="_blank">Ley 56/2007, de 28 diciembre</a>, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Ley_25-2009.pdf" target="_blank">Ley 25/2009 (Ley Ómnibus)</a>, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Ley_7-2010.pdf" target="_blank">Ley 7/2010, de 31 de marzo</a>, General de Comunicación Audiovisual</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-3376" target="_blank">Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo</a>, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_726-2011.pdf" target="_blank">Real Decreto 726/2011, de 20 de mayo</a>, por el que se modifica el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, aprobado por Real Decreto 424/2005, de 15 de abril</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_424-2005.pdf" target="_blank">Real Decreto 424/2005, de 15 de abril</a>, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestaciones de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios, modificado por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_776-2006.pdf" target="_blank">Real Decreto 776/2006, de 23 de junio</a>; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_1494-2007.pdf" target="_blank">Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre</a>, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_1768-2007.pdf" target="_blank">Real Decreto 1768/2007, de 28 de diciembre</a>; <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_329-2009.pdf" target="_blank">Real Decreto 329/2009, de 13 de marzo</a>; Título VI derogado por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/RD_899-2009.pdf" target="_blank">Real Decreto 899/2009</a></li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Orden_PRE-361-2002.pdf" target="_blank">Orden PRE/361/2002, de 14 de febrero</a>, de desarrollo, en lo relativo a los derechos de los usuarios y a los servicios de tarificación adicional, del título IV del RD 1736/1998, modificada por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Orden_PRE-2410-2004.pdf" target="_blank">Orden PRE/2410/2004, de 20 de julio</a></li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Orden_ITC-1030-2007.pdf" target="_blank">Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril</a>, por la que se regula el procedimiento de resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Orden_ITC-308-2008.pdf" target="_blank">Orden ITC/308/2008, de 31 de enero</a>, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, modificada por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Orden_ITC-3237-2008.pdf" target="_blank">Orden ITC/3237/2008</a>, de 11 noviembre</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-7326" target="_blank">Orden IET/1262/2013, de 26 de junio</a>, por la que se modifica la Orden CTE/711/2002, de 26 de marzo, por la que se establecen las condiciones de prestación del servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Resolucion_4-12-2008.pdf" target="_blank">Resolución de 4 de diciembre de 2008</a>, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuye el código telefónico 905 a la prestación de servicios de tarificación adicional</li>
<li>Código de Conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional aprobado por el Pleno de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, en su reunión de fecha 23 de julio de 2004 publicado mediante la <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/ResolucionSETSI_15-09-2004.pdf" target="_blank">Resolución SETSI, de 15 de septiembre de 2004</a>, modificado por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/ResolucionSETSI_8-07-2009.pdf" target="_blank">Resolución SETSI de 8 de julio de 2009</a>, por la que se publica la modificación del código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional de 23 de julio de 2004</li>
<li>Código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes aprobado por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/ResolucionSETSI_8-07-2009_2.pdf" target="_blank">Resolución SETSI de 8 de julio de 2009</a>, modificado por <a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Resolucion_2-07-2010.pdf" target="_blank">Resolución de 2 de julio de 2010</a>, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la modificación del código de conducta para la prestación de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.uclm.es/centro/cesco/pdf/legislacion/Resolucion_28-09-2009.pdf" target="_blank">Resolución de 28 de septiembre de 2009</a>, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se establece la duración de la locución informativa de los servicios de tarificación adicional prestados a través del código 905</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Venta ambulante</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1985/06/28/pdfs/A20200-20202.pdf" target="_blank">Real Decreto 1010/1985, de 5 de junio</a>, de regulación del ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de establecimiento comercial permanente.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Venta a plazos</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1998/07/14/pdfs/A23510-23516.pdf" target="_blank">Ley 28/1998, de 13 de julio</a>, de venta a plazos de bienes muebles.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1999/07/20/pdfs/A27155-27164.pdf" target="_blank">Orden de 19 de julio de 1999</a>, por la que se aprueba la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Viajes combinados</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.davara.com/documentos/relacionados/ecommerce/D90314CEE.pdf" target="_blank">Directiva 90/314/CEE del Consejo, de 13 junio 1990</a>, relativa a los viajes combinados, las vacaciones combinadas y los circuitos combinados.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1988/03/29/pdfs/A09701-09702.pdf" target="_blank">Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo</a>, que regula el ejercicio de las actividades de las agencias de viajes.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Vivienda</p>
<ul style="color: #000000; text-align: justify;">
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1968/07/29/pdfs/A11091-11092.pdf" target="_blank">Ley 57/1968, de 27 de julio</a>, que regula la percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas.</li>
<li><a title="Enlace a documento pdf (se abriá en una ventana nueva)" href="http://www.boe.es/boe/dias/1989/05/17/pdfs/A14506-14508.pdf" target="_blank">Real Decreto 515/1989, de 21 de abril</a>, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa y arrendamiento de vivienda.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Fuente : Universidad de Castilla La Macha , <a href="http://www.uclm.es/centro/cesco/">www.uclm.es/centro/cesco/</a></p>
<p style="text-align: justify;">En Castilla y León además :</p>
<p style="text-align: justify;">Portal de consumo de Castilla y León : <a href="http://www.consumo.jcyl.es/">www.consumo.jcyl.es</a></p>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431557179/Redaccion">Ley 11/1998, de 5 de diciembre,</a> para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León «BOCyL de 10/12/1998».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431558668/Redaccion">Ley 44/2002 de 22 de noviembre</a>, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. «BOE de 23/11/2002».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431554537/Redaccion">Ley 7/1998, de 13 de abril</a>, sobre Condiciones Generales de la Contratación «BOE de 14/04/1998».</li>
</ul>
<ul>
<li>
<div><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431563258/Redaccion">Real Decreto 1906/1999, de 17 de diciembre</a>, por el que se regula la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales en desarrollo del artículo 5.3 de la Ley 7/1998, de 13 de abril, de condiciones generales de la contratación, que desarrolla el art. 5.3, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 30/12/1999»</div>
</li>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431565184/Redaccion">Real Decreto Legislativo 1/2007</a>, de 16 de noviembre, que aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios «BOE de 30/11/2007».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431557635/Redaccion">Ley 24/2001, de 27 de diciembre</a>, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modifica el art. 5 de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 31/12/2001».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431557140/Redaccion">Ley 1/2000, de 7 de enero</a>, de Enjuiciamiento Civil, que deroga los arts. 9.3, 14, 15, 18 y 20 y modifica el 12.2 y 3 y 4, 16 y añade la disposición adicional 4, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 08/01/2000».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431563106/Redaccion">Real Decreto 1828/1999</a>, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Condiciones Generales de la Contratación en el que se dicta conformidad con la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 23/12/1999».</li>
</ul>
<ul>
<li><a href="http://www.consumo.jcyl.es/web/jcyl/Consumo/es/Plantilla100Detalle/1251181526148/Normativa/1241431558516/Redaccion">Ley 39/2002, de 28 de octubre</a>, de transposición al ordenamiento jurídico español de diversas directivas comunitarias en materia de protección de los intereses de los consumidores y usuarios, que modifica los arts. 16 y 19, de la Ley 7/1998, de 13 de abril «BOE de 29/10/2002».</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué garantía tiene un producto adquirido de primera mano?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La garantía deben ser al menos dos años desde la entrega del producto, pudiendo pactarse con el vendedor o fabricante plazos mayores. También se puede dar el caso de garantías con distintos plazos para distintas partes del producto (ejemplo : en computadoras, a veces el disco duro tiene garantía de menos plazo que el resto), pero siempre la menor de al menos dos años.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué garantía tiene un producto adquirido de segunda mano?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">De al menos un año desde la entrega del producto.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué cubre la garantía?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Al menos :</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Las piezas necesarias para reparar el producto.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Gastos de envío o desplazamiento.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Mano de obra necesaria.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué no cubre la garantía?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Piezas fungibles que se desgastan por el uso normal de producto. Por ejemplo, los frenos de una bicicleta.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Uso inapropiado o negligente del producto.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong> ¿En caso de funcionamiento defectuoso hay derecho a sustitución e</strong><strong>n el periodo de garantía?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Queda a elección del cliente, siendo elección suya optar por la reparación o sustitución. Una vez se opta por una de ellas tanto vendedor como consumidor deben atenerse a ella. Sólo en los casos de productos de segunda mano o productos fungibles quedan fuera del derecho de sustitución.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Si el producto ha sido reparado reiteradas ocasiones durante el periodo de garantía ¿puede optarse por la sustitución?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Sí, salvo que esta opción resulte desproporcionada, en cuyo caso podrá optar por la rebaja del precio o la resolución del contrato.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿En caso de reparación que gastos tiene que asumir el consumidor?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Tanto los materiales, como la mano de obra, como los gastos de envío o de desplazamiento deben ser gratuitos durante el periodo de garantía legal.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Cuando hay una reparación, ¿el periodo de garantía se prolonga?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">A partir de la reparación durante seis meses el vendedor debe responder por las faltas de conformidad que originaron la reparación.</p>
<p style="text-align: justify;">Además durante los periodos que el produzco permanece en manos del fabricante para su reparación o sustitución son añadidos al plazo de garantía del producto (que siempre es al menos de dos años en primera mano). Por tanto, si un equipo de música está en reparación 15 días, la garantía acabará 15 días después de la fecha original del producto.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Hay plazos de reparación o sustitución estipulados?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En general no, pero la ley si contempla la posibilidad de que el consumidor solicite compensaciones, rebajas de precios o resolución de contrato por plazos excesivos en sustitución o reparación. La medida debería ser tomada en cada sector de producto. A modo de ejemplo, si un equipo de informática tarda en una tienda 10 días en repararse como máximo, 30 días en el caso de ejecución de garantía es claramente excesivo.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cuándo el vendedor no es responsable de una falta de conformidad del producto?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Cuando el consumidor conociera la tara en la adquisición de un producto. Caso de comprar en una tienda de antigüedades un telefóno que no funciona o en una tienda ropa de resto una prenda con bolsillo roto.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Cuando la falta de conformidad proviniera de materiales suministrados por el consumidor. Caso de un traje a la medida, la calidad de la tela, aunque sería responsabilidad del vendedor advertir sobre lo inapropiado de esa tela.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Es posible pedir daños y perjuicios por un producto?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Si, la ley lo contempla. Hay que acreditar objetivamente el daño lo que no siempre es fácil.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Es necesaria tener sellada la garantía?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Conveniente, pero en caso de no tenerla cualquier ticket, factura o albarán de entrega será valido.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Sigue siendo válida la garantía si quien debe exigirla no es quien adquirió el producto?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Si porque la garantía va vinculada al producto con independencia de que se cambie de propietario.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Las compras en Internet tienen la misma garantía?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Si. No hay diferencia con el resto.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿En caso de conflicto donde acudir?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En primera instancia a la Junta Arbitral de Consumo (<a href="http://www.omicvalladolid.es/web/contenido/arbitraje.html">JAC</a>), r<span style="color: #000000;">egulado por la <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2003/12/26/pdfs/A46097-46109.pdf">Ley 60/2003</a>, de 23 de diciembre, de Arbitraje y por el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero.</span></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué servicios de consumo hay en Valladolid?</strong></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #222222;">Oficina Municipal de Información Al Consumidor Omic, <a href="http://www.omicvalladolid.es/">www.omicvalladolid.es</a></span></p>
<p style="text-align: justify;"><span style="color: #222222;">Unión de Consumidores de Castilla y León &#8211; UCE, <a href="http://www.uce-cyl.org">www.uce-cyl.org</a></span></p>
<p style="text-align: justify;">Dirección General de Comercio y Consumo. Consejería de Economía y Empleo, <a href="http://www.consumo.jcyl.es">www.consumo.jcyl.es</a></p>
<p style="text-align: justify;">Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, sección de consumo, Telf : 983/41 37 60</p>
<p style="text-align: justify;">Asoc. Regional Consumidores y Usuarios de Castilla y León, Telf 983/83 7278</p>
<p style="text-align: justify;">Unión de Consumidores de Valladolid, Telf 983/47 81 02</p>
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		<title>GRANDES CASAS DEL MUNDO : VERSAILLES I</title>
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		<pubDate>Tue, 06 May 2014 23:47:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[¿Dónde está Versailles? El Palacio de Versalles (en francés: Château de Versailles en traducción directa la mansión de Versailles) está situado en el municipio de Versalles en la región de  Île-de-France. La distancia a Versailles es : París 21 Km Madrid 1264 Km Londres 288 Km Roma 1449 Km Berlín 1078 Km Viena 1262 Km &#160;  ¿Cuándo se construyó? Aunque la el nacimiento del palacio esta vinculado a Luis XIV de Francia, su historia empieza un poco antes. En 1623 Luis XIII manda construir en una finca dedicada a la caza un pequeño castillo llamado «El castillo del hombre gentil». La construcción era bastante austera y los materiales fueron ladrillo, piedra y pizarra. El castillo tenían un diseño muy mediaval con fosas y pabellones. Posteriormente Luis XIII mando construir un pequeño palacio de un estilo más aburguesado y más cómodo, pensado para pasar periodos de tiempo más prolongados que una simple cacería. En 1634, las obras son terminadas y el Rey Luis XIII usa con más frecuencia las nuevas instalaciones. En 1643 Luis XIII muere y durante 18 años el palacete está sin uso. Recreación del palacio de Luis XIII. Fuente : http://www.cecilgoitia.com.ar El nuevo Rey, Luis XIV sube al trono siendo un niño pero la regencia del reino cae en su madre Ana de Austria e indirectamente en el cardenal Mazarino. Su infancia estuvo lleno de peligros y el nuevo Rey, a su mayoría de edad había desarrollado una profunda desconfianza sobre la nobleza francesa. Desarrollo una política de centralización del poder que le hizo ser llamado el «Rey Sol». Dentro de esta política, todos los signos de poder real fueron reforzados y uno de ellos forzosamente era la residencia real. Luis XIV probó como residencias reales el  Palacio Real de París, el Louvre, en las Tullerías,  Vincennes y en Saint-Germain-en-Layee incluso en Fontainebleau. En casi todos de ellos realizo importantes mejoras y reformas, pero ninguno acabo al gusto del monarca. En 1651, el Rey visita el palacete construido por su padre Luis XIII y le causa una honda impresión.  Se inicio un proceso de planificación de un palacio que debía reflejar la grandeza de Francia en la grandeza de su Rey. Todo estaba diseñado a un nivel de lujo y esplendor colosal y no había en toda Europa un palacio que pudiera rivalizar con Versailles. El periodo principal de construcción fue durante el reinado de Luis XIV añadiéndose otros elementos durante el reinado de Luis XV. Tradicionalmente se suelen distinguir tres fases de la construcción : Primera etapa (1661-1668) :  Se desarrolla alas laterales al palacete base formando un patio de armas.  Segunda etapa (1668-1678):  Se añaden dos grandes alas con tres pisos de altura.  Tercera etapa (1678-1692): Se añade la capilla real.  ¿Cómo es Versailles? Consta de varios elementos : Palacio principal, jardines, Gran Trianón, Pequeño Trianón y Dominio de María Antonieta. En este post, se va a tratar la parte principal del palacio, dejando para el siguiente otras estancias del palacio, jardines, Gran Trianón, pequeño Trianón y el Dominio de María Antonieta. Palacio Plano del palacio de Versailles. Fuente : http://www.lasalle.es/ Esquema de Versailles. Fuete : http://masarteaun.blogspot.com.es/ El edificio cuenta con dos alas casi simétricas y un punto de entrada natural sitiado en el Patio de Mármol. El estilo de construcción es lo que luego se denominaría Barroco francés donde se buscan las grandes líneas rectas y la simetría basada en ejes. El edificio se desarrolla  a lo largo de un eje longitudinal, con el patio de mármol en el centro. El edificio dispone de tres pisos, estando dedicada la segunda planta a los apartamentos de la familia real. [See image gallery at www.adrianosi.com] La pilastras evocando a la Grecia clásica, fueron de estilo jónico siendo las columnas de estilo francés (arquitecto Le Brun). Toda la fachada busca la simetría y para evitar la monotonía dispones de salientes y grandes ventanales. En total, el palacio dispones de 250 ventanas. La fachada tiene una decoración en sillares almohadillados, muy del gusto de la época, Patio de Marmol. Fuente : http://blog-francia.com/ La decoración de los salones trata de glorificar la figura del Rey equiparándole constantemente con el Sol. Destaca en el complejo los aposentos de Rey, compuestos por siente saloles en fila,  lujosamente decorados con nombres dioses y héroes griegos : Salón de Hércules : Debe su nombre a un gran pintura sobre su techo que representa la apoteosis (el paso de mortal a inmortal en mitología griega) de Hércules. La representación contiene 142 figuras y es considerada una obra maestra.  El tema de la obra es el triunfo de la virtud que eleva al hombre sobre sí mismo. La obra, del pintor François Lemoine, fue terminada en 1736 durante el reinado de Luis XV. Poco después de su finalización, el autor se suicido creando una leyenda negra sobre la obra. [See image gallery at www.adrianosi.com]  Salón de la abundancia : Es una sale menos impresionante que la anterior y servía como lugar de refrescos. En él se ofrecían, cuando la ocasión lo requería café, vinos y licores. [See image gallery at www.adrianosi.com] En ocasiones especiales, se disponía en la mesa una gran nave sin mástil, llamada Nave del Rey. Como parte del protocolo, los invitados, al pasar por delante, debían realizar un saludo. Salón de Venus : De todos los salones reales es el más Barroco en su diseño. Escultura, pintura y arquitectura están conjuntados para resaltar un aspecto clásico. El tema de la pintura del techo es la diosa Venus en su representación como diosa del amor. Junto ella aparecen héroes de la mitología griega con algunas referencias a hazañas de Luis XIV. En esta sala se instalaban mesas con frutas, mazapanes y fruta confitada. [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de Diana : La decoración del techo representa a la diosa Diana presidiendo la navegación y la caza. Los dovelajes tienen escenas de caza con héroes de la mitología Greco-Romana en clara alusión al gusto de Luis XIV por la caza.  El salón también servía durante las veladas nocturnas para realizar partidas de billar por lo que fue también llamada «la cámara de los aplausos» por los que eran recibidos por Luis XIV en sus partidas.   [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de Marte : Inspirada en el dios de la guerra, Marte está decorada con pinturas de Marte en su carruaje tirado por lobos. Con el tiempo, fue usada como cámara de música y baile por lo que era conocida como «la sala del baile». [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de Mercurio : Originalmente era la «cámara del lecho» aunque en invierno se instalaran mesas de juego. El techo representa al dios Mercurio en un carro tirado por dos gallos. [See image gallery at www.adrianosi.com] Fue en esta sala donde el duque de Anjou , fue proclamado Rey de España como Felipe V siendo el primer Rey de la dinastía Borbón en España. Salón de Apolo : Dedicado al dios Sol, en evidente paralelismo con el Rey Sol es la más fastuosa de todas.  Originalmente fue el dormitorio del Rey Luis XIV y posteriormente paso a convertirse en el salón del trono. Los techos están decorados con una evocación del dios Apolo en carro tirado por dos corceles blancos en juego visual que lo asemeja al sol. [See image gallery at www.adrianosi.com] En la cámara del Rey era la parte más intima del palacio donde el Rey dormía se rodeaba de los mas próximos. Consta de tres salones : Salón de Ojo de Buey : Era una enorme antecámara que hacia de sala de espera para la entrada en la cámara real. El salón era llamado así por el pequeño ojo de buey que había en una puerta, y a través del cual el chambelán de la corte miraba para ver quienes eran los que esperaban, y elaborar, según algún criterio, la lista de los admitidos en la Corte. El punto decorativo más importante es una pintura al estilo italiano de Jean Nocret qu representa al Rey y a la familia real. Luis XIV y la familia real. Fuente :  wikimedia.org Cámara del Rey : Fastuosamente decorada, en brocados de oro y placa sobre fondo carmesí. Sus ventanales apuntan hacia la salida del sol y tienen como vistas los estanques de Versailles. A su vez, los tres ventanales que daban ala sala de los espejos, fueron cegados para dar forma a la alcoba. Fue usada por Luis XIV y sucesores una vez dejo el uso del salón de Apolo que paso a ser la sala del trono. En esta sala tenían dos actos de extraordinario y rígido protocolo : el «despertar» y el «acostarse» del Rey. El protocolo marcaba quien podía estar presente, quien le podía ayudar con la ropa, etc&#8230; Es también en esta sala, donde Luis XIV muere el 1 de Septiembre de 1715 a los 77 años de edad. [See image gallery at www.adrianosi.com] Gabinete del Consejo : Seguida a la cámara del Rey y seguida al salón de los espejos. Originalmente era el gabinete del Rey, donde se reunía con sus ministros y contiguo el gabinete de Termas donde se reunía Luis XIV con su familia o íntimos después de cenar.  En 1755, bajo Luis XV la sala adquirió esta configuración. El uso definitivo fue la de reunión del Rey con su gabinete. [See image gallery at www.adrianosi.com] Fuera de los aposentos del Rey no encontramos con un conjunto espectacular de tres salas. Salón de la Guerra : Dedicado a las glorias de las armas de Francia en la figura del Rey Luis XIV. Las paredes están cubiertas con paneles de mármol decorado con seis trofeos y esculturas de bronce dorado. La pared tiene un bajo relieve que representa a Luis XIV a caballo pisoteando a sus enemigos. El techo, centrado en Francia armada, aparece rodeada de las Victorias. [See image gallery at www.adrianosi.com] Galería de los Espejos : era un lugar de paso, encuentro y espera para la corte y visitantes de Versailles. Diseñada para impresionar, sus 73 metros de largo son una composición continua a la gloria de Francia y la de su Rey como cabeza del estado. Las 30 composiciones de sus bóvedas son ilustran los éxistos de los 18 primeros años del reinado de Luix XIV. Los 357 espejos, adornan 17 arcadas situadas frente a las ventanas son el objeto principal de decoración. La razón de la elección de espejos es que en el siglo XVI, los espejos eran un objeto de lujo muy exclusivo y de difícil fabricación. El hecho de incluirlos en un número tan alto, demostraba la capacidad de manufactura de Francia (frente a la potencia en el tema de ese momento, Venecia) y su inmensa riqueza. Raramente la sala se uso para actos protocolarios en su historia, pero cuando se hizo, se dispuso de modo que abrumara e impresionara a su visitante. Éste fue el caso las recepciones de los embajadores de Siam, Imperio Otomano o Persia los cuales tuvieron que atravesar toda la sala, bajo la atenta mirada de la corte, con el trono real situado en el un extremo junto a la sala de la Paz. Ocasionalmente también fue usada como sala para algún juego o baile de disfraces. En 1870, fue en esta sala donde el Alemania proclamo, después de su victoria sobre la guerra Franco-Prusiana el nacimiento del Imperio Alemán. En 1919 se firmo la Paz de Versailles en esta sala, donde Alemania firmaba la rendición y aceptaba las condiciones de los aliados de la Entente y se ponía fin a la Primera Guerra Mundial. En la actualidad, los Presidentes de la República, la usan en algunos actos protocolarios de recepción de altos dignatarios extranjeros. [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de la Paz : Simétrico al salón de la guerra y con una decoración similar. El tema de la pintura del techo, es la ventaja que obtenía Europa de tener paz con Francia. La sala se uso como sala de conciertos y en su última época, bajo María Antonienta se uso como sala de juego. [See image gallery at www.adrianosi.com] Los aposentos de la Reina, eran simétricos al los del Rey. Sufrieron grandes modificaciones a lo largo de su historia. Cámara de la Reina : Es es la principal estancia de la Reina y por tanto la más utilizada. Usada habitualmente por la pareja real como dormitorio conyugal, estaba sometida a un estricto protocolo. La Reina, recibía en ella durante y después del aseo. Ese momento, fuertemente protocolarizado (equivalente al del Rey) era realizado todas las mañanas y su etiqueta se respeto escrupulosamente por todas las Reinas de Francia. En esta cámara también, hubo 19 partos  los cuales era públicos. [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de los Nobles : Era la cámara donde la Reina celebraba sus audiencias más protocolarias. Pero también, sobretodo en tiempos de María Antonieta se uso para sus reuniones con círculo íntimo. [See image gallery at www.adrianosi.com] Antecámara del Gran Cubierto : Es el lugar donde los Reyes comían, lo cual en Versailles era un acto público para la corte. Como otros muchos actos cotidianos, en Versailles estaba dotado de un rígido protocolo. Sólo la familia real podía sentarse a la mesa y enfrente de ella, sólo muy alta nobleza tenía el privilegio de permanecer sentada en taburetes. El resto de la corte, contemplaba a la familia real comer de pie siendo considerado todo un privilegio, el mero hecho de estar allí. En tiempos de María Antonieta se habilito una zona para músicos para amenizar. [See image gallery at www.adrianosi.com] Salón de los Guardias : En esta sala había doce guardias de elite que velaban por la seguridad de la Reina. En Versailles, solo el Rey, la Reina y el delfín (príncipe heredero) podían tener una guardia personal. [See image gallery at www.adrianosi.com] Sala de la Coronación : Esta sala es de las más apartadas en cuanto al diseño original de Luix XIV. Está dedicada a Napoleón I, en el periodo ya post revolucionario. Decorada con tres grandes pinturas : Batalla de Aboukir 1799 , la coronación de Napoleón y el reparto de las águilas. [See image gallery at www.adrianosi.com] ¿Qué Reyes vivieron en Versailles? Luis XIV , Luis XV y Luis XVI. ¿Cuánta gente llego a tener Versailles a su servicio? En su momento mas brillante (hacia 1680) llego a tener 20 000 sirvientes.  Escenas de película y series de Versailles Escena de María Antonieta de Sofía Copola Serie John Adams Continua en : http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="yass_top_edge_dummy" style="width: 1px; height: 1px; padding: 0px; margin: -11px 0px 0px; border-width: 0px; display: block;"></div>
<div id="yass_top_edge" style="background-image: url('chrome://yass/content/edgebgtop.png'); background-attachment: scroll; background-position: center bottom; padding: 0px; margin: 0px 0px 10px -431px; border-width: 0px; height: 0px; display: block; width: 1px;"></div>
<p><strong>¿Dónde está Versailles?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">El <b>Palacio de Versalles</b> (en francés: <b>Château de Versailles en tra</b><b>ducción directa </b><b>la</b> mansión de Versailles) está situado en el municipio de Versalles en la región de <span style="color: #252525;"> </span>Île-de-France.</p>
<p>La distancia a Versailles es :</p>
<table style="width: 373px; height: 282px;" border="1">
<tbody>
<tr>
<td>París</td>
<td>21 Km</td>
</tr>
<tr>
<td>Madrid</td>
<td>1264 Km</td>
</tr>
<tr>
<td>Londres</td>
<td>288 Km</td>
</tr>
<tr>
<td>Roma</td>
<td>1449 Km</td>
</tr>
<tr>
<td>Berlín</td>
<td>1078 Km</td>
</tr>
<tr>
<td>Viena</td>
<td>1262 Km</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p><a class="shutterset_ broken_link" title="mapa_versailles" href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/mapa_versailles.jpg" id="1" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/mapa_versailles.jpg" thumbnail="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/thumbs/thumbs_mapa_versailles.jpg" description=" "><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/mapa_versailles.jpg" alt="mapa_versailles" /></a></p>
<p style="text-align: justify;"><strong> ¿Cuándo se construyó?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Aunque la el nacimiento del palacio esta vinculado a Luis XIV de Francia, su historia empieza un poco antes. En 1623 Luis XIII manda construir en una finca dedicada a la caza un pequeño castillo llamado «El castillo del hombre gentil». La construcción era bastante austera y los materiales fueron ladrillo, piedra y pizarra. El castillo tenían un diseño muy mediaval con fosas y pabellones. Posteriormente Luis XIII mando construir un pequeño palacio de un estilo más aburguesado y más cómodo, pensado para pasar periodos de tiempo más prolongados que una simple cacería. En 1634, las obras son terminadas y el Rey Luis XIII usa con más frecuencia las nuevas instalaciones. En 1643 Luis XIII muere y durante 18 años el palacete está sin uso.</p>
<p style="text-align: justify;"><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/Castillo-Versailles_luis_xiii.jpg" alt="Castillo-Versailles_luis_xiii" /></p>
<p style="text-align: justify;">Recreación del palacio de Luis XIII. Fuente : http://www.cecilgoitia.com.ar</p>
<p style="text-align: justify;">El nuevo Rey, Luis XIV sube al trono siendo un niño pero la regencia del reino cae en su madre Ana de Austria e indirectamente en el cardenal Mazarino. Su infancia estuvo lleno de peligros y el nuevo Rey, a su mayoría de edad había desarrollado una profunda desconfianza sobre la nobleza francesa. Desarrollo una política de centralización del poder que le hizo ser llamado el «Rey Sol». Dentro de esta política, todos los signos de poder real fueron reforzados y uno de ellos forzosamente era la residencia real.</p>
<p style="text-align: justify;">Luis XIV probó como residencias reales el  Palacio Real de París<span style="color: #252525;">, el </span>Louvre<span style="color: #252525;">, en las </span>Tullerías, <span style="color: #252525;"> </span>Vincennes<span style="color: #252525;"> y en </span>Saint-Germain-en-Layee incluso <span style="color: #252525;">en </span>Fontainebleau. En casi todos de ellos realizo importantes mejoras y reformas, pero ninguno acabo al gusto del monarca. En 1651, el Rey visita el palacete construido por su padre Luis XIII y le causa una honda impresión.  Se inicio un proceso de planificación de un palacio que debía reflejar la grandeza de Francia en la grandeza de su Rey. Todo estaba diseñado a un nivel de lujo y esplendor colosal y no había en toda Europa un palacio que pudiera rivalizar con Versailles.</p>
<p style="text-align: justify;">El periodo principal de construcción fue durante el reinado de Luis XIV añadiéndose otros elementos durante el reinado de Luis XV.</p>
<p style="text-align: justify;">Tradicionalmente se suelen distinguir tres fases de la construcción :</p>
<p><b style="color: #252525;">Primera etapa (1661-1668) :  Se desarrolla alas laterales al palacete base formando un patio de armas. </b></p>
<p><b style="color: #252525;">Segunda etapa (1668-1678)</b><span style="color: #252525;">:  Se añaden dos grandes alas con tres pisos de altura. </span></p>
<p><b style="color: #252525;">Tercera etapa (1678-1692)</b><span style="color: #252525;">: Se añade la capilla real. </span></p>
<p><strong>¿Cómo es Versailles?</strong></p>
<p>Consta de varios elementos :</p>
<p>Palacio principal, jardines, Gran Trianón, Pequeño Trianón y Dominio de María Antonieta.</p>
<p>En este post, se va a tratar la parte principal del palacio, dejando para el siguiente otras estancias del palacio, jardines, Gran Trianón, pequeño Trianón y el Dominio de María Antonieta.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;">Palacio</span></p>
<p><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/versalles_plano.jpg" alt="versalles_plano" /></p>
<p>Plano del palacio de Versailles. Fuente : <a href="http://www.lasalle.es/">http://www.lasalle.es/</a></p>
<p><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/esquema_versalles.jpg" alt="esquema_versalles" /></p>
<p>Esquema de Versailles. Fuete : <a href="http://masarteaun.blogspot.com.es/">http://masarteaun.blogspot.com.es/</a></p>
<p style="text-align: justify;">El edificio cuenta con dos alas casi simétricas y un punto de entrada natural sitiado en el Patio de Mármol. El estilo de construcción es lo que luego se denominaría Barroco francés donde se buscan las grandes líneas rectas y la simetría basada en ejes. El edificio se desarrolla  a lo largo de un eje longitudinal, con el patio de mármol en el centro. El edificio dispone de tres pisos, estando dedicada la segunda planta a los apartamentos de la familia real.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">La pilastras evocando a la Grecia clásica, fueron de estilo jónico siendo las columnas de estilo francés (arquitecto Le Brun). Toda la fachada busca la simetría y para evitar la monotonía dispones de salientes y grandes ventanales. En total, el palacio dispones de 250 ventanas. La fachada tiene una decoración en sillares almohadillados, muy del gusto de la época,</p>
<p><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/palacio-versalles-paris-patio_marmol.png" alt="palacio-versalles-paris-patio_marmol" width="389" height="263" /></p>
<p>Patio de Marmol. Fuente :<a href="http://blog-francia.com/"> http://blog-francia.com/</a></p>
<p><a href="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/05/versalles-mapa-750px.jpg" class="broken_link"><img class="aligncenter size-full wp-image-1142" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/05/versalles-mapa-750px.jpg" alt="versalles-mapa-750px" width="750" height="519" srcset="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/05/versalles-mapa-750px.jpg 750w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/05/versalles-mapa-750px-300x207.jpg 300w, http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/uploads/2014/05/versalles-mapa-750px-600x415.jpg 600w" sizes="(max-width: 750px) 100vw, 750px" /></a></p>
<p style="text-align: justify;">La decoración de los salones trata de glorificar la figura del Rey equiparándole constantemente con el Sol. Destaca en el complejo los aposentos de Rey, compuestos por siente saloles en fila,  lujosamente decorados con nombres dioses y héroes griegos :</p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Hércules : Debe su nombre a un gran pintura sobre su techo que representa la apoteosis (el paso de mortal a inmortal en mitología griega) de Hércules. La representación contiene 142 figuras y es considerada una obra maestra.  El tema de la obra es el triunfo de la virtud que eleva al hombre sobre sí mismo.</p>
<p style="text-align: justify;">La obra, del pintor François Lemoine, fue terminada en 1736 durante el reinado de Luis XV. Poco después de su finalización, el autor se suicido creando una leyenda negra sobre la obra.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;"> Salón de la abundancia : Es una sale menos impresionante que la anterior y servía como lugar de refrescos. En él se ofrecían, cuando la ocasión lo requería café, vinos y licores.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">En ocasiones especiales, se disponía en la mesa una gran nave sin mástil, llamada Nave del Rey. Como parte del protocolo, los invitados, al pasar por delante, debían realizar un saludo.</p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Venus : De todos los salones reales es el más Barroco en su diseño. Escultura, pintura y arquitectura están conjuntados para resaltar un aspecto clásico. El tema de la pintura del techo es la diosa Venus en su representación como diosa del amor. Junto ella aparecen héroes de la mitología griega con algunas referencias a hazañas de Luis XIV. En esta sala se instalaban mesas con frutas, mazapanes y fruta confitada.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Diana : La decoración del techo representa a la diosa Diana presidiendo la navegación y la caza. Los dovelajes tienen escenas de caza con héroes de la mitología Greco-Romana en clara alusión al gusto de Luis XIV por la caza.  El salón también servía durante las veladas nocturnas para realizar partidas de billar por lo que fue también llamada «la cámara de los aplausos» por los que eran recibidos por Luis XIV en sus partidas.</p>
<p>  [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Marte : Inspirada en el dios de la guerra, Marte está decorada con pinturas de Marte en su carruaje tirado por lobos. Con el tiempo, fue usada como cámara de música y baile por lo que era conocida como «la sala del baile».</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Mercurio : Originalmente era la «cámara del lecho» aunque en invierno se instalaran mesas de juego. El techo representa al dios Mercurio en un carro tirado por dos gallos.</p>
<p style="text-align: justify;"> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Fue en esta sala donde el duque de Anjou , fue proclamado Rey de España como Felipe V siendo el primer Rey de la dinastía Borbón en España.</p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Apolo : Dedicado al dios Sol, en evidente paralelismo con el Rey Sol es la más fastuosa de todas.  Originalmente fue el dormitorio del Rey Luis XIV y posteriormente paso a convertirse en el salón del trono. Los techos están decorados con una evocación del dios Apolo en carro tirado por dos corceles blancos en juego visual que lo asemeja al sol.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p>En la cámara del Rey era la parte más intima del palacio donde el Rey dormía se rodeaba de los mas próximos. Consta de tres salones :</p>
<p style="text-align: justify;">Salón de Ojo de Buey : Era una enorme antecámara que hacia de sala de espera para la entrada en la cámara real. El salón era llamado así<span style="color: #252525;"> por el pequeño ojo de buey que había en una puerta, y a través del cual el chambelán de la corte miraba para ver quienes eran los que esperaban, y elaborar, según algún criterio, la lista de los admitidos en la Corte. El punto decorativo más importante es una pintura al estilo italiano de Jean Nocret qu representa al Rey y a la familia real.</span></p>
<p><img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.adrianosi.com/blog/wp-content/gallery/versalles/sala_ojo_de_buey.jpg" alt="sala_ojo_de_buey" /></p>
<p>Luis XIV y la familia real. Fuente :  <a href="http://www.wikimedia.org">wikimedia.org</a></p>
<p style="text-align: justify;">Cámara del Rey : Fastuosamente decorada, en brocados de oro y placa sobre fondo carmesí. Sus ventanales apuntan hacia la salida del sol y tienen como vistas los estanques de Versailles. A su vez, los tres ventanales que daban ala sala de los espejos, fueron cegados para dar forma a la alcoba. Fue usada por Luis XIV y sucesores una vez dejo el uso del salón de Apolo que paso a ser la sala del trono. En esta sala tenían dos actos de extraordinario y rígido protocolo : el «despertar» y el «acostarse» del Rey. El protocolo marcaba quien podía estar presente, quien le podía ayudar con la ropa, etc&#8230; Es también en esta sala, donde Luis XIV muere el 1 de Septiembre de 1715 a los 77 años de edad.</p>
<div> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </div>
<p style="text-align: justify;">Gabinete del Consejo : Seguida a la cámara del Rey y seguida al salón de los espejos. Originalmente era el gabinete del Rey, donde se reunía con sus ministros y contiguo el gabinete de Termas donde se reunía Luis XIV con su familia o íntimos después de cenar.  En 1755, bajo Luis XV la sala adquirió esta configuración. El uso definitivo fue la de reunión del Rey con su gabinete.</p>
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<p style="text-align: justify;">Fuera de los aposentos del Rey no encontramos con un conjunto espectacular de tres salas.</p>
<p style="text-align: justify;">Salón de la Guerra : Dedicado a las glorias de las armas de Francia en la figura del Rey Luis XIV. Las paredes están cubiertas con paneles de mármol decorado con seis trofeos y esculturas de bronce dorado. La pared tiene un bajo relieve que representa a Luis XIV a caballo pisoteando a sus enemigos. El techo, centrado en Francia armada, aparece rodeada de las Victorias.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Galería de los Espejos : era un lugar de paso, encuentro y espera para la corte y visitantes de Versailles. Diseñada para impresionar, sus 73 metros de largo son una composición continua a la gloria de Francia y la de su Rey como cabeza del estado. Las 30 composiciones de sus bóvedas son ilustran los éxistos de los 18 primeros años del reinado de Luix XIV. Los 357 espejos, adornan 17 arcadas situadas frente a las ventanas son el objeto principal de decoración. La razón de la elección de espejos es que en el siglo XVI, los espejos eran un objeto de lujo muy exclusivo y de difícil fabricación. El hecho de incluirlos en un número tan alto, demostraba la capacidad de manufactura de Francia (frente a la potencia en el tema de ese momento, Venecia) y su inmensa riqueza. Raramente la sala se uso para actos protocolarios en su historia, pero cuando se hizo, se dispuso de modo que abrumara e impresionara a su visitante. Éste fue el caso las recepciones de los embajadores de Siam, Imperio Otomano o Persia los cuales tuvieron que atravesar toda la sala, bajo la atenta mirada de la corte, con el trono real situado en el un extremo junto a la sala de la Paz. Ocasionalmente también fue usada como sala para algún juego o baile de disfraces.</p>
<p>En 1870, fue en esta sala donde el Alemania proclamo, después de su victoria sobre la guerra Franco-Prusiana el nacimiento del Imperio Alemán.</p>
<p>En 1919 se firmo la Paz de Versailles en esta sala, donde Alemania firmaba la rendición y aceptaba las condiciones de los aliados de la Entente y se ponía fin a la Primera Guerra Mundial.</p>
<p>En la actualidad, los Presidentes de la República, la usan en algunos actos protocolarios de recepción de altos dignatarios extranjeros.</p>
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<p style="text-align: justify;">Salón de la Paz : Simétrico al salón de la guerra y con una decoración similar. El tema de la pintura del techo, es la ventaja que obtenía Europa de tener paz con Francia. La sala se uso como sala de conciertos y en su última época, bajo María Antonienta se uso como sala de juego.</p>
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<p>Los aposentos de la Reina, eran simétricos al los del Rey. Sufrieron grandes modificaciones a lo largo de su historia.</p>
<p style="text-align: justify;">Cámara de la Reina : Es es la principal estancia de la Reina y por tanto la más utilizada. Usada habitualmente por la pareja real como dormitorio conyugal, estaba sometida a un estricto protocolo. La Reina, recibía en ella durante y después del aseo. Ese momento, fuertemente protocolarizado (equivalente al del Rey) era realizado todas las mañanas y su etiqueta se respeto escrupulosamente por todas las Reinas de Francia. En esta cámara también, hubo 19 partos  los cuales era públicos.</p>
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<p style="text-align: justify;">Salón de los Nobles : Era la cámara donde la Reina celebraba sus audiencias más protocolarias. Pero también, sobretodo en tiempos de María Antonieta se uso para sus reuniones con círculo íntimo.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Antecámara del Gran Cubierto : Es el lugar donde los Reyes comían, lo cual en Versailles era un acto público para la corte. Como otros muchos actos cotidianos, en Versailles estaba dotado de un rígido protocolo. Sólo la familia real podía sentarse a la mesa y enfrente de ella, sólo muy alta nobleza tenía el privilegio de permanecer sentada en taburetes. El resto de la corte, contemplaba a la familia real comer de pie siendo considerado todo un privilegio, el mero hecho de estar allí. En tiempos de María Antonieta se habilito una zona para músicos para amenizar.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Salón de los Guardias : En esta sala había doce guardias de elite que velaban por la seguridad de la Reina. En Versailles, solo el Rey, la Reina y el delfín (príncipe heredero) podían tener una guardia personal.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p style="text-align: justify;">Sala de la Coronación : Esta sala es de las más apartadas en cuanto al diseño original de Luix XIV. Está dedicada a Napoleón I, en el periodo ya post revolucionario. Decorada con tres grandes pinturas : Batalla de Aboukir 1799 , la coronación de Napoleón y el reparto de las águilas.</p>
<p> [<a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-i/">See image gallery at www.adrianosi.com</a>] </p>
<p><strong>¿Qué Reyes vivieron en Versailles?<br />
</strong></p>
<p>Luis XIV , Luis XV y Luis XVI.</p>
<p><strong>¿Cuánta gente llego a tener Versailles a su servicio?</strong></p>
<p>En su momento mas brillante (hacia 1680) llego a tener 20 000 sirvientes.</p>
<p><strong> Escenas de película y series de Versailles</strong></p>
<p>Escena de María Antonieta de Sofía Copola</p>
<p><iframe src="//www.youtube.com/embed/EuTIGI9BGsc" width="425" height="350"></iframe></p>
<p>Serie John Adams</p>
<p><iframe src="//www.youtube.com/embed/s2Ng0JkQe5c" width="425" height="350"></iframe></p>
<p>Continua en : <a href="http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/grandes-casas-del-mundo-versailles-ii/</a></p>
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		<title>FELICES FIESTAS!!!</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Dec 2013 18:30:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[OS DESEAMOS : ¡FELICES FIESTAS! Y QUE 2014 VENGA CARGADO DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS. Adriano Servicios Inmobiliarios]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="yass_top_edge_dummy" style="width: 1px; height: 1px; padding: 0px; margin: -11px 0px 0px; border-width: 0px; display: block;"></div>
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<p style="text-align: center;"><img class="alignleft" alt="" src="http://t2.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcRVEiZud92uNwZAJwMZ0sFJ0OHMLyxVlgTUpSIlXXThmRclIf5d_w" width="280" height="323" name="gráficos1" align="LEFT" border="0" /></p>
<p style="text-align: center;" align="JUSTIFY"><span style="font-family: URW Chancery L;"><b><span style="font-size: small;">OS DESEAMOS : </span></b></span></p>
<p style="text-align: center;" align="JUSTIFY"><span style="font-family: URW Chancery L; font-size: x-large;"> ¡FELICES FIESTAS! </span></p>
<p style="text-align: center;" align="JUSTIFY"><span style="font-family: URW Chancery L;"><span style="font-size: large;">Y QUE 2014 VENGA CARGADO DE SALUD, PAZ Y FELICIDAD PARA TODOS.</span></span></p>
<p style="text-align: center;">Adriano Servicios Inmobiliarios</p>
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		<title>ALQUILERES EN EL MUNDO</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Dec 2013 15:53:16 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Tabla comparativa :   España Francia Alemania USA Precio medio en capital y otras Capital Madrid 12€/m2, Barcelona 12 €/m2, Valencia 8 €/m2, Bilbao 10 €/m2, Sevilla 7€/m2 Capital París 20 €/m2 Lyon 13 €/m2, Toulouse 20 €/m2 Capital : Berlín 12 €/m2 Hamburgo 12 €/m2 Dusseldorf 13 €/m2 Munich 16 €/m2 Capital : Washington 10 €/m2 Boston 10 €/m2 New York 15€ /m2 Miami 8 €/m2 Dallas 7 €/m2 Los Ángeles 13 €/m2 Ley por la que se regula Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013 Codigo Cívil de Francia (art. 1708-1751) Ley de Alquiler/Arriendo Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea. http://www.espanol.hud.gov/localoffices.cfm Precio Agencia 1 mes 1 mes 2,38 meses Muy variable según estados, 1-6 meses Fianza 1 mes 0 mes 0 meses 0 (en general) Deposito 0-3 meses 2 meses 2-3 meses (cuenta bancaria conjunta, no va a propietario estrictamente) 1-6 meses (en general) Doc. que se pide Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), DNI o pasaporte, Documento identidad o pasaporte o documento de residencia, documento que acredite ingresos, ultima declaración impuestos, documento de cuenta bancaria 3 últimas nóminas, contrato de trabajo, Selbstauskunft (documento donde se pone nombre, si tienes deudas, cuanto ganas&#8230;), fotocopia del pasaporte o documento identidad, Schufa (declaración de libre de deudas). Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito. Limite aceptable sin aval 35-40% ingresos sobre renta neta 33% ingresos sobre renta neta 33% ingresos sobre renta neta 40% ingresos sobre renta neta Gastos comunitarios e impuestos No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Seguro de la vivienda corre a cargo del inquilino, el resto no afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Pueden existir gastos como basuras, limpieza de calle,&#8230; En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Gastos suministros No incluidos en renta por regla general. No incluidos en renta por regla general. No incluidos por regla general. No incluidos en renta por regla general. Duración contratos 1 año de modo natural prorrogable hasta 3. 1 año (aunque lo habitual son periodos de 3 años) 1 año Variable. Abandono de vivienda antes de plazo A partir de los 6 meses con un mes de preaviso. Aviso antes de tres meses de abandono, por escrito al propietario. Puede estipularse penalización en contrato. Suele ser un periodo de preaviso de 3 meses. Puede estipularse penalización. En general al menos 2 meses de preaviso por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones. Donde se registra contrato Cámaras de la propiedad de cada provincia &#8211; &#8211; Variable. Impuestos de fomalización 30 € aprox. por el registro de contrato en la cámara de la propiedad. &#8211; &#8211; Variable por estado. Inventario Empieza a ser común Siempre Siempre En general común. Prudencias Alquileres en negro o clausulas leoninas. También dificultades en devolución de fianzas (cada vez ocurre menos al ser depositadas en organismo autonómico) Mirar con detenimiento el documento del inventario por ser fuente de conflictos. En la devolución del deposito el propietario deberá justificar con facturas si se le resta algo al inquilino por daños en la vivienda. Es habitual tener un acuerdo de redecoración. Suele permitirse una vez en la vida del contrato. Pueden existir normas de la casa (Hausordnung). Es habitual que existan gastos añadidos a la renta como costes recogidas basuras, limpieza de nieve&#8230; El incremento anual del alquiler no tiene porque ir vinculado al IPC. Ofertas falsas con propósito de estada, a veces calidades pésimas en la viviendas o vicios ocultos, claúsulas leoninas&#8230; Precauciones   Para hacer copia de la llave hay que pedir permiso al propietario. Si no existe encargado, es obligación (legal) de los residentes de la calle mantener limpia de nieve las entradas al edificio y aledaños. El primer día propietario e inquilino revisan la casa en conjunto y se toma nota de los desperfectos. Lo que no conste se restará de deposito. Cuidado con los horarios de ruidos, porque pueden causar desahucio. Dado que la regulación es muchas veces más débil que en Europa, leer detenidamente el contrato lo que dice y lo que NO dice. No dar nada por supuesto. Portales de referencia www.idealista.com, www.enalquiler.com, www.fotocasa.es www.pap.fr, www.seloger.com, www.sergic.com http://www.wg-gesucht.de/ http://www.studenten-wg.de/ www.rent.net www.apartmentguide.com www.rentcheck.com En caso de estafa o problema Denuncia en comisaría de policía. Denuncia en comisaría de policía. Denuncia en comisaría de policía. Existen asociaciones de inquilinos que prestan ayuda legal. Denuncia en comisaría de policía. Inflacción del país 1-2% 1-2% 1-2% 2-3% Renta per cápita 22300 € (2012) 31.100€ (2012) 32.600€ (2012) 40.200€ (2012) Localizción y teléfono embajada &#8211; 22, Avenue Marceau.- 75008 Paris , Teléfono: 01 44 43 18 00 (desde España: +33 1 44 43 18 00), número de emergencia: 06 15 93 87 01 (desde España 00 33 615 93 87 01). Lichtensteinallee 1, 10787 Berlin, Alemania +49 30 2540070 2375 Pennsylvania Ave NW, Washington, DC 20037, telf (202) 452-0100     Irlanda Gran Bretaña Italia Precio medio en capital y otras Capital : Dublin 18 €/m2 cork 13 €/m2 Capital : Londres 18 €/m2 Edimburgo 10 €/m2 Manchester 11 €/m2 Belfast 14 €/m2 Capital : Roma 13 €/mes Bolonia 12 €/mes Turín 9€/mes Napoles 9€/mes Ley por la que se regula Ley de alquiler de vivienda de 1993 Law of Property Actde 1925 y laCommonhold andLeasehold Reform Act2002. Ley de reforma (L.431/1998) Precio Agencia 1 mes o % alquiler mes durante duración contrato. Algunas veces cobras cuota de inscripción 2 meses y por solicitud de vivienda, hasta 300 € 1-1.5 meses Fianza 0 meses 0 meses 0 Deposito 1-2 meses 6 meses 1-3 meses Doc. que se pide Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), documento identidad o pasaporte, documento de referencias de tu trabajo o de propietario anterior Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), documento identidad o pasaporte, documento de referencias de tu trabajo o de propietario anterior Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. Limite aceptable sin aval 33% ingresos sobre renta neta 40% ingresos sobre renta neta 35% ingresos sobre renta neta Gastos comunitarios e impuestos No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Tasa de TV (13 €/mes) y City Council (varía hasta 120 €/mes) van a cargo del inquilino el resto no afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato. No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Gastos suministros No incluidos por regla general. No incluidos por regla general. No incluidos por regla general. Duración contratos 9 meses -1 año 1 año 4 años de modo natural, pero es posible fijar otros periodos. Lo natural una año. Abandono de vivienda antes de plazo Aviso (notice) con un mes de adelanto. Es habitual perder el deposito por ruptura de contrato. Aviso (notice) con un mes de adelanto. Es habitual perder parte del deposito por ruptura de contrato. Por ley 6 meses antes, de facto 3 meses. Donde se registra contrato &#8211; &#8211; Registros de propiedad Impuestos de fomalización &#8211; &#8211; 2% del valor de renta anual. A pagar a medias entre propietario e inquilino Inventario Siempre Siempre Optativo Prudencias Ser muy puntilloso con el inventario porque es habitual dificultades de cobro de deposito escudado en carencias del inventario o desperfectos que ya existían. Existen muchas ofertas falsas con propósito de estafa (todas piden dinero antes de ver la casa o de entregar las llaves). Alquileres en negro. Precauciones Si no se especifica en el contrato, el propietario podrá subir la renta lo que le plazca. Comprobar bien el transporte y los tiempos de viajes en ciudad. Preguntarlo todo, no dar nada por supuesto (ejemplo se puede enseñar con muebles y luego no alquilarlo con ellos). Si no se especifica en el contrato, el propietario podrá subir la renta lo que le plazca. Revisar a fondo la vivienda en busca de desperfectos. Suele ser motivo de conflicto habitual su reparación. Portales de referencia www.daft.ie www.loot.com www.casa.it www.immobiliare.it www.idealista.it En caso de estafa o problema Denuncia en comisaría de policía. Denuncia en comisaría de policía. Denuncia en comisaría de policía. Inflacción del país 1-2% 2-3% 1-2% Renta per cápita 35.700€ (2012) 30.500€ (2012) 25.700€ (2012) Localizción y teléfono embajada 17 A, Merlyn Park Ballsbridge Dublin 4 Irlanda local: (01) 269.1640 internacional: +353.1.269.1640 39, Chesham Place.-London SW1X 8SB telf 7235 55 55 Palacio Borghese, Largo Fontanella di Borghese, 19.-00186 Roma, telf ( 00 39 ) 06 684 04 01     Canadá China Australia Precio medio en capital y otras Capital : Ottawa 12 €/m2 Montreal 11 €/m2 Vancouver 15 €/m2 Toronto 14 €/m2 Capital : Pekin 10 €/m2 Shanghai 10 €/m2 Capital : Canberra 9 €/m2 Sydney 10 €/m2 Melbourne 15 €/m2 Ley por la que se regula Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea. &#8211; Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea. Precio Agencia Variable según estados, 1-4 meses 1 mes 1-2 meses Fianza 0 (en general) 0 meses 1 mes Deposito 1-3 meses (en general) 3 mses de alquiler por adelantado + 1 mes de deposito 0-6 meses (rentas anticipadas) Doc. que se pide Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito. Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito. Limite aceptable sin aval 35% ingresos sobre renta neta &#8211; 33% sobre renta neta Gastos comunitarios e impuestos En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato Gastos suministros No incluidos en renta por regla general. No incluidos en renta por regla general. No incluidos en renta por regla general. Duración contratos Variable. (pueden ser incluso de mes a mes) 1 año 1 año Abandono de vivienda antes de plazo De 1 a 3 meses de preaviso según estados, por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones. 1 mes de preaviso, por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones. 1 mes de preaviso y suele implicar perdida de fianza. Donde se registra contrato Variable. &#8211; Rental Bond Board Impuestos de fomalización Variable por estado (en general ninguno) &#8211; Hay un cargo pequeño de una tasa administrativa que se abona por parte del proprietario y por el arrendador en cada oficina del Rental Bond Board. Inventario Casi siempre. Muy recomendable. Siempre Prudencias El día de la mudanza, inspeccionar la casa o el apartamento minuciosamente ; tome notas o foto de cualquier daño que encuentre,tales como manchas de humedades, agujeros en la alfombra o en las puertas. Haga que su arrendador firme la lista de los daños encontrados y guarde una copia de la misma   Existen muchas ofertas falsas con propósito de estafa (todas piden dinero antes de ver la casa o de entregar las llaves). Inspeccionar la casa con atención porque suele tener desperfectos ocultos. Los estándares de calidad no se parecen a los europeos. Las agencias no son de fiar en muchos casos, no dar dinero por adelantado y pedir recibo de todo. No pagar nada hasta haber revisado todo. en China es obligatorio registrar tu dirección en la oficina de policía más próxima. Ser muy puntilloso con el inventario porque es habitual dificultades de cobro de deposito escudado en carencias del inventario o desperfectos que ya existían. Precauciones Dependiendo de los estados, el incremento de la renta no tiene por que se en la anualidad del contrato. Revise cuidadosamente el criterio y fecha de incremento. Regatear con el propietario. El precio es negociable en casi todos los casos (1-10%). Leer el contrato traducido, a los extranjeros se les tiende a poner peores condiciones de alquiler. Cuando hay acuerdo hay que pagar, en general en metálico la 3 meses de alquiler por adelantado mas uno de deposito, tener el dinero a mano. Cuando se elige un piso hay que depositar una cantidad para reserva (no se pierde), entorno a 100 €. &#8211; Portales de referencia http://housing.justlanded.com/es/Canada www.58.com, www.Soufun.com www.Lebiao.com http://www.rs.realestate.com.au/share http://www.domain.com.au/?mode=share http://www.flatmatefinders.com.au/flatmates-housemates-house-share-accommodation En caso de estafa o problema Denuncia en comisaría de policía. Denuncia en comisaría de policía. Muy conveniente pedir ayuda al consulado sobre el sistema legal chino. Denuncia en comisaría de policía. o incidencia en Rental Bond Board Inflacción del país 2-3% 2-4% 2-3% Renta per cápita 40.662€ (2012) 4.720€ (2012) 52.842€ (2012) Localizción y teléfono embajada 74 Stanley Avenue.- Ottawa (Ontario), K1M 1P4. telf (613) 747-2252, 747-7293, 747-1143 y 747-6181. Chaoyang Qu, Sanlitun Lu, 9 100600 Pekín, telf (+86 10) 6532 3629 15, Arkana St. Yarralumla. ACT 2600.    ]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<div id="yass_top_edge_dummy" style="width: 1px; height: 1px; padding: 0px; margin: -11px 0px 0px; border-width: 0px; display: block;"></div>
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<p style="margin-top: 0px;"><strong>Tabla comparativa :</strong></p>
<table style="width: 90%;" border="1">
<tbody>
<tr style="background-color: #000099;">
<td style="text-align: justify;"><strong><span style="font-size: 10px; color: #ffffff;"> </span></strong></td>
<td style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;"> España</span></strong></td>
<td style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Francia</span></strong></td>
<td style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Alemania</span></strong></td>
<td style="text-align: justify;"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">USA</span></strong></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio medio en capital y otras</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital Madrid 12€/m2, Barcelona 12 €/m2, Valencia 8 €/m2, Bilbao 10 €/m2, Sevilla 7€/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital París 20 €/m2 Lyon 13 €/m2, Toulouse 20 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Berlín 12 €/m2 Hamburgo 12 €/m2 Dusseldorf 13 €/m2 Munich 16 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Washington 10 €/m2 Boston 10 €/m2 New York 15€ /m2 Miami 8 €/m2 Dallas 7 €/m2 Los Ángeles 13 €/m2</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Ley por la que se regula</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ley de Arrendamientos Urbanos de 2013</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Codigo Cívil de Francia (art. 1708-1751)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ley de Alquiler/Arriendo</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea. http://www.espanol.hud.gov/localoffices.cfm<br />
</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio Agencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2,38 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Muy variable según estados, 1-6 meses</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Fianza</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 mes</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 (en general)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Deposito</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0-3 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-3 meses (cuenta bancaria conjunta, no va a propietario estrictamente)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-6 meses (en general)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Doc. que se pide</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), DNI o pasaporte,</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento identidad o pasaporte o documento de residencia, documento que acredite ingresos, ultima declaración impuestos, documento de cuenta bancaria</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">3 últimas nóminas, contrato de trabajo, Selbstauskunft (documento donde se pone nombre, si tienes deudas, cuanto ganas&#8230;), fotocopia del pasaporte o documento identidad, Schufa (declaración de libre de deudas).</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Limite aceptable sin aval</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">35-40% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">33% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">33% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">40% ingresos sobre renta neta</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos comunitarios e impuestos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Seguro de la vivienda corre a cargo del inquilino, el resto no afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Pueden existir gastos como basuras, limpieza de calle,&#8230;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos suministros</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Duración contratos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año de modo natural prorrogable hasta 3.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año (aunque lo habitual son periodos de 3 años)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Abandono de vivienda antes de plazo</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">A partir de los 6 meses con un mes de preaviso.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Aviso antes de tres meses de abandono, por escrito al propietario. Puede estipularse penalización en contrato.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Suele ser un periodo de preaviso de 3 meses. Puede estipularse penalización.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general al menos 2 meses de preaviso por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Donde se registra contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Cámaras de la propiedad de cada provincia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Impuestos de fomalización</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">30 € aprox. por el registro de contrato en la cámara de la propiedad.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable por estado.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Inventario</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Empieza a ser común</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Siempre</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Siempre</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general común.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Prudencias</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Alquileres en negro o clausulas leoninas. También dificultades en devolución de fianzas (cada vez ocurre menos al ser depositadas en organismo autonómico)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Mirar con detenimiento el documento del inventario por ser fuente de conflictos. En la devolución del deposito el propietario deberá justificar con facturas si se le resta algo al inquilino por daños en la vivienda.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Es habitual tener un acuerdo de redecoración. Suele permitirse una vez en la vida del contrato. Pueden existir normas de la casa (Hausordnung). Es habitual que existan gastos añadidos a la renta como costes recogidas basuras, limpieza de nieve&#8230; El incremento anual del alquiler no tiene porque ir vinculado al IPC.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ofertas falsas con propósito de estada, a veces calidades pésimas en la viviendas o vicios ocultos, claúsulas leoninas&#8230;</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precauciones</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;"> </span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Para hacer copia de la llave hay que pedir permiso al propietario.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Si no existe encargado, es obligación (legal) de los residentes de la calle mantener limpia de nieve las entradas al edificio y aledaños. El primer día propietario e inquilino revisan la casa en conjunto y se toma nota de los desperfectos. Lo que no conste se restará de deposito. Cuidado con los horarios de ruidos, porque pueden causar desahucio.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Dado que la regulación es muchas veces más débil que en Europa, leer detenidamente el contrato lo que dice y lo que NO dice. No dar nada por supuesto.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Portales de referencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.idealista.com, www.enalquiler.com, www.fotocasa.es</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.pap.fr, www.seloger.com, www.sergic.com</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">http://www.wg-gesucht.de/</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> http://www.studenten-wg.de/</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.rent.net www.apartmentguide.com www.rentcheck.com</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">En caso de estafa o problema</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía. Existen asociaciones de inquilinos que prestan ayuda legal.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Inflacción del país</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-3%</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Renta per cápita</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">22300 € (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">31.100€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">32.600€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">40.200€ (2012)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Localizción y teléfono embajada</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">22, Avenue Marceau.- 75008 Paris , Teléfono: 01 44 43 18 00 (desde España: +33 1 44 43 18 00), número de emergencia: 06 15 93 87 01 (desde España 00 33 615 93 87 01).</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Lichtensteinallee 1, 10787 Berlin, Alemania</span></p>
<table style="width: 100%;">
<tbody>
<tr>
<td valign="top"><span style="font-size: 10px;">+49 30 2540070</span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
</td>
<td><span style="font-size: 10px;">2375 Pennsylvania Ave NW, Washington, DC 20037, telf (202) 452-0100</span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><span style="font-size: 10px;"> </span></p>
<table class="size-full" style="width: 100%;" border="1">
<tbody>
<tr style="background-color: #000099;">
<td width="122"><strong><span style="font-size: 10px; color: #ffffff;"> </span></strong></td>
<td width="309"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Irlanda</span></strong></td>
<td width="535"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Gran Bretaña</span></strong></td>
<td width="249"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Italia</span></strong></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio medio en capital y otras</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Dublin 18 €/m2 cork 13 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Londres 18 €/m2 Edimburgo 10 €/m2 Manchester 11 €/m2 Belfast 14 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Roma 13 €/mes Bolonia 12 €/mes Turín 9€/mes Napoles 9€/mes</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Ley por la que se regula</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ley de alquiler de vivienda de 1993</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Law of Property Actde 1925 y laCommonhold andLeasehold Reform Act2002.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;"> Ley de reforma (L.431/1998)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio Agencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes o % alquiler mes durante duración contrato. Algunas veces cobras cuota de inscripción</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2 meses y por solicitud de vivienda, hasta 300 €</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-1.5 meses</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Fianza</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Deposito</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">6 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-3 meses</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Doc. que se pide</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), documento identidad o pasaporte, documento de referencias de tu trabajo o de propietario anterior</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), documento identidad o pasaporte, documento de referencias de tu trabajo o de propietario anterior</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Limite aceptable sin aval</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">33% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">40% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">35% ingresos sobre renta neta</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos comunitarios e impuestos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Tasa de TV (13 €/mes) y City Council (varía hasta 120 €/mes) van a cargo del inquilino el resto no afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos suministros</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos por regla general.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Duración contratos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">9 meses -1 año</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">4 años de modo natural, pero es posible fijar otros periodos. Lo natural una año.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Abandono de vivienda antes de plazo</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Aviso (notice) con un mes de adelanto. Es habitual perder el deposito por ruptura de contrato.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Aviso (notice) con un mes de adelanto. Es habitual perder parte del deposito por ruptura de contrato.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Por ley 6 meses antes, de facto 3 meses.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Donde se registra contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Registros de propiedad</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Impuestos de fomalización</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2% del valor de renta anual. A pagar a medias entre propietario e inquilino</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Inventario</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Siempre</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Siempre</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Optativo</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Prudencias</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ser muy puntilloso con el inventario porque es habitual dificultades de cobro de deposito escudado en carencias del inventario o desperfectos que ya existían.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Existen muchas ofertas falsas con propósito de estafa (todas piden dinero antes de ver la casa o de entregar las llaves).</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Alquileres en negro.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precauciones</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Si no se especifica en el contrato, el propietario podrá subir la renta lo que le plazca.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Comprobar bien el transporte y los tiempos de viajes en ciudad. Preguntarlo todo, no dar nada por supuesto (ejemplo se puede enseñar con muebles y luego no alquilarlo con ellos). Si no se especifica en el contrato, el propietario podrá subir la renta lo que le plazca.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Revisar a fondo la vivienda en busca de desperfectos. Suele ser motivo de conflicto habitual su reparación.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Portales de referencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.daft.ie</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;"> www.loot.com</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.casa.it www.immobiliare.it www.idealista.it</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">En caso de estafa o problema</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Inflacción del país</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-3%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2%</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Renta per cápita</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">35.700€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">30.500€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">25.700€ (2012)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Localizción y teléfono embajada</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">17 A, Merlyn Park</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> Ballsbridge</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> Dublin 4</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> Irlanda local: (01) 269.1640</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> internacional: +353.1.269.1640</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">39, Chesham Place.-London SW1X 8SB telf 7235 55 55</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;"><span style="font-family: verdana,geneva;">Palacio Borghese, Largo Fontanella di Borghese, 19.-00186 Roma, telf</span> ( 00 39 ) 06 684 04 01 </span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><span style="font-size: 10px;"> </span></p>
<table class="size-full" style="width: 100%;" border="1">
<tbody>
<tr style="background-color: #000099;">
<td width="128"><strong><span style="font-size: 10px; color: #ffffff;"> </span></strong></td>
<td width="339"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Canadá</span></strong></td>
<td width="405"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">China</span></strong></td>
<td width="397"><strong><span style="color: #ffffff; font-size: 10px;">Australia</span></strong></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio medio en capital y otras</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Ottawa 12 €/m2 Montreal 11 €/m2 Vancouver 15 €/m2 Toronto 14 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Pekin 10 €/m2 Shanghai 10 €/m2</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Capital : Canberra 9 €/m2 Sydney 10 €/m2 Melbourne 15 €/m2</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Ley por la que se regula</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Cada estado regula el alquiler. Por tanto no hay una legislación común ni homogénea.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precio Agencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable según estados, 1-4 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-2 meses</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Fianza</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 (en general)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0 meses</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Deposito</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1-3 meses (en general)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">3 mses de alquiler por adelantado + 1 mes de deposito</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">0-6 meses (rentas anticipadas)</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Doc. que se pide</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Mínimo : Documento que acredite ingresos (nominas, jubilación), identificación o pasaporte. En general : referencias por escrito de propietarios anteriores, empleadores, amigos y colegas, así como una copia actualizada de su informe de crédito.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Limite aceptable sin aval</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">35% ingresos sobre renta neta</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">33% sobre renta neta</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos comunitarios e impuestos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">En general : No afectan inquilino salvo que así se haga constar en contrato</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Gastos suministros</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">No incluidos en renta por regla general.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Duración contratos</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable. (pueden ser incluso de mes a mes)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 año</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Abandono de vivienda antes de plazo</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">De 1 a 3 meses de preaviso según estados, por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes de preaviso, por escrito siempre. Suelen contener penalizaciones.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">1 mes de preaviso y suele implicar perdida de fianza.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Donde se registra contrato</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Rental Bond Board</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Impuestos de fomalización</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Variable por estado (en general ninguno)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Hay un cargo pequeño de una tasa administrativa que se abona por parte</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> del proprietario y por el arrendador en cada oficina del Rental Bond Board.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Inventario</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Casi siempre.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Muy recomendable.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Siempre</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Prudencias</span></td>
<td>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="10.280000490188598"><span style="font-size: 10px;">El día de la mudanza, inspeccionar la casa o el apartamento</span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="5.693333604812622"><span style="font-size: 10px;">minuciosamente ; tome notas o foto de cualquier daño que encuentre,tales como manchas de humedades, </span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="5.693333604812622"><span style="font-size: 10px;">agujeros en la</span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="2.360000112533569"><span style="font-size: 10px;">alfombra o en las puertas.</span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="6.533333644866944"><span style="font-size: 10px;">Haga que su</span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="5.5600002651214595"><span style="font-size: 10px;">arrendador firme la lista de los daños encontrados y</span></div>
<div dir="ltr" data-angle="0" data-font-name="g_font_41_0" data-canvas-width="5.693333604812622"><span style="font-size: 10px;">guarde una copia de la misma</span></div>
<p><span style="font-size: 10px;"> </span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Existen muchas ofertas falsas con propósito de estafa (todas piden dinero antes de ver la casa o de entregar las llaves). Inspeccionar la casa con atención porque suele tener desperfectos ocultos. Los estándares de calidad no se parecen a los europeos. Las agencias no son de fiar en muchos casos, no dar dinero por adelantado y pedir recibo de todo. No pagar nada hasta haber revisado todo. en China es obligatorio registrar tu dirección en la oficina de policía más próxima.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Ser muy puntilloso con el inventario porque es habitual dificultades de cobro de deposito escudado en carencias del inventario o desperfectos que ya existían.</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Precauciones</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Dependiendo de los estados, el incremento de la renta no tiene por que se en la anualidad del contrato. Revise cuidadosamente el criterio y fecha de incremento.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Regatear con el propietario. El precio es negociable en casi todos los casos (1-10%). Leer el contrato traducido, a los extranjeros se les tiende a poner peores condiciones de alquiler. Cuando hay acuerdo hay que pagar, en general en metálico la 3 meses de alquiler por adelantado mas uno de deposito, tener el dinero a mano. Cuando se elige un piso hay que depositar una cantidad para reserva (no se pierde), entorno a 100 €.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">&#8211;</span></td>
</tr>
<tr>
<td style="background-color: #cccccc;"><span style="font-size: 10px;">Portales de referencia</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">http://housing.justlanded.com/es/Canada</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">www.58.com, www.Soufun.com www.Lebiao.com</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">http://www.rs.realestate.com.au/share http://www.domain.com.au/?mode=share http://www.flatmatefinders.com.au/flatmates-housemates-house-share-accommodation</span></td>
</tr>
<tr>
<td><span style="font-size: 10px;">En caso de estafa o problema</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía. Muy conveniente pedir ayuda al consulado sobre el sistema legal chino.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Denuncia en comisaría de policía. o incidencia en Rental Bond Board</span></td>
</tr>
<tr>
<td><span style="font-size: 10px;">Inflacción del país</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-3%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-4%</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">2-3%</span></td>
</tr>
<tr>
<td><span style="font-size: 10px;">Renta per cápita</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">40.662€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">4.720€ (2012)</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">52.842€ (2012)</span></td>
</tr>
<tr>
<td><span style="font-size: 10px;">Localizción y teléfono embajada</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">74 Stanley Avenue.- Ottawa (Ontario), K1M 1P4. telf (613) 747-2252, 747-7293, 747-1143 y 747-6181.</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">Chaoyang Qu, Sanlitun Lu, 9</span><br />
<span style="font-size: 10px;"> 100600 Pekín, telf (+86 10) 6532 3629</span></td>
<td><span style="font-size: 10px;">15, Arkana St. Yarralumla. ACT 2600.</span></td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p><span style="font-size: 10px;"> </span></p>
<p><span style="font-size: 8px;"> </span></p>
]]></content:encoded>
					
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		<title>SEGUROS DE COMUNIDAD</title>
		<link>http://www.adrianosi.com/blog/coberturas-de-seguros-de-comunidad/</link>
					<comments>http://www.adrianosi.com/blog/coberturas-de-seguros-de-comunidad/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Dec 2013 04:05:36 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Comunidades]]></category>
		<category><![CDATA[GUÍA]]></category>
		<category><![CDATA[INFORMACIÓN]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
		<category><![CDATA[PROPIETARIOS]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué son? Un tipo de seguro que cubre posibles siniestros en las zonas comunes de una vivienda. ¿Son obligatorios? Si bien en la Ley de Propiedad Horizontal no se considera el seguro como obligatorio, sí se establece que en el fondo de reserva (5%) haya una dotación para contratar un seguro para los daños en la finca o a terceros, o para llevar a cabo el mantenimiento del inmueble. En algunas comunidades autónomas, ha pasado a tener el carácter obligatorio, como por ejemplo Madrid para las construcciones posteriores a 1999. ¿Quiénes firman el contrato de Seguro? La compañía de seguros a través de uno de sus representantes cualificados y el presidente de la comunidad de propietarios por otra. ¿Cuáles son las coberturas básicas? Suelen ser estas : &#8211; Incendio, implosión, explosión, rayos &#8211; Daños causados por la electricidad &#8211; Impacto &#62; Lluvia, viento, pedrisco y nieve &#8211; Inundación &#8211; Achique, desembarre y extracción de lodos &#8211; Otros gastos &#8211; Intervención de cuerpos de extinción y salvamento &#8211; Gastos de demolición y desescombro &#8211; Pérdida de alquileres &#8211; Inhabitabilidad &#8211; Gastos de obtención de permisos y licencias (Primer Riesgo) &#8211; Reconstrucción de jardín (Primer Riesgo) &#8211; Reconstrucción de documentos (Primer Riesgo) &#8211; Daños estéticos &#8211; Asistencia ¿Cuáles son opcionales? Suelen ser estas : &#8211; Rotura de espejos, lunas y cristales &#8211; Daños por agua &#8211; Daños con origen en heladas &#8211; Daños sin origen en heladas &#8211; Gastos de extracción de lodos &#8211; Avería de maquinaria &#8211; Responsabilidad Civil Propietario &#8211; RC Patronal &#8211; RC propiedad de perros para guarda y custodia &#8211; RC presidente, vicepresidente, secretario y administrador nombrados por la Junta de Propietarios (límite 60.000€) Robo, Expoliación y Hurto &#8211; Robo de instalaciones fijas del Continente &#8211; Desperfectos en el edificio &#8211; Hurto del Contenido Comunal &#8211; Expoliación de dinero en efectivo, joyas, efectos personales de copropietarios e inquilinos &#8211; Robo y expoliación de fondos comunitarios &#8211; Sustitución de cerraduras y llaves &#8211; Vandalismo &#8211; Protección jurídica: Reclamación a propietarios por impago de gastos ¿Cuáles son las compañías más significativas? MUTUA DE PROPIETARIOS ALLIANZ ASEFA GENERALI LIBERTY ZURICH HELVETIA MAPFRE CATALANA OCCIDENTE AXA REALE OCASO ¿Qué precio suelen tener? Depende de la comunidad, básicamente, si el edificio tiene o no muchos años. En edificios de nueva construcción  se pueden encontrar buenas ofertas en casi todas las compañías Ahora bien, hay que mirar que el producto sea completo y cubra las necesidades de la comunidad. ¿Se puede negociar el precio? En general no. Pero al igual que con seguros de automóvil, el no dar partes puede rebajar la prima. ¿Necesito contratar un seguro en mi casa si la comunidad tiene ya uno? Sí. El seguro de la comunidad sólo cubre los desperfectos ocasionados en las zonas comunes. Caso tipo de esto, es la avería de tuberías donde dependiendo de la zona, lo cubre el seguro de la casa o el comunitario. ¿Una instalación de una antena parabólica debe notificarse al seguro? En la medida que es un nuevo elemento común se debe hacer constar. ¿Si se roba la recaudación de la comunidad de vecinos mientras se realiza o se transporta al banco? Está bajo la cobertura de las pólizas de seguro en la medida de que lo robado es propiedad de la comunidad y será cubierto hasta el límite de robo contratado. ¿Qué ocurre si una persona ajena a la comunidad sufre un accidente en una zona común? En este caso la póliza cubre a través de la responsabilidad civil que se tenga contratada. La cifra de responsabilidad civil es un parámetro muy importante en la contratación de un seguro. ¿Puede actuar contra morosos en la comunidad? Cubrir su impago muy en general no, pero si se contrata en la póliza los servicios jurídicos, éstos se podrán usar para reclamar las cantidades debidas. ¿Cubre un robo en el garaje/trastero comunitario? En general no lo cubren, al ser bienes privativos los robados. Por extensión, si el robo es en trastero privado, mucho menos dan cobertura. ¿Qué hacer en caso de siniestro? &#8211; Comunicarlo a la compañía de seguros en menos de 7 días naturales. En caso contrario la compañía podrá reclamar daños y perjuicios a la comunidad por la tardanza en la notificación. &#8211; Conservar todo lo posible que acredite el siniestro y sus circustancias (denuncias, partes de peritos, informes de terceros&#8230;). En caso de que el siniestro sea un robo o hurto presentar denuncia y en la misma indicar la compañía y el numero de póliza suscrita. Si hubiera notificaciones judiciales, la comunidad tiene el deber de notificar a la compañía aseguradora  (por ejemplo que se ha apresado a los ladrones). ¿En caso de robo? O hurto. Además del punto anterior, la compañía debe personar un perito para que notifique lo robado y a partir se vea que tiene cobertura y que importe se asigna como indemnización. Si no hay acuerdo con la compañía, cada parte designara un perito. Si hay acuerdo, el tema queda cerrado, pero si no lo hay (entre los peritos) ambas partes designarán a un tercero. Si no hubiera acuerdo sobre quien debe ser este tercer perito, será el juez de primera instancia de la zona el que lo designe.  El dictamen del perito puede ser impugnado judicialmente, en el plazo de 30 días para la compañía y de 180 días para el asegurado. Si no interpone la correspondiente acción, el dictamen pericial devendrá inatacable.  Si el dictamen de los peritos fuese impugnado, la Compañía deberá abonar el importe mínimo de lo que pueda deber según las circunstancias que conozca. Si la compañía aseguradora retrasase el pago, la indemnización se verá incrementada con el interés moratorio establecido en la Ley. ¿Qué es un infraseguro? Un infraseguro ocurre cuando el valor que se  da al bien asegurado es menor que el que realmente tiene. En comunidades de vecinos, suele ser el valor del continente (estructura, suelos, techos, paredes, ventanas, puertas…) el que se suele asegurar por menos valor del que realmente tiene. Esto abarata la póliza, pero en caso de siniestro grave la indemnización contemplada en la póliza puede ser claramente insuficiente.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>¿Qué son? </strong></p>
<p>Un tipo de seguro que cubre posibles siniestros en las zonas comunes de una vivienda.</p>
<p><strong>¿Son obligatorios?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Si bien en la Ley de Propiedad Horizontal no se considera el seguro como obligatorio, sí se establece que en el fondo de reserva (5%) haya una dotación para contratar un seguro para los daños en la finca o a terceros, o para llevar a cabo el mantenimiento del inmueble.</p>
<p style="text-align: justify;">En algunas comunidades autónomas, ha pasado a tener el carácter obligatorio, como por ejemplo Madrid para las construcciones posteriores a 1999.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Quiénes firman el contrato de Seguro?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">La compañía de seguros a través de uno de sus representantes cualificados y el presidente de la comunidad de propietarios por otra.</p>
<p><strong>¿Cuáles son las coberturas básicas?<br />
</strong></p>
<p>Suelen ser estas :</p>
<p>&#8211; Incendio, implosión, explosión, rayos<br />
&#8211; Daños causados por la electricidad<br />
&#8211; Impacto &gt; Lluvia, viento, pedrisco y nieve<br />
&#8211; Inundación<br />
&#8211; Achique, desembarre y extracción de lodos<br />
&#8211; Otros gastos<br />
&#8211; Intervención de cuerpos de extinción y salvamento<br />
&#8211; Gastos de demolición y desescombro<br />
&#8211; Pérdida de alquileres<br />
&#8211; Inhabitabilidad<br />
&#8211; Gastos de obtención de permisos y licencias (Primer Riesgo)<br />
&#8211; Reconstrucción de jardín (Primer Riesgo)<br />
&#8211; Reconstrucción de documentos (Primer Riesgo)<br />
&#8211; Daños estéticos<br />
&#8211; Asistencia</p>
<p><strong>¿Cuáles son opcionales?</strong></p>
<p>Suelen ser estas :</p>
<p>&#8211; Rotura de espejos, lunas y cristales<br />
&#8211; Daños por agua<br />
&#8211; Daños con origen en heladas<br />
&#8211; Daños sin origen en heladas<br />
&#8211; Gastos de extracción de lodos<br />
&#8211; Avería de maquinaria<br />
&#8211; Responsabilidad Civil Propietario<br />
&#8211; RC Patronal<br />
&#8211; RC propiedad de perros para guarda y custodia<br />
&#8211; RC presidente, vicepresidente, secretario y administrador nombrados por la Junta de Propietarios (límite 60.000€) Robo, Expoliación y Hurto<br />
&#8211; Robo de instalaciones fijas del Continente<br />
&#8211; Desperfectos en el edificio<br />
&#8211; Hurto del Contenido Comunal<br />
&#8211; Expoliación de dinero en efectivo, joyas, efectos personales de copropietarios e inquilinos<br />
&#8211; Robo y expoliación de fondos comunitarios<br />
&#8211; Sustitución de cerraduras y llaves<br />
&#8211; Vandalismo<br />
&#8211; Protección jurídica: Reclamación a propietarios por impago de gastos</p>
<p><strong>¿Cuáles son las compañías más significativas?</strong></p>
<p>MUTUA DE PROPIETARIOS<br />
ALLIANZ<br />
ASEFA<br />
GENERALI<br />
LIBERTY<br />
ZURICH<br />
HELVETIA<br />
MAPFRE<br />
CATALANA OCCIDENTE<br />
AXA<br />
REALE<br />
OCASO</p>
<p><strong>¿Qué precio suelen tener?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Depende de la comunidad, básicamente, si el edificio tiene o no muchos años. En edificios de nueva construcción  se pueden encontrar buenas ofertas en casi todas las compañías Ahora bien, hay que mirar que el producto sea completo y cubra las necesidades de la comunidad.</p>
<p><strong>¿Se puede negociar el precio?</strong></p>
<p>En general no. Pero al igual que con seguros de automóvil, el no dar partes puede rebajar la prima.</p>
<p><strong>¿Necesito contratar un seguro en mi casa si la comunidad tiene ya uno?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Sí. El seguro de la comunidad sólo cubre los desperfectos ocasionados en las zonas comunes. Caso tipo de esto, es la avería de tuberías donde dependiendo de la zona, lo cubre el seguro de la casa o el comunitario.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Una instalación de una antena parabólica debe notificarse al seguro?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En la medida que es un nuevo elemento común se debe hacer constar.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Si se roba la recaudación de la comunidad de vecinos mientras se realiza o se transporta al banco?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Está bajo la cobertura de las pólizas de seguro en la medida de que lo robado es propiedad de la comunidad y será cubierto hasta el límite de robo contratado.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué ocurre si una persona ajena a la comunidad sufre un accidente en una zona común?</strong></p>
<p>En este caso la póliza cubre a través de la responsabilidad civil que se tenga contratada. La cifra de responsabilidad civil es un parámetro muy importante en la contratación de un seguro.</p>
<p><strong>¿Puede actuar contra morosos en la comunidad?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Cubrir su impago muy en general no, pero si se contrata en la póliza los servicios jurídicos, éstos se podrán usar para reclamar las cantidades debidas.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cubre un robo en el garaje/trastero comunitario?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">En general no lo cubren, al ser bienes privativos los robados. Por extensión, si el robo es en trastero privado, mucho menos dan cobertura.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué hacer en caso de siniestro?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Comunicarlo a la compañía de seguros en menos de 7 días naturales. En caso contrario la compañía podrá reclamar daños y perjuicios a la comunidad por la tardanza en la notificación.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Conservar todo lo posible que acredite el siniestro y sus circustancias (denuncias, partes de peritos, informes de terceros&#8230;).</p>
<p style="text-align: justify;">En caso de que el siniestro sea un robo o hurto presentar denuncia y en la misma indicar la compañía y el numero de póliza suscrita. Si hubiera notificaciones judiciales, la comunidad tiene el deber de notificar a la compañía aseguradora  (por ejemplo que se ha apresado a los ladrones).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿En caso de robo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">O hurto. Además del punto anterior, la compañía debe personar un perito para que notifique lo robado y a partir se vea que tiene cobertura y que importe se asigna como indemnización.</p>
<p style="text-align: justify;">Si no hay acuerdo con la compañía, cada parte designara un perito. Si hay acuerdo, el tema queda cerrado, pero si no lo hay (entre los peritos) ambas partes designarán a un tercero. Si no hubiera acuerdo sobre quien debe ser este tercer perito, será el juez de primera instancia de la zona el que lo designe.  El dictamen del perito puede ser impugnado judicialmente, en el plazo de 30 días para la compañía y de 180 días para el asegurado. Si no interpone la correspondiente acción, el dictamen pericial devendrá inatacable.  Si el dictamen de los peritos fuese impugnado, la Compañía deberá abonar el importe mínimo de lo que pueda deber según las circunstancias que conozca. Si la compañía aseguradora retrasase el pago, la indemnización se verá incrementada con el interés moratorio establecido en la Ley.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es un infraseguro?</strong></p>
<div style="text-align: justify;">Un <b>infraseguro </b>ocurre cuando el valor que se  da al bien asegurado es menor que el que realmente tiene. En comunidades de vecinos, suele ser el valor del continente (estructura, suelos, techos, paredes, ventanas, puertas…) el que se suele asegurar por menos valor del que realmente tiene. Esto abarata la póliza, pero en caso de siniestro grave la indemnización contemplada en la póliza puede ser claramente insuficiente.</div>
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		<title>ANTE EL DESAHUCIO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Oct 2013 11:10:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Banca]]></category>
		<category><![CDATA[Normativa]]></category>
		<category><![CDATA[ALQUILERES]]></category>
		<category><![CDATA[HIPOTECAS]]></category>
		<category><![CDATA[OTROS]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué es un desahucio?  Desalojo o expulsión legal de un inquilino por parte del dueño de la finca al privar al inquilino de la posesión (uso del inmueble) mediante una resolución judicial. Se aplica indistintamente al inquilino de vivienda de alquiler como a propietario con hipoteca sobre vivienda. Al acto de desalojar físicamente a los ocupantes de la vivienda se le denomina lanzamiento. Al lanzamiento va un representante del juzgado, un cerrajero y en determinadas ocasiones representantes de las fuerzas de orden público. ¿Cuándo se produce un desahucio? Tanto el caso de alquiler como hipoteca el desahucio se produce como el hecho final que se origina con un proceso de impago de renta o cuota de hipoteca. ¿Qué dice la ley? En los últimos años las leyes han variado : * En el caso de alquiler (la variación completa de la LAU se encuentra en : http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/ ) , la ley ha variado desde Ley 37/2011, de 19 de octubre, llamada ley de desahucio «express», para agilizar el proceso de desahucio. Con el impago de una renta (en general van as ser más) la maquinaria jurídica en apenas 2-6 meses (depende de la carga del juzgado) acaba en desahucio. El cambio más importante consiste en que el inquilino dispone de 10 días hábiles para desalojar el inmueble; enervar en los casos que proceda o alegar por escrito las razones por las que no debe todo o parte de la cantidad que le es reclamada o pagando todo lo debido para paralizar el desahucio.  Si no hace nada de lo anterior, sin necesidad de la celebración de juicio de desahucio, el secretario judicial dictara resolución notificando a la parte que pide el desahucio para que solicite su  ejecución. * En el caso de hipoteca , la ley vario con el Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre , y con Ley 1/2013, de 14 de Mayo . En ensencia en el Real Decreto se establecia una moratoria para algunos casos y el la Ley 1/2013 se adecuaba la ley al marco europeo anulando cláusulas abusivas en algunos contratos hipotecarios. Consultar  http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-la-ley-hipotecaria/  para mayor detalle.  En especial, el paso de 2 a 3 cuotas de impago para la posibilidad de inicio de proceso por parte del banco, las limitaciones de los intereses de demora y mejora del valor de adjudicación mínimo (70%) fueron las mejoras más reseñables. ¿Se puede parar? Depende. En el caso de alquiler, en general el propietario no suele querer parar (vencidos los 10 días que mencionábamos arriba). Suele ser más paciente que un banco antes de ir juicio pero cuando va suele haber enconamiento personal y es más difícil de manejar (la frase más habitual es  : Yo lo que quiero es que se vaya!) En el caso de hipoteca, depende mucho de entidad, deuda pendiente, histórico de pagos&#8230; Si la entidad estima que el valor de la deuda es inferior o similar al valor de la vivienda, es posible que acepte dación de pago. Si no es el caso, entonces intentará cobrar y no aceptará dación. Si no ve perspectivas de cobro a medio plazo, se lanzará a ejecución hipotecaria que suele acabar en desahucio. ¿Qué hacer? Pagar si puede. La ley en España da pocas posibilidades al impago de renta de alquiler o de cuota hipotecaria por tanto con las leyes actuales, el inquilino o cliente de hipoteca tiene las de perder. Si el caso es de alquiler, intente pactar antes del impago o de que éste sea severo porque siempre es más fácil y tiene más credibilidad al dar la cara. Evitar la secuencia de mañana pago, luego pasado&#8230; porque abrasa la paciencia del propietario y hace que el tema acabe siendo personal al sentirse burlado. Si no puede pactar o no puede pagar esa cuota, póngase a buscar algo más barato rápido. Si su situación económica es especialmente delicada póngase en contacto con los servicios sociales de su ayuntamiento. Los servicios sociales están para evitar la situación de desamparo en especial si hay menores. No van a poder evitar el desahucio pero sí quizás tengan viviendas de baja renta a su disposición o ayudas directas sobre renta. Esto depende de cada ayuntamiento y comunidad autónoma. En caso de ejecución hipotecaria, se trata de evitar a toda costa llegar a ese punto. Mucha de la banca acepta rebajas de cuotas, periodos de carencia,&#8230; úseles. Si no remonta su situación claramente, venda la vivienda y hágalo ordenadamente. Lo peor que le puede pasar es que vaya a subasta y se declare desierta. En ese caso la vivienda podría pasar al banco y además seguirle debiendo dinero. En todos los casos póngase en manos de un abogado para defender sus derechos, pero tengo en cuenta una realidad : muy en general, su abogado no va a poder cambiar el proceso, pero si ver si su caso está en alguno de los contemplados por la ley para evitar desahucio o si tiene cláusulas abusivas en el contrato que le puedan dar ventaja negociadora o incluso parar el desahucio. Ahora bien, la ley de alquiler y la ley hipotecaria son  claras y por muy buen abogado que se tenga el juez no va a tener margen (aunque quisiera) para parar el desahucio si no esta contemplado por la ley. En algunos casos , plataformas como Stop Desahucios han conseguido victorias en el paro de desahucios. Son pocas aunque muy visibles. En general han sido en casos con fuerte desgaste de imagen de una entidad bancaria (situaciones sociales atroces como ancianos, familias con hijos muy enfermos&#8230;) . La mayoría de las veces han luchado (a veces mucho, muchísimo) y han perdido. Y la resistencia numantina (y la esperanza de que a veces&#8230; hay dación o moratoria) ha llevado a no liquidar o salir de la vivienda en mejores plazos multiplicando los costes para el desahuciado. Téngalo en cuenta.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es un desahucio? </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Desalojo o expulsión legal de un inquilino por parte del dueño de la finca al privar al inquilino de la posesión (uso del inmueble) mediante una resolución judicial. Se aplica indistintamente al inquilino de vivienda de alquiler como a propietario con hipoteca sobre vivienda.</p>
<p style="text-align: justify;">Al acto de desalojar físicamente a los ocupantes de la vivienda se le denomina lanzamiento. Al lanzamiento va un representante del juzgado, un cerrajero y en determinadas ocasiones representantes de las fuerzas de orden público.</p>
<p><strong>¿Cuándo se produce un desahucio?<br />
</strong></p>
<p>Tanto el caso de alquiler como hipoteca el desahucio se produce como el hecho final que se origina con un proceso de impago de renta o cuota de hipoteca.</p>
<p><strong>¿Qué dice la ley?<br />
</strong></p>
<p>En los últimos años las leyes han variado :</p>
<p style="text-align: justify;">* En el caso de alquiler (la variación completa de la LAU se encuentra en :<a href=" http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/ " class="broken_link"> http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/ </a>) , la ley ha variado desde Ley 37/2011, de 19 de octubre, llamada ley de desahucio «express», para agilizar el proceso de desahucio. Con el impago de una renta (en general van as ser más) la maquinaria jurídica en apenas 2-6 meses (depende de la carga del juzgado) acaba en desahucio. El cambio más importante consiste en que el inquilino dispone de 10 días hábiles para desalojar el inmueble; enervar en los casos que proceda o alegar por escrito las razones por las que no debe todo o parte de la cantidad que le es reclamada o pagando todo lo debido para paralizar el desahucio.  Si no hace nada de lo anterior, sin necesidad de la celebración de juicio de desahucio, el secretario judicial dictara resolución notificando a la parte que pide el desahucio para que solicite su  ejecución.</p>
<div style="text-align: justify;">* En el caso de hipoteca , la ley vario con el <a href="http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-14115" rel="nofollow">Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre </a>, y con <a href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-5073">Ley 1/2013, de 14 de Mayo</a> . En ensencia en el Real Decreto se establecia una moratoria para algunos casos y el la Ley 1/2013 se adecuaba la ley al marco europeo anulando cláusulas abusivas en algunos contratos hipotecarios. Consultar  <a href="http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-la-ley-hipotecaria/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-la-ley-hipotecaria/  </a>para mayor detalle.  En especial, el paso de 2 a 3 cuotas de impago para la posibilidad de inicio de proceso por parte del banco, las limitaciones de los intereses de demora y mejora del valor de adjudicación mínimo (70%) fueron las mejoras más reseñables.</div>
<p><strong>¿Se puede parar?</strong></p>
<p>Depende. En el caso de alquiler, en general el propietario no suele querer parar (vencidos los 10 días que mencionábamos arriba). Suele ser más paciente que un banco antes de ir juicio pero cuando va suele haber enconamiento personal y es más difícil de manejar (la frase más habitual es  : Yo lo que quiero es que se vaya!)</p>
<p style="text-align: justify;">En el caso de hipoteca, depende mucho de entidad, deuda pendiente, histórico de pagos&#8230; Si la entidad estima que el valor de la deuda es inferior o similar al valor de la vivienda, es posible que acepte dación de pago. Si no es el caso, entonces intentará cobrar y no aceptará dación. Si no ve perspectivas de cobro a medio plazo, se lanzará a ejecución hipotecaria que suele acabar en desahucio.</p>
<p><strong>¿Qué hacer?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Pagar si puede. La ley en España da pocas posibilidades al impago de renta de alquiler o de cuota hipotecaria por tanto con las leyes actuales, el inquilino o cliente de hipoteca tiene las de perder.</p>
<p style="text-align: justify;">Si el caso es de alquiler, intente pactar antes del impago o de que éste sea severo porque siempre es más fácil y tiene más credibilidad al dar la cara. Evitar la secuencia de mañana pago, luego pasado&#8230; porque abrasa la paciencia del propietario y hace que el tema acabe siendo personal al sentirse burlado.</p>
<p style="text-align: justify;">Si no puede pactar o no puede pagar esa cuota, póngase a buscar algo más barato rápido. Si su situación económica es especialmente delicada póngase en contacto con los servicios sociales de su ayuntamiento. Los servicios sociales están para evitar la situación de desamparo en especial si hay menores. No van a poder evitar el desahucio pero sí quizás tengan viviendas de baja renta a su disposición o ayudas directas sobre renta. Esto depende de cada ayuntamiento y comunidad autónoma.</p>
<p style="text-align: justify;">En caso de ejecución hipotecaria, se trata de evitar a toda costa llegar a ese punto. Mucha de la banca acepta rebajas de cuotas, periodos de carencia,&#8230; úseles. Si no remonta su situación claramente, venda la vivienda y hágalo ordenadamente. Lo peor que le puede pasar es que vaya a subasta y se declare desierta. En ese caso la vivienda podría pasar al banco y además seguirle debiendo dinero.</p>
<p style="text-align: justify;">En todos los casos póngase en manos de un abogado para defender sus derechos, pero tengo en cuenta una realidad : muy en general, su abogado no va a poder cambiar el proceso, pero si ver si su caso está en alguno de los contemplados por la ley para evitar desahucio o si tiene cláusulas abusivas en el contrato que le puedan dar ventaja negociadora o incluso parar el desahucio. Ahora bien, la ley de alquiler y la ley hipotecaria son  claras y por muy buen abogado que se tenga el juez no va a tener margen (aunque quisiera) para parar el desahucio si no esta contemplado por la ley.</p>
<p style="text-align: justify;">En algunos casos , plataformas como Stop Desahucios han conseguido victorias en el paro de desahucios. Son pocas aunque muy visibles. En general han sido en casos con fuerte desgaste de imagen de una entidad bancaria (situaciones sociales atroces como ancianos, familias con hijos muy enfermos&#8230;) . La mayoría de las veces han luchado (a veces mucho, muchísimo) y han perdido. Y la resistencia numantina (y la esperanza de que a veces&#8230; hay dación o moratoria) ha llevado a no liquidar o salir de la vivienda en mejores plazos multiplicando los costes para el desahuciado. Téngalo en cuenta.</p>
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		<title>GUÍA DE COMPRA DE UNA VIVIENDA</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 11 Aug 2013 19:58:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[¿Está seguro de que quiere comprar? Lo primero es autoevaluar la necesidad real de comprar. España es un país con gran cultura compradora porque históricamente, siempre se ha considerado que la mejor inversión de una familia era la vivienda que compraba. Ésto ha sido verdad en muchas ocasiones, puesto que el sector de la vivienda fué un sector protegido, regulado bajo el Ministerio de Vivienda con mucha promoción de vivienda de protección oficial. Ahora bien, lejos de ser una verdad absoluta, el sector de la vivienda ha dado sorpresas muy amargas a muchos propietarios que compraron durante la reciente época de la burbuja (1998-2007). Tal y como se detalló en http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/ el ajuste en precios no ha concluido y al menos quedan un par de años hasta su final. Evalúe la posibilidad de alquilar e incluso alquilar con opción a compra. Este simulador le puede ayudar a tomar una decisión: http://www.adrianosi.com/adrianet/index.php?adrModule=intranet&#38;adrScript=compralquila.php, por tanto, el consejo es: En ausencia de ganga, si puede esperar, espere. Tengo que comprar, ¿por dónde empiezo? Antes de mirar un sólo anuncio: 1. Hacer una lista de qué requerimos de la vivienda que vamos a comprar. Si queremos obra nueva o vivienda usada, cuántos metros útiles, qué zonas nos gustan más, número de baños, ascensor, trastero, garaje, altura, jardín, colegios en la zona, supermercados, zonas comerciales, servicios sanitarios, facilidad de aparcamiento &#8230; Todos los factores que nos importen. 2. ¿Cuándo dinero queremos gastarnos? ¿Cuánto dinero nos podemos gastar? ¿Qué entrada estamos dispuestos a dar? ¿Cuánto dinero vamos a destinar a amueblar? ¿Cuánto para gastos corrientes (comunidad, seguros&#8230;)? En http://www.adrianosi.com/adrianet/ tenemos un simulador de hipoteca. Jugar con la entrada, los años, poner varios posibles Euribors &#8230;, es decir, ponerse en muchos casos, ya que lo que se va a firmar va a durar muchos años. Bajo ningún concepto los gastos de hipoteca+comunidad+seguros mensualizados debería superar el 35-40% de los ingresos netos de la familia. 3. Una vez visto el importe a pedir prestado, ojear las webs de entidades financieras donde podemos obtener las mejores condiciones. Existen en internet varias webs que compraran las condiciones que ofrece la banca como por ejemplo http://www.rankia.com/comparador/hipotecas/portada o http://www.comparador.com/calculo-de-hipotecas/ . 4. Tantear los bancos seleccionados expresando nuestra intención de adquirir una vivienda, lo que estamos dispuestos a pagar, etc &#8230; Es habitual que nos requieran domiciliar nóminas para ofrecer mejor interés. También, ahora, es habitual que la entidad le ofrezca alguna vivienda suya (nueva o de embargo). Por mirar no se pierde nada, pero a veces, lo que mejoran las condiciones de financiación lo empeora el precio. Por tanto, papel, lápiz y haga números. 5. Por último hay que estar atento a posibles clausulas abusivas en la hipoteca (http://www.adrianosi.com/blog/clausulas-abusivas-en-mercado-inmobiliario/ ) Normalmente la vivienda habitual es la inversión más importante que realiza un ciudadano en España a lo largo de su vida. El mejor amigo de su bolsillo es usted, por tanto, gaste su tiempo en ahorrarse dinero. Una pequeña variación de condiciones de crédito, en años o tasa de interés puede representar muchos miles de euros a lo largo de la vida de la hipoteca. Ya tengo claras mis condiciones económicas, ¿dónde busco vivienda? Tenemos dos opciones : &#8211; VPO (Vivienda de Protección Oficial) &#8211; Mercado Libre Las VPOs pueden ser impulsadas por promoción pública, administración autonómica o local (muy raramente ya por el gobierno central) o por promotor privado (que recibe subvenciones para el proyecto). En ambos casos existen condiciones de venta (habitual es el límite de renta &#8230; pero pueden ser variados) y tienen precio de venta máxima (que suele ser inferior al mercado libre). Para conocer la oferta de vivienda VPO, hay que consultar en las administraciones públicas (consejerías de vivienda de la comunidad y concejalía de vivienda). Hay que leer con detenimiento las condiciones de VPO, tanto de entrada (requisitos, límites de renta, &#8230;) como las posteriores a la adquisición (se suele limitar el precio de venta de segunda mano, a veces se impide el alquiler durante años, etc &#8230;). Tienen menor precio, pero también limitaciones. En mercado libre ahora mismo hay anuncios de vivienda en casi todos los medios de comunicación, en nuestra opinión el mejor mecanismo es Internet. Existen varios portales, con años de experiencia que permiten seleccionar la oferta, ver fotos del inmueble y contactar con el propietario. Algunos portales: &#8211; www.fotocasa.com &#8211; www.milanuncios.com &#8211; www.idealista.com &#8211; www.yaencontre.com Tengo seleccionadas varias casas, ¿cómo saber si el precio base es el adecuado? El precio de la vivienda en este momento está un 25-30% por encima de la media histórica en términos de esfuerzo de compra (consultar última gráfica, http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/). Por tanto haga lo siguiente (algunos portales ya lo hacen por usted): mire la media de precio por metro cuadrado, rebaje la media de la zona un 25-30%, y cuando vea un piso que le interese, compare su precio por metro cuadrado con su media rebajada. Si es similar, ese piso por precio es interesante, si no dista mucho anótele para intentar negociar con propietario y si rebasa en mucho (+15%) déjele de lado porque esta fuera de precio real (y recuerde, que oferta de vivienda sobra). Ya he seleccionado varias casas, ¿Cuántas debo ver? No tenga prisa, ver al menos 5 o 6 viviendas es lo mínimo. No se enamore de la primera ni de la segunda ni de la tercera &#8230; Vaya a cada vivienda con una libreta y apunte todo lo que le llame la atención (los móviles tienen cámara la mayoría por si ve algo singular a tener en cuenta como un mueble de alta calidad, las vistas, &#8230;). No haga comentarios sobre el precio, simplemente vea lo que hay y si el propietario presiona sobre decisión, tenga calma e indique que va a ver más viviendas. Ahora mismo, el comprador marca los ritmos. Señalar que no somos partidarios de compra sobre plano con la oferta actual. Hace años, era un opción razonable porque comprábamos a precios de hoy, en un mercado que subía cada año con una rebaja sobre el precio del momento. Luego había retrasos y problemas varios, pero podía compensar económicamente (3%-7% del precio final). En un mercado bajista, la ventaja desaparece y sólo quedan los problemas (a veces muy graves como por ejemplo, pagar entrada y al final quebrar la constructora en el proceso). ¿En qué me debo fijar en la vivienda?  En varios elementos : 1. La estructura de la vivienda. Ladrillo, madera, metálica o de hormigón. Puede estar muy bien decorada, pero la estructura nos dirá la calidad de aislamiento y los riesgos de goteras. 2. Grosor de las paredes. Lo que vea dentro de la casa es probablemente lo que le separe de sus vecinos (ruidos&#8230;). Abra una ventana (al menos una) y mire el groso del muro exterior. 3. Abra grifos y mire la cantidad de agua que sale, así comprobará si la presión es buena. 4. ¿Cómo es la calefacción? Si es central, entonces en general no suele dar problemas. Si es individual normalmente va a ser de gas. En este caso, apunte la marca porque hay diferencias de rendimiento y de cantidad de averías marcadas. Hay informes comparativos en internet, en especial de www.ocu.es. Si es eléctrica, tenga en cuenta que implicará un alto coste en invierno. De mejor a peor: central, gas individual, eléctrica. Revise también que todas las habitaciones tienen un radiador proporcional a la estancia que calientan. 5. Revise la calidad de las ventanas. Si es simple lámina, en invierno será un punto de pérdida de calor de la casa. Si son doble lámina, pregunte si tienen ruptura de puente térmico, en caso contrario, se tienden a formar humedades. Las dobles ventanas, son una solución «antigüa» pero aceptable desde el punto de vista de aislamiento. 6. Calidades de las puertas. Revisar la puerta exterior, la calidad de la cerradura y el anclaje a la pared cuando se cierra. Y en las puertas interiores, revisar los casos de imitación a madera que son papel prensado-barnizado (visualmente muy convincentes, pero nada que ver con la calidad de la madera). 7. Calidades de suelos. Tenga en cuenta que los parquets son bonitos de ver y tediosos de cuidar (hay grados, desde muy delicados hasta resistentes). Tarima tiene las ventajas visuales del parquet, pero es mucho menos delicado. En los últimos años las cerámicas han alcanzado un grado de sofisticación alto. Se han vuelto más cálidas, visualmente atractivas y siguen siendo muy resistentes al día a día. 8. Luminosidad y orientación. ¿están las estancias bien iluminadas con luz natural? La orientación óptima de la casa en términos de luz y calor es: Sur. 9. Zonas comunes. Estado del ascensor, escaleras, fachada. Pregunte por la última obra en el tejado. Se trata de ver si hay una derrama de comunidad inminente. 10. Acabados varios. Rodapies, molduras, paredes, &#8230; ¿Qué debemos preguntar? &#8211;  ¿A quién pertenece, y por tanto, quién o quiénes son sus propietarios? Debe coincidir con quien dice que tiene la capacidad de venta. &#8211; ¿Existen hipotecas, embargos u otras cargas que la afecten?. Piense que si existe una hipoteca quizás las condiciones actuales sean más favorables y le convenga negociar con él. &#8211; ¿Existe algún contrato de arrendamiento en vigor?. Con la nueva LAU (http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/) podremos recuperar la vivienda con un preaviso de 3 meses. Aún así es preferible evitar esa situación. &#8211; ¿Está al corriente de pagos de la comunidad de propietarios? ¿Hay alguna derrama? . Desde la adjudicación, el nuevo propietario sólo responde por la deuda correspondiente al año en curso y al anterior. El resto de la deuda, si la hubiere, es reclamable al anterior propietario. Existe el derecho de pedir un certificado para ver si la vivienda está al corriente de pago, lo entregará el secretario de la comunidad validado por el presidente. &#8211; ¿Está al corriente de pagos del IBI? Ocurre lo mismo que con las deudas de la comunidad de propietarios. Son deudas del inmueble y por tanto de quien lo posea. &#8211; Tratándose de viviendas en construcción o nuevas, ¿tiene  el promotor un seguro que cubra los daños que se puedan producir por defectos estructurales del edificio?. Esto es fundamental por si se produjeran daños a nosotros o terceros en los primeros años de vida de la vivienda. &#8211; Si es VPO o VPT (Vivienda de Precio Tasado), ¿existe alguna prohibición de disponer sobre la misma? ¿existen derechos de tanteo y de retracto a favor de la Administración? Dependiendo de la promoción, existen limitantes en futuros derechos de venta, alquiler, &#8230; Sabiendo quién lanzo la VPO (qué administración) nos podremos informar sobre ello. Es vital, saber las limitaciones de la vivienda que adquirimos y sobre cuántos años actúan. Es preferible cubrirnos antes, aún cuando se haga constar en el contrato de compraventa que ninguna de las posibles pegas expresadas anteriormente aplique a la vivienda. Si ocurriera, el contrato estaría viciado y se podría anular o pedir compensación, pero siempre es preferible prevenir y evitarse dolores de cabeza. Ya tengo seleccionadas unas pocas, ¿y ahora? Empezar por las dos o tres que mas nos han gustado. Realizar una oferta económica especificando al propietario que se han lanzado más ofertas (dos o tres) a otras casas que nos han gustado. El primero que conteste aceptando se lo lleva. Si hay contraoferta, esperar (un día o dos) a ver si alguna de las ofertas es aceptada. Tener paciencia y temple porque ahora mismo el comprador juega con ventaja. Hemos llegado a preacuerdo económico, ¿qué debemos firmar? Lo primero que debemos hacer es solicitar una nota simple de la vivienda. Una nota simple es un documento emitido por el Registro de la Propiedad que informa de la titularidad de la propiedad de un inmueble, así como de los datos registrales, la referencia catastral y las cargas que sobre el inmueble pesan. Lo podemos solicitar online en: https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do . Con este documento, nos aseguramos de que el vendedor es propietario real de la casa. No hay que fiarse de que el propietario nos enseñe una, porque puede estar atrasada y la vivienda haber cambiado de manos. Si la nota simple indica que la vivienda es del vendedor y que no está en ejecución hipotecaria (la está embargando un banco), si todo esta en orden, lo siguiente a firmar es un contrato de arras. ¿Qué es un contrato de arras? Un contrato de arras, es un contrato de tipo privado, firmado por propietarios y compradores, donde no es necesaria  la presencia de un notario, donde las partes pactan la reserva de la compraventa de un bien (como una vivienda), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Es habitual que contenga penalizaciones para las dos partes si la transacción finalmente no se lleva a acabo. Teniendo que compensar una parte a la otra si la operación no se realiza por su culpa. También es habitual que la compensación sea asimétrica, siendo más habitual que el propietario deba compensar más al comprador si al final, por la razón que sea no le vende la vivienda. ¿Qué debe constar en el contrato de Arras? Al menos lo siguiente: &#8211; Los datos de  la vivienda para ser identificada sin ambigüedad alguna &#8211; El precio &#8211; La forma de pago &#8211; El plazo previsto para el otorgamiento de la escritura pública &#8211; Los pactos sobre distribución de gastos en la compraventa, si existieran &#8211; Las compensaciones de cada parte en caso de no compra ¿Qué cantidad se suele entregar en el contrato de arras? No hay una cantidad fija puesto que se trata entre propietario y comprador. Hace años se solía poner el 10% del valor de venta, pero al subir tanto los pisos, esa cifra ha caído. Ahora mismo la cifra suele ser de 6000 € a 12000 €. Hay que tener en cuenta, que el contrato de arras es un mecanismo que da seguridad a ambas partes. Un propietario que ve poco depósito en el contrato de arras puede pensar que un comprador no va en serio o que puede ser tentado por otra oferta de última hora. Un comprador, con una buena cantidad depositada en el contrato de arras, se asegura de que al propietario no le compense la oferta de otro comprador (es habitual que el comprador pida el doble de lo depositado si el propietario se echa atrás en la transacción). ¿La cantidad del contrato de arras se resta del precio final? Sí, es parte del dinero pagado al propietario por el inmueble. ¿Y ahora? Ahora hay que formalizar un contrato de compraventa. Tenemos que avisar al banco para que prepare el cheque y el contrato hipotecario. Lo habitual es que el contrato de compraventa de viviendas se formalice en escritura pública. Es el notario quien recoge la voluntad de las partes, emite juicio de identidad y la capacidad de las mismas. El notario va a redactar el documento ajustándose a los requisitos legales, y hará las advertencias correspondientes a las obligaciones que van a cargo de cada parte y resulten de la celebración del contrato. La elección del notario recae en el vendedor si es una empresa y en el comprador si el vendedor es un particular. &#8211; La escritura pública es imprescindible para inscribirla en el Registro de la Propiedad. &#8211; El notario va a pedir una nota simple de la vivienda al Registro de la Propiedad. El otorgamiento de la escritura equivale a la entrega de la vivienda, y generalmente el importe del precio (el cheque) se entrega al vendedor en presencia del notario. Es importante saber que aún firmado el contrato de compra-venta el vendedor no queda libre de los vicios o defectos ocultos en la vivienda, aunque los ignorase, pudiendo el comprador optar entre desistir del contrato (abonándosele los gastos que pagara) o rebajar una cantidad proporcional del precio a juicio de peritos. Además, el promotor, el constructor y la dirección técnica del edificio tendrán que responder solidariamente frente a los compradores y/o terceros adquirentes por los daños causados por los defectos constructivos y estructurales durante un plazo de diez años, por daños que resulten de defectos que afecten a la habitabilidad del edificio durante un plazo de tres años, y por daños causados en defectos de acabado por plazo de un año, estando además obligados a contratar los correspondientes seguros. Ante cualquier duda, pregunte al Notario antes de firmar, su función es asesorar. Tengo la escritura, y ahora? Ahora hay que pagar impuestos. &#8211; En el caso de comprar una vivienda nueva, debe pagar al vendedor el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y en Canarias del Impuesto General Indirecto Canario. Normalmente las viviendas se ofrecen con el IVA incluido por lo que es transparente para el comprador (hace un único pago). En el caso de comprar una vivienda usada, debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales a través de una de las entidades bancarias identificadas por la Administración. Importe: su cuantía se fija por aplicación de un porcentaje sobre el precio, a determinar por la Comunidad Autónoma, que suele estar entre el 6 y 7% del precio de compra (cada comunidad marca el suyo) &#8211; En ambos casos, si compra mediante una hipoteca, debe satisfacer el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en una cuenta de la Hacienda (correspondiente a las Comunidades Autónomas), cuya cuantía estará entre: * Nueva: el 0,3% del precio de venta en casos especialmente protegidos como determinados supuestos de VPO y el 2% del precio de venta. * Usada: entre el 0,3% en casos especialmente protegidos como determinados supuestos de VPO y el 2%, según la Comunidad Autónoma de que se trate, del total importe de la «responsabilidad hipotecaria» (principal + intereses + costas de ejecución). Suele ser del orden de 1,5 veces el capital prestado. &#8211; En ambos casos Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana , llamado también plusvalía municipal. La base imponible del impuesto está constituida por el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto en el momento de la transmisión y experimentado a lo largo de un período máximo de 20 años. No puede exceder los siguientes límites : del 3,7% por un periodo de 1 a 5 años; del 3,5% de hasta 10 años; del 3,2% por un periodo de hasta 15 años y del 3% por un periodo de hasta 20 años. Al resultado se le aplicará un tipo impositivo que aplican los ayuntamientos sin que pueda exceder del 30%. No se genera plusvalía cuando el periodo de propiedad haya sido inferior a un año. Igualmente, cuando el periodo de propiedad sea superior a los 20 años, se aplicará el 3%. Hay que consultar en la respectiva administración autonómica el importe de cada impuesto y las posibles reducciones (por ejemplo, en la compra de vivienda habitual para menores de 36 años, familias numerosas, &#8230;). En ambos casos el pago de este impuesto habrá de ser autoliquidado en un impreso oficial, e ingresado en una cuenta de la Hacienda Pública, a través de alguna de las entidades bancarias colaboradoras. Pagados los impuestos, ¿cuál es el siguiente paso? Con la escritura (proveniente de la notaría) y los recibos de los impuestos pagados, lo siguiente es la inscripción del derecho que hemos adquirido en el  de la Propiedad. Esto nos permitirá : &#8211; Ser considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial. &#8211; Quedar protegido frente a los acreedores del vendedor. &#8211; Quedar protegido frente a cargas ocultas que pudieran afectar a la vivienda. &#8211; Una vez haya inscrito su derecho, ya nadie podrá adquirir con eficacia ningún derecho sobre su vivienda, sin obtener previamente su consentimiento. &#8211; Que el comprador pueda obtener un préstamo hipotecario con el que financiar la adquisición de la vivienda, pues sólo si el comprador inscribe su derecho de propiedad podrá el Banco inscribir la hipoteca que le garantiza la devolución del préstamo. El registro se encarga de notificar al catastro y el siguiente IBI ya vendrá al nombe del nuevo propietario. Y con este último paso concluye el proceso de compra.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿Está seguro de que quiere comprar?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Lo primero es autoevaluar la necesidad real de comprar. España es un país con gran cultura compradora porque históricamente, siempre se ha considerado que la mejor inversión de una familia era la vivienda que compraba. Ésto ha sido verdad en muchas ocasiones, puesto que el sector de la vivienda fué un sector protegido, regulado bajo el Ministerio de Vivienda con mucha promoción de vivienda de protección oficial. Ahora bien, lejos de ser una verdad absoluta, el sector de la vivienda ha dado sorpresas muy amargas a muchos propietarios que compraron durante la reciente época de la burbuja (1998-2007). Tal y como se detalló en <a href="http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/ </a>el ajuste en precios no ha concluido y al menos quedan un par de años hasta su final. Evalúe la posibilidad de alquilar e incluso alquilar con opción a compra. Este simulador le puede ayudar a tomar una decisión: <a href="http://www.adrianosi.com/adrianet/index.php?adrModule=intranet&amp;adrScript=compralquila.php" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/adrianet/index.php?adrModule=intranet&amp;adrScript=compralquila.php,</a> por tanto, el consejo es: En ausencia de ganga, si puede esperar, espere.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Tengo que comprar, ¿por dónde empiezo?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Antes de mirar un sólo anuncio:</p>
<p style="text-align: justify;">1. Hacer una lista de qué requerimos de la vivienda que vamos a comprar. Si queremos obra nueva o vivienda usada, cuántos metros útiles, qué zonas nos gustan más, número de baños, ascensor, trastero, garaje, altura, jardín, colegios en la zona, supermercados, zonas comerciales, servicios sanitarios, facilidad de aparcamiento &#8230; Todos los factores que nos importen.</p>
<p style="text-align: justify;">2. ¿Cuándo dinero queremos gastarnos? ¿Cuánto dinero nos podemos gastar? ¿Qué entrada estamos dispuestos a dar? ¿Cuánto dinero vamos a destinar a amueblar? ¿Cuánto para gastos corrientes (comunidad, seguros&#8230;)? En <a href="http://www.adrianosi.com/adrianet/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/adrianet/</a> tenemos un simulador de hipoteca. Jugar con la entrada, los años, poner varios posibles Euribors &#8230;, es decir, ponerse en muchos casos, ya que lo que se va a firmar va a durar muchos años. Bajo ningún concepto los gastos de hipoteca+comunidad+seguros mensualizados debería superar el 35-40% de los ingresos netos de la familia.</p>
<p style="text-align: justify;">3. Una vez visto el importe a pedir prestado, ojear las webs de entidades financieras donde podemos obtener las mejores condiciones. Existen en internet varias webs que compraran las condiciones que ofrece la banca como por ejemplo <a href="http://www.rankia.com/comparador/hipotecas/portada">http://www.rankia.com/comparador/hipotecas/portada</a> o <a href="http://www.comparador.com/calculo-de-hipotecas/" class="broken_link">http://www.comparador.com/calculo-de-hipotecas/</a> .</p>
<p style="text-align: justify;">4. Tantear los bancos seleccionados expresando nuestra intención de adquirir una vivienda, lo que estamos dispuestos a pagar, etc &#8230; Es habitual que nos requieran domiciliar nóminas para ofrecer mejor interés. También, ahora, es habitual que la entidad le ofrezca alguna vivienda suya (nueva o de embargo). Por mirar no se pierde nada, pero a veces, lo que mejoran las condiciones de financiación lo empeora el precio. Por tanto, papel, lápiz y haga números.</p>
<p style="text-align: justify;">5. Por último hay que estar atento a posibles clausulas abusivas en la hipoteca (<a href="http://www.adrianosi.com/blog/clausulas-abusivas-en-mercado-inmobiliario/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/clausulas-abusivas-en-mercado-inmobiliario/</a> )</p>
<p style="text-align: justify;">Normalmente la vivienda habitual es la inversión más importante que realiza un ciudadano en España a lo largo de su vida. El mejor amigo de su bolsillo es usted, por tanto, gaste su tiempo en ahorrarse dinero. Una pequeña variación de condiciones de crédito, en años o tasa de interés puede representar muchos miles de euros a lo largo de la vida de la hipoteca.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Ya tengo claras mis condiciones económicas, ¿dónde busco vivienda?</strong> Tenemos dos opciones : &#8211; VPO (Vivienda de Protección Oficial) &#8211; Mercado Libre</p>
<p style="text-align: justify;">Las VPOs pueden ser impulsadas por promoción pública, administración autonómica o local (muy raramente ya por el gobierno central) o por promotor privado (que recibe subvenciones para el proyecto). En ambos casos existen condiciones de venta (habitual es el límite de renta &#8230; pero pueden ser variados) y tienen precio de venta máxima (que suele ser inferior al mercado libre). Para conocer la oferta de vivienda VPO, hay que consultar en las administraciones públicas (consejerías de vivienda de la comunidad y concejalía de vivienda). Hay que leer con detenimiento las condiciones de VPO, tanto de entrada (requisitos, límites de renta, &#8230;) como las posteriores a la adquisición (se suele limitar el precio de venta de segunda mano, a veces se impide el alquiler durante años, etc &#8230;). Tienen menor precio, pero también limitaciones.</p>
<p style="text-align: justify;">En mercado libre ahora mismo hay anuncios de vivienda en casi todos los medios de comunicación, en nuestra opinión el mejor mecanismo es Internet. Existen varios portales, con años de experiencia que permiten seleccionar la oferta, ver fotos del inmueble y contactar con el propietario. Algunos portales:</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; <a href="http://www.fotocasa.com">www.fotocasa.com</a></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; <a href="http://www.milanuncios.com">www.milanuncios.com</a></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; <a href="http://www.idealista.com">www.idealista.com</a></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; <a href="http://www.yaencontre.com ">www.yaencontre.com </a></p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Tengo seleccionadas varias casas, ¿cómo saber si el precio base es el adecuado?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">El precio de la vivienda en este momento está un 25-30% por encima de la media histórica en términos de esfuerzo de compra (consultar última gráfica, <a href="http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/ " class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/factores-en-el-cambio-de-tendencia-de-los-precios-de-la-vivienda/</a>). Por tanto haga lo siguiente (algunos portales ya lo hacen por usted): mire la media de precio por metro cuadrado, rebaje la media de la zona un 25-30%, y cuando vea un piso que le interese, compare su precio por metro cuadrado con su media rebajada. Si es similar, ese piso por precio es interesante, si no dista mucho anótele para intentar negociar con propietario y si rebasa en mucho (+15%) déjele de lado porque esta fuera de precio real (y recuerde, que oferta de vivienda sobra).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Ya he seleccionado varias casas, ¿Cuántas debo ver?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">No tenga prisa, ver al menos 5 o 6 viviendas es lo mínimo. No se enamore de la primera ni de la segunda ni de la tercera &#8230; Vaya a cada vivienda con una libreta y apunte todo lo que le llame la atención (los móviles tienen cámara la mayoría por si ve algo singular a tener en cuenta como un mueble de alta calidad, las vistas, &#8230;). No haga comentarios sobre el precio, simplemente vea lo que hay y si el propietario presiona sobre decisión, tenga calma e indique que va a ver más viviendas. Ahora mismo, el comprador marca los ritmos.</p>
<p style="text-align: justify;">Señalar que no somos partidarios de compra sobre plano con la oferta actual. Hace años, era un opción razonable porque comprábamos a precios de hoy, en un mercado que subía cada año con una rebaja sobre el precio del momento. Luego había retrasos y problemas varios, pero podía compensar económicamente (3%-7% del precio final). En un mercado bajista, la ventaja desaparece y sólo quedan los problemas (a veces muy graves como por ejemplo, pagar entrada y al final quebrar la constructora en el proceso).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿En qué me debo fijar en la vivienda? </strong></p>
<p style="text-align: justify;">En varios elementos :</p>
<p style="text-align: justify;">1. La estructura de la vivienda. Ladrillo, madera, metálica o de hormigón. Puede estar muy bien decorada, pero la estructura nos dirá la calidad de aislamiento y los riesgos de goteras.</p>
<p style="text-align: justify;">2. Grosor de las paredes. Lo que vea dentro de la casa es probablemente lo que le separe de sus vecinos (ruidos&#8230;). Abra una ventana (al menos una) y mire el groso del muro exterior.</p>
<p style="text-align: justify;">3. Abra grifos y mire la cantidad de agua que sale, así comprobará si la presión es buena.</p>
<p style="text-align: justify;">4. ¿Cómo es la calefacción? Si es central, entonces en general no suele dar problemas. Si es individual normalmente va a ser de gas. En este caso, apunte la marca porque hay diferencias de rendimiento y de cantidad de averías marcadas. Hay informes comparativos en internet, en especial de <a href="http://www.ocu.es">www.ocu.es</a>. Si es eléctrica, tenga en cuenta que implicará un alto coste en invierno. De mejor a peor: central, gas individual, eléctrica. Revise también que todas las habitaciones tienen un radiador proporcional a la estancia que calientan.</p>
<p style="text-align: justify;">5. Revise la calidad de las ventanas. Si es simple lámina, en invierno será un punto de pérdida de calor de la casa. Si son doble lámina, pregunte si tienen ruptura de puente térmico, en caso contrario, se tienden a formar humedades. Las dobles ventanas, son una solución «antigüa» pero aceptable desde el punto de vista de aislamiento.</p>
<p style="text-align: justify;">6. Calidades de las puertas. Revisar la puerta exterior, la calidad de la cerradura y el anclaje a la pared cuando se cierra. Y en las puertas interiores, revisar los casos de imitación a madera que son papel prensado-barnizado (visualmente muy convincentes, pero nada que ver con la calidad de la madera).</p>
<p style="text-align: justify;">7. Calidades de suelos. Tenga en cuenta que los parquets son bonitos de ver y tediosos de cuidar (hay grados, desde muy delicados hasta resistentes). Tarima tiene las ventajas visuales del parquet, pero es mucho menos delicado. En los últimos años las cerámicas han alcanzado un grado de sofisticación alto. Se han vuelto más cálidas, visualmente atractivas y siguen siendo muy resistentes al día a día.</p>
<p style="text-align: justify;">8. Luminosidad y orientación. ¿están las estancias bien iluminadas con luz natural? La orientación óptima de la casa en términos de luz y calor es: Sur.</p>
<p style="text-align: justify;">9. Zonas comunes. Estado del ascensor, escaleras, fachada. Pregunte por la última obra en el tejado. Se trata de ver si hay una derrama de comunidad inminente.</p>
<p style="text-align: justify;">10. Acabados varios. Rodapies, molduras, paredes, &#8230;</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué debemos preguntar?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">&#8211;  ¿A quién pertenece, y por tanto, quién o quiénes son sus propietarios? Debe coincidir con quien dice que tiene la capacidad de venta.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; ¿Existen hipotecas, embargos u otras cargas que la afecten?. Piense que si existe una hipoteca quizás las condiciones actuales sean más favorables y le convenga negociar con él.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; ¿Existe algún contrato de arrendamiento en vigor?. Con la nueva LAU (<a href="http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/" class="broken_link">http://www.adrianosi.com/blog/variaciones-en-lau-ii/</a>) podremos recuperar la vivienda con un preaviso de 3 meses. Aún así es preferible evitar esa situación.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; ¿Está al corriente de pagos de la comunidad de propietarios? ¿Hay alguna derrama? . Desde la adjudicación, el nuevo propietario sólo responde por la deuda correspondiente al año en curso y al anterior. El resto de la deuda, si la hubiere, es reclamable al anterior propietario. Existe el derecho de pedir un certificado para ver si la vivienda está al corriente de pago, lo entregará el secretario de la comunidad validado por el presidente.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; ¿Está al corriente de pagos del IBI? Ocurre lo mismo que con las deudas de la comunidad de propietarios. Son deudas del inmueble y por tanto de quien lo posea.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Tratándose de viviendas en construcción o nuevas, ¿tiene  el promotor un seguro que cubra los daños que se puedan producir por defectos estructurales del edificio?. Esto es fundamental por si se produjeran daños a nosotros o terceros en los primeros años de vida de la vivienda.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Si es VPO o VPT (Vivienda de Precio Tasado), ¿existe alguna prohibición de disponer sobre la misma? ¿existen derechos de tanteo y de retracto a favor de la Administración? Dependiendo de la promoción, existen limitantes en futuros derechos de venta, alquiler, &#8230; Sabiendo quién lanzo la VPO (qué administración) nos podremos informar sobre ello. Es vital, saber las limitaciones de la vivienda que adquirimos y sobre cuántos años actúan.</p>
<p style="text-align: justify;">Es preferible cubrirnos antes, aún cuando se haga constar en el contrato de compraventa que ninguna de las posibles pegas expresadas anteriormente aplique a la vivienda. Si ocurriera, el contrato estaría viciado y se podría anular o pedir compensación, pero siempre es preferible prevenir y evitarse dolores de cabeza.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Ya tengo seleccionadas unas pocas, ¿y ahora?</strong> <strong></strong></p>
<p style="text-align: justify;">Empezar por las dos o tres que mas nos han gustado. Realizar una oferta económica especificando al propietario que se han lanzado más ofertas (dos o tres) a otras casas que nos han gustado. El primero que conteste aceptando se lo lleva. Si hay contraoferta, esperar (un día o dos) a ver si alguna de las ofertas es aceptada. Tener paciencia y temple porque ahora mismo el comprador juega con ventaja.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Hemos llegado a preacuerdo económico, ¿qué debemos firmar?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Lo primero que debemos hacer es solicitar una nota simple de la vivienda. Una nota simple es un documento emitido por el Registro de la Propiedad que informa de la titularidad de la propiedad de un inmueble, así como de los datos registrales, la referencia catastral y las cargas que sobre el inmueble pesan. Lo podemos solicitar online en: <a href="https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do">https://www.registradores.org/registroVirtual/init.do</a> .</p>
<p style="text-align: justify;">Con este documento, nos aseguramos de que el vendedor es propietario real de la casa. No hay que fiarse de que el propietario nos enseñe una, porque puede estar atrasada y la vivienda haber cambiado de manos.</p>
<p style="text-align: justify;">Si la nota simple indica que la vivienda es del vendedor y que no está en ejecución hipotecaria (la está embargando un banco), si todo esta en orden, lo siguiente a firmar es un contrato de arras.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es un contrato de arras?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Un contrato de arras, es un contrato de tipo privado, firmado por propietarios y compradores, donde no es necesaria  la presencia de un notario, donde las partes pactan la reserva de la compraventa de un bien (como una vivienda), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal.</p>
<p style="text-align: justify;">Es habitual que contenga penalizaciones para las dos partes si la transacción finalmente no se lleva a acabo. Teniendo que compensar una parte a la otra si la operación no se realiza por su culpa.</p>
<p style="text-align: justify;">También es habitual que la compensación sea asimétrica, siendo más habitual que el propietario deba compensar más al comprador si al final, por la razón que sea no le vende la vivienda.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué debe constar en el contrato de Arras?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Al menos lo siguiente:</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Los datos de  la vivienda para ser identificada sin ambigüedad alguna</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; El precio</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; La forma de pago</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; El plazo previsto para el otorgamiento de la escritura pública</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Los pactos sobre distribución de gastos en la compraventa, si existieran</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; Las compensaciones de cada parte en caso de no compra</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué cantidad se suele entregar en el contrato de arras?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">No hay una cantidad fija puesto que se trata entre propietario y comprador. Hace años se solía poner el 10% del valor de venta, pero al subir tanto los pisos, esa cifra ha caído. Ahora mismo la cifra suele ser de 6000 € a 12000 €. Hay que tener en cuenta, que el contrato de arras es un mecanismo que da seguridad a ambas partes. Un propietario que ve poco depósito en el contrato de arras puede pensar que un comprador no va en serio o que puede ser tentado por otra oferta de última hora. Un comprador, con una buena cantidad depositada en el contrato de arras, se asegura de que al propietario no le compense la oferta de otro comprador (es habitual que el comprador pida el doble de lo depositado si el propietario se echa atrás en la transacción).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿La cantidad del contrato de arras se resta del precio final?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Sí, es parte del dinero pagado al propietario por el inmueble.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Y ahora?</strong></p>
<p style="text-align: justify;">Ahora hay que formalizar un contrato de compraventa. Tenemos que avisar al banco para que prepare el cheque y el contrato hipotecario. Lo habitual <strong></strong>es que el contrato de compraventa de viviendas se formalice en escritura pública. Es el notario quien recoge la voluntad de las partes, emite juicio de identidad y la capacidad de las mismas. El notario va a redactar el documento ajustándose a los requisitos legales, y hará las advertencias correspondientes a las obligaciones que van a cargo de cada parte y resulten de la celebración del contrato.</p>
<p style="text-align: justify;">La elección del notario recae en el vendedor si es una empresa y en el comprador si el vendedor es un particular.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; La escritura pública es imprescindible para inscribirla en el Registro de la Propiedad.</p>
<p style="text-align: justify;">&#8211; El notario va a pedir una nota simple de la vivienda al Registro de la Propiedad.</p>
<p style="text-align: justify;">El otorgamiento de la escritura equivale a la entrega de la vivienda, y generalmente el importe del precio (el cheque) se entrega al vendedor en presencia del notario.</p>
<p style="text-align: justify;">Es importante saber que aún firmado el contrato de compra-venta el vendedor no queda libre de los vicios o defectos ocultos en la vivienda, aunque los ignorase, pudiendo el comprador optar entre desistir del contrato (abonándosele los gastos que pagara) o rebajar una cantidad proporcional del precio a juicio de peritos.</p>
<p style="text-align: justify;">Además, el promotor, el constructor y la dirección técnica del edificio tendrán que responder solidariamente frente a los compradores y/o terceros adquirentes por los daños causados por los defectos constructivos y estructurales durante un plazo de diez años, por daños que resulten de defectos que afecten a la habitabilidad del edificio durante un plazo de tres años, y por daños causados en defectos de acabado por plazo de un año, estando además obligados a contratar los correspondientes seguros.</p>
<p style="text-align: justify;">Ante cualquier duda, pregunte al Notario antes de firmar, su función es asesorar.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>Tengo la escritura, y ahora? </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Ahora hay que pagar impuestos.</p>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="240.73920717458722">&#8211; En el caso de comprar una vivienda nueva, debe pagar al vendedor el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), y en Canarias del Impuesto General Indirecto Canario. Normalmente las viviendas se ofrecen con el IVA incluido por lo que es transparente para el comprador (hace un único pago). En el caso de comprar una vivienda usada, debe pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales a través de una de las entidades bancarias identificadas por la Administración. Importe: su cuantía se fija por aplicación de un porcentaje sobre el precio, a determinar por la Comunidad Autónoma, que suele estar entre el 6 y 7% del precio de compra (cada comunidad marca el suyo)</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="240.73920717458722"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">&#8211; En ambos casos, si compra mediante una hipoteca, debe satisfacer el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en una cuenta de la Hacienda (correspondiente a las Comunidades Autónomas), cuya cuantía estará entre:</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">* Nueva: el 0,3% del precio de venta en casos especialmente protegidos como determinados supuestos de VPO y el 2% del precio de venta.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">* Usada: entre el 0,3% en casos especialmente protegidos como determinados supuestos de VPO y el 2%, según la Comunidad Autónoma de que se trate, del total importe de la «responsabilidad hipotecaria» (principal + intereses + costas de ejecución). Suele ser del orden de 1,5 veces el capital prestado.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">&#8211; En ambos casos Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana , llamado también <em>plusvalía municipal</em>. La base imponible del impuesto está constituida por el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana puesto de manifiesto en el momento de la transmisión y experimentado a lo largo de un período máximo de 20 años. No puede exceder los siguientes límites : del 3,7% por un periodo de 1 a 5 años; del 3,5% de hasta 10 años; del 3,2% por un periodo de hasta 15 años y del 3% por un periodo de hasta 20 años. Al resultado se le aplicará un tipo impositivo que aplican los ayuntamientos sin que pueda exceder del 30%. No se genera plusvalía cuando el periodo de propiedad haya sido inferior a un año. Igualmente, cuando el periodo de propiedad sea superior a los 20 años, se aplicará el 3%.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">Hay que consultar en la respectiva administración autonómica el importe de cada impuesto y las posibles reducciones (por ejemplo, en la compra de vivienda habitual para menores de 36 años, familias numerosas, &#8230;).</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">En ambos casos el pago de este impuesto habrá de ser autoliquidado en un impreso oficial, e ingresado en una cuenta de la Hacienda Pública, a través de alguna de las entidades bancarias colaboradoras.</div>
<p style="text-align: justify;"><strong>Pagados los impuestos, ¿cuál es el siguiente paso?</strong> Con la escritura (proveniente de la notaría) y los recibos de los impuestos pagados, lo siguiente es la inscripción del derecho que hemos adquirido en el  de la Propiedad.</p>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">Esto nos permitirá :</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">&#8211; Ser considerado como único y verdadero propietario mientras no se declare lo contrario en sentencia judicial.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">&#8211; Quedar protegido frente a los acreedores del vendedor. &#8211; Quedar protegido frente a cargas ocultas que pudieran afectar a la vivienda.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">&#8211; Una vez haya inscrito su derecho, ya nadie podrá adquirir con eficacia ningún derecho sobre su vivienda, sin obtener previamente su consentimiento. &#8211; Que el comprador pueda obtener un préstamo hipotecario con el que financiar la adquisición de la vivienda, pues sólo si el comprador inscribe su derecho de propiedad podrá el Banco inscribir la hipoteca que le garantiza la devolución del préstamo.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">El registro se encarga de notificar al catastro y el siguiente IBI ya vendrá al nombe del nuevo propietario.</div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452"></div>
<div dir="ltr" style="text-align: justify;" data-font-name="g_font_p0_9" data-canvas-width="227.84112679019452">Y con este último paso concluye el proceso de compra.</div>
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		<title>SERVICIOS ÚTILES EN VALLADOLID</title>
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		<pubDate>Mon, 01 Jul 2013 12:49:59 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Servicios locales : Teléfono Oficina de Turísmo, Acera de Recoletos. Pabellón de Cristal, s/n. Valladolid : 983 219 310 &#8211; 983 219 438 Teléfono Ayuntamiento Valladolid : 010 Teléfono Servicios Sociales : 902 106 060 Transporte : Teléfono Aeropuerto de Valladolid : 983 415 500 Teléfono RENFE Valladolid : 902 240 202 Teléfono Compañía Auvasa : 983 426 100 Teléfono Estación Autobuses :  983 236 308 Teléfono Ayuda en Carretera : 91 742 12 13 / 900 123 505 Teléfono TAXIS: Radio Taxis/Agrup.Taxis Valladolid/ Taxis Minusválidos : 983 291 411/983 207 755/983 207 755 Emergencias : Teléfono Emergencias : 112 Teléfono Bomberos y Salvamento Valladolid : 080 Fuerzas de Seguridad : Teléfono Policía Nacional Valladolid : 091 Teléfono Policía Local Valladolid : 092 Sanitario : Teléfono Seguridad Social &#8211; Urgencias Sanitarias S.S. SACYL Valladolid : 983 420 700/ 061 Teléfono Ambulancias Valladolid : 061 Teléfono Urgencias Médicas : 112 Mutiservicios : Teléfono Tecniasistencia : 983377991 Teléfono Teletécnicos : 983258852 Sociales : Teléfono Banco de Alimentos : 983 275 300 / 983 275 006 Teléfono Caritas : 983 320 570 Teléfono Cruz Roja : 983 336 777 Otros : Teléfono Objetos perdidos : 983 426 088 Teléfono Correos : 902 197 197]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Servicios locales :</strong><br />
Teléfono Oficina de Turísmo, Acera de Recoletos. Pabellón de Cristal, s/n. Valladolid : 983 219 310 &#8211; 983 219 438<br />
Teléfono Ayuntamiento Valladolid : 010<br />
Teléfono Servicios Sociales : 902 106 060</p>
<p><strong>Transporte :</strong><br />
Teléfono Aeropuerto de Valladolid : 983 415 500<br />
Teléfono RENFE Valladolid : 902 240 202<br />
Teléfono Compañía Auvasa : 983 426 100<br />
Teléfono Estación Autobuses :  983 236 308<br />
Teléfono Ayuda en Carretera : 91 742 12 13 / 900 123 505<br />
Teléfono TAXIS: Radio Taxis/Agrup.Taxis Valladolid/ Taxis Minusválidos : 983 291 411/983 207 755/983 207 755</p>
<p><strong>Emergencias :</strong><br />
Teléfono Emergencias : 112<br />
Teléfono Bomberos y Salvamento Valladolid : 080</p>
<p><strong>Fuerzas de Seguridad :</strong><br />
Teléfono Policía Nacional Valladolid : 091<br />
Teléfono Policía Local Valladolid : 092</p>
<p><strong>Sanitario :</strong><br />
Teléfono Seguridad Social &#8211; Urgencias Sanitarias S.S. SACYL Valladolid : 983 420 700/ 061<br />
Teléfono Ambulancias Valladolid : 061<br />
Teléfono Urgencias Médicas : 112 </p>
<p><strong>Mutiservicios :</strong><br />
Teléfono Tecniasistencia : 983377991<br />
Teléfono Teletécnicos : 983258852</p>
<p><strong>Sociales :</strong><br />
Teléfono Banco de Alimentos : 983 275 300 / 983 275 006<br />
Teléfono Caritas : 983 320 570<br />
Teléfono Cruz Roja : 983 336 777</p>
<p><strong>Otros :</strong><br />
Teléfono Objetos perdidos : 983 426 088<br />
Teléfono Correos : 902 197 197</p>
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		<title>SAREB</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 26 May 2013 18:21:08 +0000</pubDate>
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		<category><![CDATA[INFORMACIÓN]]></category>
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					<description><![CDATA[¿Qué es el SAREB? Es una sociedad anónima cuyo acrónimo proviene de: Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria. El SAREB es conocido popularmente con el «banco malo». ¿Es un banco? Aunque se habla de él como un banco, la realidad es que no tiene licencia bancaria. ¿Da créditos el SAREB? No. El SAREB no da ni se prevé que de créditos. ¿Para qué sirve el SAREB? Pretende realizar una liquidación ordenada de todos sus activos. Estos activos, proceden de los bancos nacionalizados (BFA &#8211; Bankia, Catalunya Banc, NCG Banco &#8211; Banco Gallego y Banco de Valencia) y de las entidades intervenidas (Banco Mare Nostrum, CEISS, Caja3 y Liberbank). Estos activos proceden de entidades quebradas o en gravísimos problemas de solvencia y son, en su inmensa mayoría, bienes inmuebles (viviendas, oficinas, suelo&#8230;). Lo que pretende el SAREB es liquidar estos activos al mejor precio posible en el plazo de 15 años. ¿Cómo pasan los activos al SAREB? Por compra. El SAREB compra a las entidades sus activos dañados (viviendas, edificios, suelo&#8230;.) y de esta manera las entidades antes citadas «limpian» sus balances de activos que no lograban liquidar y que comprometían toda su operativa bancaria. Por tanto, el SAREB compra activos inmobiliarios problemáticos a entidades quebradas o en graves problemas. ¿De dónde saca el dinero el SAREB para la compra? La capitalización proviene de dos fuentes : * Pública: a través del FROB (Fondo de reestructuración ordenada bancaria, mayoritariamente público con dinero procedente de los Presupuestos Generales del Estado) * Privada: a través de participación de bancos y entidades financieras variadas. El porcentaje en su creación era : 55% privado y 45% público. Por otro lado, el SAREB emite bonos y posee deuda subordinada (según la cifras actuales del SAREB, el 92% del capital son bonos garantizados y el 8% capital propio y deuda subordinada). ¿Qué accionistas tiene? Santander 17,8% Caixabank 12,8% Sabadell 7,2% Banco Popular 6,2% Kutxabank 2,7% Ibercaja 1,5%. Otros 8,7% (Deutsche Bank, Barclays, AXA, Bankinter, Unicaja, Cajamar, Caja Laboral, Banca March, Cecabank, Banco Cooperativo Español, Mapfre, Mutua Madrileña, Catalana Occidente) FROB  43,1% ¿Cambiará el accionariado? Probablemente. Llama la atención que el accionariado sea proporcional (aproximadamente) a la presencia en el mercado español de esos bancos (cuota de mercado) por lo que da la sensación de reparto. Si fuera así, es posible que los inversores no esperen rentabilidades y que su compensación venga por otra vía. También llama la atención la falta del BBVA en el accionariado. En el actual contexto de profunda reestructuración bancaria e inmobiliaria los cambios de accionariado son probables. ¿Se espera rentabilidad? El SAREB promete una rentabilidad del 15% durante los 15 años que prevé que se tarde en liquidar los activos inmobiliarios. ¿Con qué descuento respecto al valor de los balances bancarios esta comprando el SAREB? Por las cifras dadas hasta ahora, el descuento es del orden del 50%. Ha comprado por valor de 40000 millones de €, activos que constaban con un valor de 80000 millones de € en los balances bancarios. ¿Va a agrupar todo el valor inmobiliario problemático? No necesariamente. El SAREB ha agrupado el de las entidades quebradas o con graves problemas (intervenidas). El resto de la banca ha optado por liquidar sus activos (o esperar en pocos casos) con iniciativas propias. Por ejemplo, el BBVA y BSCH tienen agrupados activos inmobiliarios en unidades de negocio propias para su liquidación ordenada. No se puede descartar que el SAREB acabe con la mayoría de los valores inmobiliarios de la banca, pero va a depender mucho de la evolución de su negocio y en general si lo pueden evitar, lo harán. ¿Era el plan inicial el SAREB? Aunque ya había habido peticiones desde círculos de economistas de la creación de un «banco malo», los gobiernos de Zapatero y Rajoy (sus equipos económicos) descartaron públicamente esta opción. El Ministro de Economía Guindos lo descarto el 22/04/2012 : «el Gobierno no creará un banco malo, ni nada«.  La situación de cuasi colapso originada por la quiebra de Bankia crea una dinámica, que sin estar planificada anteriormente, desemboca el 25 de Agosto de 2012 en el inicio del proceso de creación del SAREB. La creación del SAREB fue requerida como necesaria por la comisión europea como contrapartida al rescate bancario de 100 000 millones de € de verano de 2012. ¿Por qué no podían los bancos liquidar sus activos sin el SAREB? Por varios motivos. Pero el más poderoso era: los activos constaban en los balances a unos precios que no se correspondían con sus valores reales (sobre todo, el suelo). Si los vendían, el precio real, implicaría fuertes perdidas que al hacerse masivas mostraría que en realidad estaban quebrados (debían más «dinero» del que tenían). Por tanto durante años, estuvieron empujando las deudas hacia adelante sin liquidar activos esperando su revalorización. Cuando el nivel de morosidad y el acumulado masivo de activos inmobiliarios pasó un punto crítico, fue imposible ocultar la realidad. El SAREB nace para limpiar los balances de esos bancos y permitir a esas entidades dedicarse a su negocio real de préstamos saliendo del mercado inmobiliario. ¿Costará dinero a los españoles? En teoría no, pero las experiencias anteriores son decepcionantes. Hasta el momento las intervenciones bancarias están costando dinero al erario público (todos nosotros). ¿Se ha intentado antes? Irlanda lo está intentado ahora mismo. Es pronto para juzgar, pero la deuda pública durante el proceso de reestructuración bancaria se ha disparado y mucha de la banca irlandesa ha acabado nacionalizada. Suecia realizó un proceso similar a través de CAAs (equivalente sueco al SAREB) a principios de los 90. Se considera una historia de éxito porque acortó la crisis sueca y no costó mucho dinero (se recuperó la mayoría). ¿Cómo influirá el SAREB en el mercado inmobiliario? A la baja, sin duda. Dado el tamaño que tiene el SAREB cualquier movimiento suyo, aunque sea ordenado, por lo masivo, hará que tiemble el suelo donde pise.]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué es el SAREB? </strong>Es una sociedad anónima cuyo acrónimo proviene de: Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria. El SAREB es conocido popularmente con el «banco malo».</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Es un banco? </strong>Aunque se habla de él como un banco, la realidad es que no tiene licencia bancaria.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Da créditos el SAREB? </strong>No. El SAREB no da ni se prevé que de créditos.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Para qué sirve el SAREB?</strong> Pretende realizar una liquidación ordenada de todos sus activos. Estos activos, proceden de los bancos nacionalizados (BFA &#8211; Bankia, Catalunya Banc, NCG Banco &#8211; Banco Gallego y Banco de Valencia) y de las entidades intervenidas (Banco Mare Nostrum, CEISS, Caja3 y Liberbank). Estos activos proceden de entidades quebradas o en gravísimos problemas de solvencia y son, en su inmensa mayoría, bienes inmuebles (viviendas, oficinas, suelo&#8230;).</p>
<p style="text-align: justify;">Lo que pretende el SAREB es liquidar estos activos al mejor precio posible en el plazo de 15 años.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cómo pasan los activos al SAREB? </strong>Por compra. El SAREB compra a las entidades sus activos dañados (viviendas, edificios, suelo&#8230;.) y de esta manera las entidades antes citadas «limpian» sus balances de activos que no lograban liquidar y que comprometían toda su operativa bancaria. Por tanto, el SAREB compra activos inmobiliarios problemáticos a entidades quebradas o en graves problemas.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿De dónde saca el dinero el SAREB para la compra? </strong>La capitalización proviene de dos fuentes :</p>
<p style="text-align: justify;">* Pública: a través del FROB (<b>Fondo de reestructuración ordenada bancaria</b>, mayoritariamente público con dinero procedente de los Presupuestos Generales del Estado)</p>
<p style="text-align: justify;">* Privada: a través de participación de bancos y entidades financieras variadas.</p>
<p style="text-align: justify;">El porcentaje en su creación era : 55% privado y 45% público.</p>
<p style="text-align: justify;">Por otro lado, el SAREB emite bonos y posee deuda subordinada (según la cifras actuales del SAREB, el 92% del capital son bonos garantizados y el 8% capital propio y deuda subordinada).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Qué accionistas tiene? </strong></p>
<p style="text-align: justify;">Santander 17,8%<br />
Caixabank 12,8%<br />
Sabadell 7,2%<br />
Banco Popular 6,2%<br />
Kutxabank 2,7%<br />
Ibercaja 1,5%.<br />
Otros 8,7%<br />
(Deutsche Bank, Barclays, AXA, Bankinter, Unicaja, Cajamar, Caja Laboral, Banca March, Cecabank, Banco Cooperativo Español, Mapfre, Mutua Madrileña, Catalana Occidente)</p>
<p style="text-align: justify;">FROB  43,1%</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cambiará el accionariado? </strong>Probablemente. Llama la atención que el accionariado sea proporcional (aproximadamente) a la presencia en el mercado español de esos bancos (cuota de mercado) por lo que da la sensación de reparto. Si fuera así, es posible que los inversores no esperen rentabilidades y que su compensación venga por otra vía. También llama la atención la falta del BBVA en el accionariado. En el actual contexto de profunda reestructuración bancaria e inmobiliaria los cambios de accionariado son probables.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Se espera rentabilidad? </strong>El SAREB promete una rentabilidad del 15% durante los 15 años que prevé que se tarde en liquidar los activos inmobiliarios.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Con qué descuento respecto al valor de los balances bancarios esta comprando el SAREB?</strong> <strong></strong>Por las cifras dadas hasta ahora, el descuento es del orden del 50%. Ha comprado por valor de 40000 millones de €, activos que constaban con un valor de 80000 millones de € en los balances bancarios.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Va a agrupar todo el valor inmobiliario problemático? </strong>No necesariamente. El SAREB ha agrupado el de las entidades quebradas o con graves problemas (intervenidas). El resto de la banca ha optado por liquidar sus activos (o esperar en pocos casos) con iniciativas propias. Por ejemplo, el BBVA y BSCH tienen agrupados activos inmobiliarios en unidades de negocio propias para su liquidación ordenada. No se puede descartar que el SAREB acabe con la mayoría de los valores inmobiliarios de la banca, pero va a depender mucho de la evolución de su negocio y en general si lo pueden evitar, lo harán.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Era el plan inicial el SAREB? </strong>Aunque ya había habido peticiones desde círculos de economistas de la creación de un «banco malo», los gobiernos de Zapatero y Rajoy (sus equipos económicos) descartaron públicamente esta opción. El Ministro de Economía Guindos lo descarto el 22/04/2012 : «<i>el Gobierno no creará un banco malo, ni nada</i>«.  La situación de cuasi colapso originada por la quiebra de Bankia crea una dinámica, que sin estar planificada anteriormente, desemboca el 25 de Agosto de 2012 en el inicio del proceso de creación del SAREB. La creación del SAREB fue requerida como necesaria por la comisión europea como contrapartida al rescate bancario de 100 000 millones de € de verano de 2012.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Por qué no podían los bancos liquidar sus activos sin el SAREB? </strong>Por varios motivos. Pero el más poderoso era: los activos constaban en los balances a unos precios que no se correspondían con sus valores reales (sobre todo, el suelo). Si los vendían, el precio real, implicaría fuertes perdidas que al hacerse masivas mostraría que en realidad estaban quebrados (debían más «dinero» del que tenían). Por tanto durante años, estuvieron empujando las deudas hacia adelante sin liquidar activos esperando su revalorización. Cuando el nivel de morosidad y el acumulado masivo de activos inmobiliarios pasó un punto crítico, fue imposible ocultar la realidad. El SAREB nace para limpiar los balances de esos bancos y permitir a esas entidades dedicarse a su negocio real de préstamos saliendo del mercado inmobiliario.</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Costará dinero a los españoles? </strong>En teoría no, pero las experiencias anteriores son decepcionantes. Hasta el momento las intervenciones bancarias están costando dinero al erario público (todos nosotros).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Se ha intentado antes? </strong>Irlanda lo está intentado ahora mismo. Es pronto para juzgar, pero la deuda pública durante el proceso de reestructuración bancaria se ha disparado y mucha de la banca irlandesa ha acabado nacionalizada.</p>
<p style="text-align: justify;">Suecia realizó un proceso similar a través de CAAs (equivalente sueco al SAREB) a principios de los 90. Se considera una historia de éxito porque acortó la crisis sueca y no costó mucho dinero (se recuperó la mayoría).</p>
<p style="text-align: justify;"><strong>¿Cómo influirá el SAREB en el mercado inmobiliario? </strong>A la baja, sin duda. Dado el tamaño que tiene el SAREB cualquier movimiento suyo, aunque sea ordenado, por lo masivo, hará que tiemble el suelo donde pise.</p>
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